Consulta Proyecto de Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se aprueban las Normas reguladoras y el procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para atender a fines de interés social
Fecha de publicación:
Lunes, 29 Enero, 2018 - 13:58
Última modificación:
Viernes, 30 Marzo, 2018 - 00:10
Valoración:
El interés público en el desarrollo de proyectos que afectan a sectores sensibles y cuya financiación está consolidada a través de fondos procedentes del IRPF, hace necesario aprobar, de acuerdo con el artículo 4.5.c) de la Ley de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, unas normas reguladoras que permitan financiar proyectos subvencionados en 2016 que, pese a alcanzar una puntuación mínima, no hayan obtenido subvención con cargo a la convocatoria de 2017 de la Comunidad de Madrid.
El ciudadano que desee formular aportaciones a este proyecto de normas podrá hacerlo a través del Portal de Participación.
Plazo para formular alegaciones: desde el 30 de enero hasta el 13 de febrero de 2018 (ambos inclusive).
Comentarios
Enviado por Plataforma del Tercer Sector de la Comunidad de Madrid el Mié, 31/01/2018 - 18:43 Enlace permanente
Proyectos Calificados de Continuidad
Los proyectos subvencionados por esta Convocatoria deberán estar
calificados de "continuidad" en la Convocatoria a cargo del 0,7% del año
próximo, para evitar que otra vez no se tengan en cuenta como
preferentes.
Enviado por Fundación