Consulta de Proyecto de Decreto, por el que se modifica el Decreto 79/2014, de 10 de julio, por el que se regulan los apartamentos turísticos y las viviendas de uso turístico de la Comunidad de Madrid
Con la modificación de este Decreto se pretende adecuar la normativa vigente a los pronuncionamientos judiciales sobre las viviendas de uso turístico que ha habido en los últimos años y dar respuesta a las necesidades que se han advertido en la utilización de dichas viviendas.
Se hace precisa la revisión de su regulación con el fin de establecer unos mínimos y necesarios requisitos tendentes a proteger los legítimos derechos y regular las obligaciones tanto de los titulares, como de los usuarios y consumidores turísticos de la Comunidad de Madrid, buscando promover la prestación de un servicio turístico sostenible, seguro y de calidad.
De esta manera, se tiene previsto abordar, de manera principal, las siguientes actuaciones:
Eliminar el requisito de contratación de viviendas de uso turístico por tiempo inferior a 5 días, en cumplimiento de lo recogido en la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia nº 302/2016, de 2 de junio.
Definir de manera más precisa el concepto de Canales de Oferta Turística, inexistente actualmente, clarificando que dichos canales, y por tanto las plataformas online, tienen la consideración de empresas turísticas quedando por tanto sujetas al régimen sancionador recogido en la Ley de Ordenación del Turismo de la Comunidad de Madrid.
Crear el certificado de idoneidad para vivienda de uso turístico (CIVUT) como documento técnico que pueda garantizar al usuario de la vivienda en la que va a alojarse que esta cumple unos parámetros determinados.
Introducir de forma específica nuevas obligaciones a los titulares o propietarios en la gestión de su actividad, con la finalidad de mejorar la calidad turística y la seguridad ciudadana, como disponer de hojas de reclamación, tener contratado un seguro de responsabilidad civil o establecer la obligación a los propietarios o gestores de remitir a la Direccion General de la Policia la información relativa a los usuarios de las viviendas de uso turístico, de acuerdo a la normativa nacional en materia de protección ciudadana.
Recoger de manera expresa los derechos y obligaciones de los usuarios, con especial incidencia en este último caso al cumplimiento de las reglas básicas de convivencia cívicas.
Se introduce la posibilidad de prohibir la implantación de las viviendas de uso turístico en aquellas Comunidades de Propietarios cuyos Estatutos así lo recojan de forma expresa.
Se eliminan los actuales conceptos de “habitualidad”, el plazo mínimo de ejercicio de la actividad y la prohibición de que las viviendas de uso turístico no puedan cederse por habitaciones.
Plazo de participación: 29 de junio a 13 de julio de 2017 (ambos incluidos). Trámite finalizado.
Comentarios
Enviado por Arqui el Mié, 28/06/2017 - 17:51 Enlace permanente
Certificado de Ideneidad para Vivienda de Uso Turístico (CIVUT)
¿En qué va a consistir el CIVUT? ¿Ya no va a ser necesario obtener la cédula de habitabilidad y disponer de un plano visado? ¿Los técnicos que realicen los certificados necesitarán algún permiso especial?
Enviado por Aleo el Sáb, 01/07/2017 - 16:30 Enlace permanente
Célula de habitabilidad o similar imprescindible
La célula de habitabilidad u otra medida similar debería ser requisito imprescindible para obtener autorización. En el piso de al lado hay un huésped alojado en el vestíbulo-recibidor entrada principal de la casa, sin ventana ni ventilación que abre con un ventilador para echar su aire viciado a mi puerta principal. Eso no pasaría si se exigiera célula. Toda pieza habitable debe tener ventilación directa al exterior con arreglo a la norma en vigor sobre habitabilidad.
Enviado por Arantxa el Lun, 03/07/2017 - 16:16 Enlace permanente
La cedula de habitabilidad YA es imprescindible.
La cedula de habitabilidad ahora mismo YA ES un requisito imprescindible que sí se exige. Según el actual decreto de 2014 para obterner la licencia de alquiler de uso turístico. Y en el borrador, se plantea sustituirse por una "medida similar" que se verá reflrejada en unos criterio de idoneidad. Por lo tanto, señor lo que usted tiene en el piso de al lado, de no tener la cedula de habitabilidad, ahora mismo estaría incumpliendo el decreto y no tendría autorización para ejercer esta actividad.
Por lo tanto, estará usted de acuerdo, en que aquellos propietarios que sí se adhieren a la norma y reunen los requisitos de una vivienda habitable, no deberían verse impedidos en esta actividad.
Enviado por EduardoG el Mar, 11/07/2017 - 17:45 Enlace permanente
Solo matizar que, al menos en
Solo matizar que, al menos en Madrid capital, cumplir el decreto de 2014 no es suficiente pata tener una vivienda turística legal. Para ello hay que cumplir también las Normas Urbanísticas del Ayuntamiento de Madrid, obteniendo la correspondiente licencia de actividad.
Enviado por Paneuro64 el Mié, 28/06/2017 - 18:17 Enlace permanente
Prohibir las VUT desde estatutos comunidad
Si se implanta esta medida permitiendo que las comunidades puedan prohibir las VUT por mayoría y no por unanimidad, se conseguirá el efecto contrario al deseado;
Casi todas las comunidades prohibirán las VUT, eliminando así la economía colaborativa y de subsistencia que muchos ciudadanos hacen con sus viviendas en plena armonía entre vecinos y turistas ya que los mismos propietarios ejercen de controladores
Sin embargo, fondos buitres y especuladores, harán todo lo posible (legal o ilegal) para hacerse con comunidades enteras y así dictar los estatutos a su antojo. Haciendo moving a los actuales propietarios y convirtiendo en hoteles fraudulentos edificios completos bajo el amparo de las VUT.
No dejen a las comunidades la capacidad de prohibir las VUT, regúlenlas pero no las prohíban.
Enviado por javi kas el Mié, 28/06/2017 - 21:02 Enlace permanente
prohibir
las comunidades podran decidir quien puede vivir en una vivienda?.
no doy credito
Enviado por Aleo el Sáb, 01/07/2017 - 16:10 Enlace permanente
MAYORIA SIMPLE PARA MODIFICAR ESTATUTOS
Las comunidades deben decidir sobre su copropiedad, para evitar que se altere el destino de sus viviendas normales en zona de uso residencial a viviendas en hospedaje con las molestias que conllevan y que de residencial se transformen en terciario.
Enviado por Alfonnet el Jue, 13/07/2017 - 22:19 Enlace permanente
Mayoría simple para modificar estatutos.
¿Y ya de paso porque no deciden si quieren estudiantes Erasmus o no?? ¿Que también generan problemas de convivencia con las fiestas que organizan, no??? !!Y no digamos los inmigrantes subsanaríanos!!! Con las voces que dan en la escalera, y los olores de sus comidas!!!¿Creo que es una medida un poco fascista no?? Decidir quién puede y quien no puede vivir en tu comunidad. Porque al final es eso. ¿A que si??
Enviado por CTJM1 el Mié, 28/06/2017 - 22:10 Enlace permanente
Si la prohibición requisiera
Si la prohibición requisiera unanimidad no tendría ninún sentido, ya que los actuales propietarios de las VUT nunca van a votar a favor.
Me parece lo más justo que sea cada Comunidad ,en base a lo que quieran la mayoría de los vecinos, la que decida si hay o no VUT
Enviado por Beatriz el Jue, 29/06/2017 - 10:03 Enlace permanente
Permiso comunidad de vecinos
Lo justo sería entonces que cada vez que una persona vaya a vender su casa o alquilarla, la comunidad de vecinos pudiera dar su visto bueno o vetarlo?? El alquiler no es una actividad económica. Como lo van a argumentar jurídicamente?
Enviado por Luis Portillo el Jue, 29/06/2017 - 13:14 Enlace permanente
Venta y/o Alquiler
La venta o alquiler (estable) de una vivienda NO tiene nada que ver con el alquiler TURÍSTICO, y para nada precisa el visto bueno de la Comunidad.
Enviado por Aleo el Sáb, 01/07/2017 - 16:02 Enlace permanente
De acuerdo
Me adhiero a su comentario.
Enviado por Aleo el Sáb, 01/07/2017 - 16:01 Enlace permanente
Totalmente de acuerdo
Totalmente de acuerdo.
Enviado por Aleo el Sáb, 01/07/2017 - 16:57 Enlace permanente
PROHIBIR LAS VUT POR MAYORÍA SIMPLE
Ninguna ley prohibe a particulares alquilar sus viviendas para viviendas. Y la pequeña industria de hospedaje doméstico está protegida por el artículo 18 de la Ley de Arrendamientos Urbanos. Otra cosa es la cesión a Empresas para explotación intensiva de alojamientos vía plataformas de internet, que altera el destino de la vivienda, definido por la Jurisprudencia como "morada o habitación permanente de personas con carácter permanente". Este tipo de alojamientos (ganan muchísimo dinero) está provocando un encarecimiento de los alquileres que los ciudadanos normales también necesitan, y expulsando a los vecinos del centro. Las Normas Urbanísticas de Madrid artº 8.3.12.1 c) prevén el "Hospedaje en edificio exclusivo", ó b)ii) en situación de planta inferior a la baja, baja y primera, ó 2)b)ii) "en plantas de pisos siempre que tengan acceso independiente", justamente para evitar los problemas de convivencia que generan los pisos turísticos a los vecinos y Comunidades de Propietarios.
Las Comunidades de Propietarios deberían poder decidir sobre los usos que alteran la calificación de zona urbanística residencial en su copropiedad. Los pisos no son viviendas unifamiliares, comparten copropiedad con otros vecinos que tienen derecho a oponerse a una alteración de uso. Debería aprobarse la certerísima medida de la Comunidad Autónoma de Baleares de que es suficiente la mayoría simple de la Junta. Ellos tienen buena experiencia viendo sus ciudades degradadas por la gentrificación del turismo intensivo y la mayoría de las veces fraudulento.
Mi experiencia es que el piso de enfrente promovido por una empresa en spotahome.com, produce trasiego, inseguridad, alboroto, ruido, sobre-uso y maltrato de instalaciones, innumerables llamadas de clientes equivocados, pizzeros, mensajeros de Amazon, visitas desorientadas que llaman pasadas las doce de la noche, y no sigo para no aburrir. En resumen vivimos en tensión, no me parece que vivo en casa, es como vivir en la planta de un hotel, portazo aquí, portazo allá. Jubilado ya no puedo malvender mi casa ahora depreciada. No hay derecho. Pido amparo a la CAM para poner coto al abuso de algunas empresas.
Enviado por David Trujillano el Lun, 03/07/2017 - 15:07 Enlace permanente
spotahome.com NO es alquiler turístico!
La página que usted menciona spotahome.com se dedica al alquiler por meses, no al alquiler turístico. Hay mucha confusión a este respecto, coincido con usted en que el alquiler por meses (habitualmente a estudiantes) puede ser muy molesto para los vecinos. Por el contrario, los turistas suelen ser muy respetuosos ya que durante el día se dedican a pasear por la ciudad y por la noche lo único que quieren es descansar.
Si prohiben en su comunidad el alquiler turístico, es decir por días, es probable que los propietarios que busquen mayor rentabilidad se pasen al alquiler por meses (como spotahome.com) el cuál está fuera del régimen de aplicación de este decreto!
Enviado por Aleo el Lun, 03/07/2017 - 23:37 Enlace permanente
Apariencia de temporada y rotación de turísticos
El piso se anuncia también en otras plataformas. Al principio el setenta por ciento de los clientes eran extrajeros. El hecho es que de siete habitaciones yo sólo veo tres huéspedes estables y la mayoría cambia con profusión. La apariencia es que los huéspedes estables son tapadera de los turísticos para eludir la aplicación de esta regulación más exigente que la de arrendamiento de temporada por el Código Civil. También aceptan invitados por noches o fines de semana y en la modalidad de liquidación por días mencionan que funcionan "como un hotel". Es muy molesto el trasiego continuo y ruido de portazos como en un hotel, la inseguridad de extraños a mi puerta, y las frecuentes llamadas equivocadas también a mi puerta.
Enviado por Pepe Pérez el Vie, 07/07/2017 - 10:37 Enlace permanente
La CAM no tiene competencia para modificar mayorías estatutos
Veo que mucha gente se está refiriendo a la normativa de Baleares. Desde un punto de vista jurídico la CAM se enfrenta a dos problemas: (i) la modificación del régimen de mayorías fijado en la Ley de Propiedad Horizontal es una cuestión de competencia del Estado, y no de las Comunidades Autónomas, salvo aquellas comunidades autonómas que tienen derecho civil propio (como es el caso de Baleares); y (ii) para modificar lo establecido en una Ley (La Ley de Propiedad Horizontal) debe aprobarse una Ley. En este caso un Decreto no podrá regular nada distinto de lo previsto en la Ley de Propiedad Horizontal. La Comunidad de Madrid no tiene derecho civil propio, por lo que mucho me temo que el Decreto no podrá decir nada nuevo.
Enviado por Aleo el Dom, 02/07/2017 - 20:29 Enlace permanente
Fondos buitres y mobbing
Efectivamente el propietario individual que explota su vivienda no suele dar problemas, donde debiera poner el foco la nueva regulación es en los fondos buitres y el mobbing, limitando taxativamente el número de apartamentos turísticos que se puede tener por propietario. Ganan muchísimo dinero a expensas del contribuyente, del propietario y del vecindario, degradando el entorno urbano con una gentifricación turística desmedida. En Barcelona y Baleares son un verdadero problema ciudadano al que ahora tardíamente se quiere poner coto porque han dejado que se les vaya de las manos. Ojalá Madrid pueda anticiparse.
Enviado por Beatriz el Jue, 29/06/2017 - 10:00 Enlace permanente
Certificado de idoneidad
El certificado de idoneidad va a estar basado en la obsoleta cédula de habitabilidad ( es de 1944)? Se debe buscar acreditar a los pisos que así lo demanden en base al IBi. Si pago un Ibi de vivienda y puedo empadronarme en ese piso porque no es bueno para que un francés se aloje una semana? Yo si puedo vivir permanentemente pero no es lo bastante digno para una persona de paso?
A parte del IBI,Se debería acreditar un piso simplemente verificando que cumple con los requisitos normales de una vivienda : cocina equipada y bien mantenida, baño perfecto y completo, muebles en buenas condiciones, número de plazas acorde con el tamaño ( un hotel mete 4 personas en 12m????), seguridad de una vivienda normal, agua caliente , calefacción,.. Lo normal para una vivienda.
No es mejor hacerlo sencillo y conseguir controlar a todos?
Enviado por belupe el Jue, 29/06/2017 - 21:43 Enlace permanente
estoy de acuerdo
Enviado por Aleo el Sáb, 01/07/2017 - 16:00 Enlace permanente
Estoy en desacuerdo
Que una norma sea de 1944, no significa necesariamente que esté obsoleta. Las normas que más tiempo sobreviven, suele ser porque son más realistas y sensatas. La Orden de 29-02-1944 especifica que "Toda pieza habitable de día o de noche tendrá ventilación directa al exterior". Mi piso vecino de spotahome.com vive en un dormitorio insertado en el vestíbulo-recibidor de la casa, sin ventana ni ventilación. En verano por el calor, el huésped deja la puerta principal de la casa abierta todo el día con un ventilador para sacar el aire viciado directamente a mi puerta principal, dejando a la vista un tendedero y toda clase de pertenencias tiradas por el suelo. ¿Te parece razonable?¿Es obsoleta la Orden de 1944?. Al contrario, toda autorización debería supeditarse al cumplimiento de la misma justificado con la entrega de la Célula de habitabilidad.
Enviado por Pilar el Jue, 29/06/2017 - 11:37 Enlace permanente
Prohibir VUT desde estatutos comunidad
publicar que las comunidades de propietarios van a poder prohibir el alquiler turístico es vender humo. Los estatutos se modifican por unanimidad de la junta de propietarios. Evidedementemente un propietarios que se quiera dedicar a esta actividad económica va a votar en contra. NUNCA se va a aprobar una modificación de este tipo. Al menos debería existir la posiblidad de prohibición por mayoría de la junta de propietarios.
Una cosa es alquilar un piso por meses o años y otra muy diferente alquilar por días. Las comunidades de vecinos se van a convertir en hoteles encubiertos, en los que las empresas van a ganar dinero y los vecinos vamos a sufrir al personal que va de vacaciones y no va a tener ningún cuidado en mantener las zonas comunes limpias y en perfecto estado . Los vecinos no vamos a ser los controladores de la gente que va de vacaciones, evidentemente las llamadas de atención que se puedan hacer no van a ser atendidas por gente que se va a ir al día siguiente y no van a volver. No vamos a estar todo el día detrás con cámaras para demostrar que los posibles desperfectos que se puedan cometer tiene que pagarlos el propietario.
Una cosa es el alquiler de un piso solo y otra muy diferente los paquetes de viviendas que van a comprar determinadas empresas aprovechando las subastas del Sareb y los van a dedicar a esta actividad. Este foro va a estar lleno de comentarios positivos, que evidentemente van a hacer las empresas del sector y de comentario negativos que vamos a hacer los vecinos de comunidades de propietarios que sufren este problema. Es la administración pública la que debe legislar y ser capaz de compaginar las dos cosas sin prejudicar a ninguna de las partes.Este Decreto solo favorece a las empresas y no piensa en ningún momento en los vecinos que van a sufrir realmente esta legislación.
Enviado por FRAN-CISCO el Jue, 29/06/2017 - 19:32 Enlace permanente
Prohibir VUT desde estatutos comunidad
Es un tema complejo pero puede tener un efecto boomerang contra los barrios céntricos, me explico: si se permite prohibir el uso por mayoría simple la presión turística va a provocar mucha más presión para que fondos buitre compren edifcios de vecinos y que cadenas hoteleras hagan lo mismo. Esto implica la desaparición de vecinos en el centro. No lo veo claro para nada.
Enviado por Aleo el Sáb, 01/07/2017 - 15:45 Enlace permanente
MAYORIA SIMPLE PARA MODIFICAR ESTATUTOS
Es que no es así. El artículo 8.3.12.1b) ii) de las Normas Urbanísticas de Madrid prevén el "hospedaje en edificio exclusivo". Lo que sí ocasiona malestar y conflictos de convivencia, es transformar el uso de una vivienda normal en zona urbanística residencial, para hospedaje por las molestias que comporta que no tenga entrada independiente, alterar que el uso residencial se transforme en terciario.
Enviado por Aleo el Sáb, 01/07/2017 - 15:45 Enlace permanente
ESTOY TOTALMENTE DE ACUERDO
Tiene Ud más razón que un santo.
Enviado por casaGnial el Jue, 29/06/2017 - 12:04 Enlace permanente
Viviendas de Uso Turístico - Accesibilidad
Con el fin de garantizar el acceso a productos y servicios de TODAS las PERSONAS y para evitar cualquier discriminación en base a las diferentes capacidades de las personas, y así como la normativa obliga a un número determinado de "estancias adaptadas" en establecimientos hoteleros y a cumplir un mínimo de condiciones de accesibilidad en los edificios en general, se propone que la nueva redacción del Decreto, por el que se modifica el Decreto 79/2014, de 10 de julio, por el que se regulan los apartamentos turísticos y las viviendas de uso turístico de la Comunidad de Madrid incluya los siguientes aspectos:
Enviado por Luis Portillo el Jue, 29/06/2017 - 12:21 Enlace permanente
PISOS TURÍSTICOS: Prohibición por Junta de Propietarios
Hay una serie de razones que aconsejarían que la nueva normativa de la Comunidad de Madrid (CAM) estipule claramente que la Junta de Propietarios (y no solo los Estatutos de la Comunidad) pueda prohibir por mayoría las viviendas de uso turístico en su edificio de viviendas: Los pisos turísticos en Madrid son un fenómeno muy reciente, al igual que los consiguientes problemas generados en la convivencia vecinal, por lo que la mayor parte de los Estatutos de Comunidad seguramente no recogen disposición alguna al respecto, por no existir ese problema en el momento de su aprobación (en las Comunidades que tengan Estatutos). Aprobar o modificar los Estatutos suele ser una tarea larga y compleja, y que requiere la unanimidad de todos los propietarios, unanimidad que resulta imposible en el caso de que un solo propietario quiera poner un piso turístico o esté a favor de ello. De manera que la futura normativa reguladora de la CAM, tal como está actualmente prevista, sería presuntamente engañosa o ficticia cuando dice (aproximadamente) que "las Comunidades de Vecinos podrán prohibir las viviendas de uso turístico en su edificio si ello está expresamente recogido en sus Estatutos", porque en teoría "podrían" prohibir un piso turístico en su Comunidad, pero en la realidad no podrán hacerlo, por lo anteriormente explicado. Con lo cual se mantendría, en general, el statu quo actual y la consiguiente conflictividad vecinal.
Por consiguiente, podría evitarse el problema de los Estatutos reconociendo --también en el asunto de los pisos turísticos-- el carácter soberano de la Junta de Propietarios o de Vecinos (tal como hace la vigente Ley sobre Propiedad Horizontal) en todo aquello que sea conforme a la Ley, y establecer legalmente que la Junta de Propietarios pueda prohibir, por mayoría (al igual que en otras tantas cuestiones), una vivienda de uso turístico en su edificio.
Muchas gracias.
Enviado por FRAN-CISCO el Jue, 29/06/2017 - 19:24 Enlace permanente
Prohibición por junta de propietarios
Sobre el controvertido tema de aprobar por mayoria comentar que tambien se podría aprobar por mayoría instalar bares y restaurantes en los locales de la comunidad, o por no dejar hacer uso de viviendas como oficinas y otras cosas o usos más polémicos.
¿Por qué creeis que se ha redactado el borrador especificando que tiene que estar en los estatutos?. Para mi está claro: no es legal que la mayoría simple apruebe el uso que quieras hacer de tu vivienda, se lo tiran para atrás. De otra forma nos quedamos sin poder ir de vacaciones a pisos en lugar de los caros y pequeños hoteles, y lo que es peor, sin bares en Madrid...
Otra cosa es que se haga un uso responsable de los espacios comunes, y que se monte jaleo. Más quisieran algunos vecinos ser tan cívicos como familias que van de alquiler a las VUT.
Enviado por Aleo el Sáb, 01/07/2017 - 15:25 Enlace permanente
TOTAL ACUERDO con MAYORIA SIMPLE
Mis "cívicos" vecinos dan toda clase de molestias: voces, alborotos, cuchipanda, musiquita "rapera", trasiego, inseguridad, ruidos de portazos, decenas de llamadas a la puerta de mi casa de clientes equivocados, pizzeros, mensajeros de Amazon, visitas desorientadas que llaman pasdas las 12 de la noche, sobreuso y maltrato de instalaciones...). No son viviendas unifamiliares, es lógico que los vecinos puedan decidir sobre el abuso de su copropiedad. Si no es legal ¿cómo la Comunidad Autónoma de Baleares si tiene la iniciativa de que la Junta de Copropietarios pueda acordarlo por mayoría simple?.
Enviado por ciudadana el Jue, 13/07/2017 - 19:23 Enlace permanente
Vecinos
Por ser turistas no tienen porque comportarse peor que el resto de ciudadanos. Lo que tiene que haber son normas de convivencia respecto a ruidos, basura etc... y que se cumplan pero para TODOS y si no se llama a la policia y que ponga remedio. Yo he sufrido vecinos propietarios e inquilinos a largo plazo que eran muy ruidosos y no sabian convivir y no he podido hacer nada. En España existe la poipiedad privada y no creo que unos vecinos tengan que decidir que haces con la tuya. Si se portan tan incívicamente, ¿Por que no hay ni una sola denuncia en la comunidad de Madrid de vecinos? En muchos casos son los propios turistas los que se quejan de los ruidos de los españoles, sinceramente somos mas ruidosos que ellos y además el 58 % son familias.
Enviado por belupe el Jue, 29/06/2017 - 21:42 Enlace permanente
total desacuerdo
No estoy de acuerdo, el propietario que paga regularmente y tiene su piso declarado y legal no puede quedar a merced de un grupo de personas a las que puede mover motivos tan humanos como poco legales como son la antipatía, la envidia, el miedo a los cambios. etc
Porqué nadie clama contra los pisos para estudiantes que existen , que no declaran y que producen muchas más molestias, ruidos y alteración de la vida diaria que una familia que visita la ciudad y que generalmente utiliza el piso para dormir? seguramente porque los estudiantes no son potenciales clientes de los hoteles y los turistas sí. Y los y las ciudadanas nos dejamos manipular por los medios y por políticos que defienden sus intereses.
Enviado por Aleo el Sáb, 01/07/2017 - 15:26 Enlace permanente
TOTAL ACUERDO con MAYORIA SIMPLE
Total acuerdo con su propuesta.
Enviado por belupe el Jue, 29/06/2017 - 21:34 Enlace permanente
prohibición de la comunidad de vecinos
Me parece un auténtico disparate que se permita a otras personas juzgar y decidir la forma de ganarse la vida o de utilizar un piso por parte de sus legítimos propietarios. Dejar al criterio de personas que pueden tener enemistades, prejuicios etc, la economía de la gente es inmoral. Toda la propuesta suena a seguir manteniendo a salvo los intereses de los hoteleros por encima de el de la ciudadanía. Utilizando además la fórmula de enfrentar a una parte de la población contra otra. Regulen los falsos pisos turísticos pero dejen a las personas que tratan de sobrevivir con el alquiler de un único piso en paz. Sí a que todos paguen sus impuestos y estén en regla, pero todos iguales .
Enviado por Aleo el Sáb, 01/07/2017 - 15:12 Enlace permanente
COPROPIEDAD Y DERECHO A DECIDIR
Nadie impide a nadie alquilar su vivienda como vivienda. A mí como afectado no me parece que vivo en casa, ahora es como vivir en la planta de un hotel, portazo aquí, portazo allá y con innumerables molestias. Considere que su propiedad no es unipersonal, sino que también es copropiedad de otros vecinos y es natural y lógico que también puedan juzgar y decidir sobre lo que directamente afecta a su copropiedad.
Enviado por JULIA el Lun, 10/07/2017 - 13:49 Enlace permanente
prohibición de la comunidad de vecinos
Totalmente de acuerdo con belupe, suscribo su comentario de pe a pa. Podría ocurrir que mi vecino, cuyos perrazos ladran a todas horas y cuya tele yo soporto hasta altas horas de la noche, me impidiera a mí alquilar para uso turístico una habitación, aún cuando de mis huéspedes no he recibido ni una sola queja.
Estoy de acuerdo en que hay que remediar la degradación de las zonas turísticas y regular el alquiler vacacional. No sólo en beneficio de la convivencia vecinal sino tambien cuanto al pago de impuestos por los rendimientos de estos alquileres.
Enviado por ciudadana el Jue, 13/07/2017 - 19:25 Enlace permanente
comunidad de vecinos
Totalmente de acuerdo
Enviado por Vecinoafectadofjss el Vie, 30/06/2017 - 17:27 Enlace permanente
Si no se modifica el método
Si no se modifica el método de modificar los estatutos en vigor, actualmente por unanimidad, la mayoría de los vecinos no podrán oponerse a la implantación de pisos destinados a viviendas turísticas.
Se debería considerar vivienda turística el alquiler por habitaciones que se hace frecuentemente en pisos de zonas próximas a zonas estudiantiles que crean problemas a los vecinos similares a los que generan las viviendas en las que los inquilinos cambian cada pocos días.
No se debería unir el uso de la vivienda al método para alquilarla, porque de otra forma sólo se consideraría VT a aquella que se publicite o contrate por medio de plataformas cómo Airbnb y otras.
Enviado por Aleo el Sáb, 01/07/2017 - 14:59 Enlace permanente
MAYORIA SIMPLE PARA MODIFICAR ESTATUTOS
Igualmente como vecino afectado, apoyo absolutamente su petición de que se puedan modificar los Estatutos en vigor por mayoría simple de los copropietarios, como acertadamente hace la Comunidad de Baleares. Las Comunidades de Propietarios conocen y pueden auto-regular mejor qué pisos son problemáticos (en mi Comunidad los de Empresas de alojamiento intensivo y los alquilados sin propietario a estudiantes, y cuáles no los son: como los alquilados a estudiantes residiendo el propietario en la casa, como pequeña industria doméstica de hospedaje que ha sido toda la vida y que no altera el destino de vivienda).
Enviado por Luis Portillo el Vie, 30/06/2017 - 18:28 Enlace permanente
Prohibición por Junta de Propietarios
El presente Proyecto de Decreto pretende regular las Viviendas de Uso Turístico (VUT), no los bares y restaurantes, que tienen su propia normativa específica y que no son vivienda (ni habitual, residencial o estable, ni turística).
Enviado por rdgu el Vie, 30/06/2017 - 19:49 Enlace permanente
Todos somos turistas en alguna ocasión
Me gustaría aportar mi visión como turista de clase media, de entre 30 y 40 años, al que le encanta salir por Europa y por el mundo.
- Cuando viajo por temas de trabajo me alojo en hoteles.
- Cuando viajo solo, en plan mochilero, me alojo en hostales o pensiones.
- Cuando viajo con mi familia, incluyendo niños pequeños o ancianos me alojo en viviendas de uso turístico.
- Cuando viajo con amigos me alojo en apartamentos turísticos.
Me gustaría hacer notar al diferencia entre viviendas de uso turístico y apartamentos turísticos, porque tienden a confundirse, y no son lo mismo.
He tenido malas experiencias en los apartamentos turísticos cuando he ido con mi familia (cuando he ido con amigos, sin problemas). Son edificios enteros que se alquilan por apartamentos. Y entonces sí te puedes encontrar de todo, desde despedidas de soltero a grupos de amigos en viaje de fin de curso que reservan la mitad del edificio. En ellos no hay convivencia, y asumes que el descanso será menor.
En las viviendas de uso turístico sí existe la convivencia, con los vecinos, con las tiendas del barrio y con sus cafeterías y restaurantes. En muchas ciudades los vecinos han querido hablar con nosotros, aconsejarnos, y eso es un extra muy grande a la experiencia de viajar y a la vez sentirte como un habitante local. Los anfitriones (dueños) son, en su mayoría, encantadores; y se desviven para que la experiencia en sus alojamientos sea la mejor posible. Además, el trato es cercano, casi casi de amistad, que en muchos casos termina siéndolo.
Es una experiencia que merece mucho la pena y se la recomiendo a quienes no lo hayan probado nunca aún.
Hasta ahora en ninguna ciudad (de Europa o el continente americano) he tenido problemas con ningún vecino, ni ellos con mi familia.
Creo que el enfrentamiento actual "turistas Vs. vecinos" es falso y es artificial, y que se utiliza para atacar y enfrentarnos unos con otros.
Cualquier político que caiga en este error, o peor aún que lo fomente, estará faltando a su compromiso con sus ciudadanos.
¿Por qué alguien querría eliminar alguna de esta opciones de alojamiento?
Imagino que para que las otras, con más poder, ocupen ese espacio.
Pero para mi todas tienen su razón de ser, y su tipo de turista objetivo.
El siglo XXI ha permitido desarrollar el turismo como nunca antes en la Historia.
La economía de pares (anfitrión-huesped) propia de las viviendas de uso turístico ha democratizado el turismo de manera espectacular.
Ahora cualquiera puede ser a la vez consumidor y productor (prosumidor)...lo que genera una libertad e independencia maravillosas.
Espero que la Comunidad de Madrid sea justa con este tipo de alojamientos, porque lo merecen. Y porque si imponen una regulación imposible de cumplir las familias de otras partes del mundo no vendrán a Madrid (porque no se van a alojar en hoteles ni hostales). Se irán a Lisboa, o a cualquier otra ciudad, donde sí respeten a todos los turistas y a sus decisiones en cuanto al alojamiento que más les conviene. Y será una pena que Madrid pierda ese halo de ciudad abierta y amigable con el turismo, y más que se posicione contra las familias del resto del mundo.
Y es que ¿Quién no ha sido turista en alguna ocasión?¿Quién no ha viajado nunca con su familia? :)
Pues las viviendas de uso turístico son su mejor opción, sin ninguna duda.
Enviado por rdgu el Sáb, 01/07/2017 - 07:38 Enlace permanente
Se me olvidó que viajando solo...
Se me olvidó comentar que viajando solo también uso mucho las habitaciones privadas (un otros espacios) en casas donde vive la gente local, cada vez más.
Gracias a este tipo de alojamiento he vivido en casas de playa en Lituania, casas de madera en Suecia, casas en árboles en California, tiendas de campaña en jardines en Costa Rica, chabolas adosadas con techos de uralita en el Cáucaso azerí, camarotes de barco en Holanda, b&b en Escocia, tipis indios en Utah, hamacas colgando en México, casas palaciegas en Portugal, pisos soviéticos en Bulgaria en un quinto sin ascensor, sofás en el salón de casa en Albania, ...
En ningún caso me fijé en sus metros cuadrados ni ventilaciones, ni si tenían wifi u hojas de reclamación, algunos no tenían ni agua o electricidad.
No creo que ninguno de esos sitios cumpla con ningún CIVUT y, sin embargo, las experiencias que viví fueron siempre enriquecedoras y memorables porque sabía dónde me metía, lo que buscaba y lo que me ofrecían, gracias a la información de las webs.
Lo importante en un turismo inmersivo como éste es la confianza con el anfitrión, las posibilidades del destino, y las valoraciones previas de otros huéspedes.
Enviado por Aleo el Sáb, 01/07/2017 - 14:00 Enlace permanente
NO ME PARECE QUE VIVO EN CASA
El piso de enfrente lo alquilan por habitaciones en spotahome.com. que produce trasiego, inseguridad, alboroto, ruido, sobre-uso, maltrato de instalaciones y continuas llamadas a mi puerta de clientes equivocados, pizzeros, mensajeros de Amazon, visitas desorientadas que llaman pasadas las 12:00 de la noche. Mi esposa y yo vivimos en continua tensión. Ya no me parece que vivo en casa, es como vivir en un hotel. Me parece que vivo en la planta de un hotel, portazo aquí portazo allá, pero sin recepción. Ya jubilado y como no puedo malvender lo que me han depreciado, tengo que pasar por todo esto. No hay derecho. Mayoría simple de las Comunidades de Propietarios, que nos ampare la CAM por favor.
Enviado por David Trujillano el Lun, 03/07/2017 - 15:00 Enlace permanente
spotahome.com NO es alquiler turístico!
La página que usted menciona spotahome.com se dedica al alquiler por meses, no al alquiler turístico. Hay mucha confusión a este respecto, coincido con usted en que el alquiler por meses (habitualmente a estudiantes) puede ser muy molesto para los vecinos. Por el contrario, los turistas suelen ser muy respetuosos ya que durante el día se dedican a pasear por la ciudad y por la noche lo único que quieren es descansar.
Si prohiben en su comunidad el alquiler turístico, es decir por días, es probable que los propietarios que busquen mayor rentabilidad se pasen al alquiler por meses (como spotahome.com) el cuál está fuera del régimen de aplicación de este decreto!
Enviado por Aleo el Lun, 03/07/2017 - 23:43 Enlace permanente
Apariencia de temporada y rotación de turísticos
El piso se anuncia también en otras plataformas. Al principio el setenta por ciento de los clientes eran extrajeros. El hecho es que de siete habitaciones yo sólo veo tres huéspedes estables y la mayoría cambia con profusión. La apariencia es que los huéspedes estables son tapadera de los turísticos para eludir la aplicación de esta regulación más exigente que la de arrendamiento de temporada por el Código Civil. También aceptan invitados por noches o fines de semana facturando 40 € por noche y en la modalidad de liquidación por días mencionan que funcionan "como un hotel". Es muy molesto el trasiego continuo y ruido de portazos como en un hotel, la inseguridad de extraños a mi puerta, y las frecuentes llamadas equivocadas también a mi puerta.
Enviado por Lívia el Lun, 10/07/2017 - 09:49 Enlace permanente
HomeSharing no es lo mismo Vivienda Turistica
Me gustaria comentaros mi experiencia.
Yo esporadicamente alquilo una habitación en mi casa desde la platadorma Airbnb y me parece enriquecedor la experiencia, hay muchos motivos: Puedo llegar menos ahogada a fin de mes, conozco gente de todas del mundo y además proporciono a una persona la posibilidad de viajar a una ciudad que jamás se lo permitiria economicamente si tuviera que ir a un hotel. Recientemente he estado en Paris al lado de La catedral de Notre Dame en una habitación alquilada por Airbnb, un hotel en la zona cuesta 400€-600€ la noche, jamás me lo podria permitir sino fuera por el homesharing.
Yo soy un particular y no un arrendatario de 4 pisos que luego los subarriendo las habitaciones sin control y hago de eso un medio de vida ( eso sí creo que tiene que ser regulado). Creo que los mismos problemas que te pueden ocasionar un huespede que no respecta las normas de la casa te puede ocasionar un vecino mal educado y que este vecino decida quien meto dentro de mi casa es un absurdo. Eso sí, mi inquilo está en mi casa y yo estoy dentro acompañando todo y no se lo permitiria porque las plataformas de homesharing tiene un esquema de evaluación donde un a persona se puede recomendar para otras viviendas. Eso es distinto de entregar las llaves a un grupo de turistas y estar pendiente solamente del ingreso en la cuenta corriente.
Honestamente, creo que se ha aprovechado de las lagunas de homesharing para hacer negocio inmobliario (llame como se llame) y creo que eso se debe regular, pero un particular siguo teniendo el derecho de meter en su casa quien le da la gana. No creo que para compartir tu casa tengas que cumplir normativas CIVUT y tampoco exigirlas cuando vayas a alquilar un quarto, estamos olvidando las experiencias que se viven pueden enriquecedoras y memorables porque sabes dónde te metes lo que te ofrecen, gracias a la información de las webs.
Enviado por ing el Jue, 13/07/2017 - 20:39 Enlace permanente
Eso que te aprueben a ti y
Eso que te aprueben a ti y que cierren todo lo demás por que tú eres buen@
Enviado por EduardoG el Mar, 11/07/2017 - 18:00 Enlace permanente
Dios mío, la mitad del
Dios mío, la mitad del agujero de la capa de ozono te lo has currado tú solito :-)
Enviado por Jesus el Sáb, 01/07/2017 - 10:00 Enlace permanente
Muy bueno felicidades por la
Muy bueno felicidades por la exposicion, amplia y clara.
Enviado por ciudadana el Jue, 13/07/2017 - 19:30 Enlace permanente
VUT
Comparto totalmente tu opinión, practicamene el 60% que utilizan este alojamiento son familias, los pisos por lo general están muy bien, las páginas dan seguridad y tienes mas espacio y libertad, además también suelen ser estancias mas largas. ¿Cuantas familias de 4 miembros se pueden permitir estar 15 días en un hotel decente pagando 2 habitaciones? Además los turistas que van a VUT utilizan mas las tiendas y comercios locales, gastan mas en los barrios y tiendas locales y les gusta interactuar con los ciudadanos., no vienen con paquetes de todo incluido como mucha gente que va a hoteles
Enviado por Jesus el Sáb, 01/07/2017 - 09:58 Enlace permanente
Impacto positivo en los barrios
Me gustaria recalcar el aspecto positivo que el turismo a supuesto para algunos barrios del centro de Madrid , los cuales eran claros guetos de y ahora gracias a la inversion de los pequeños propietarios de VUT han mejorado , ya que se trabaja por dejarlos perfectos , mejorando portales y viviendas. Aportando tambien seguridad ciudadana donde tenemos turistas tenemos policias. El impacto positivo en el comercio de barrio , los turistas no van a grandes centros comerciales. Creo que el turismo racional es positivo tanto recibirlo como hacerlo. EL munod cambia y debemos adaptarnos , cada vez se imponen nuevos modelos que cambian la sociedad, y este cambio viene para quedarse hasta el siguiente cambio.
Páginas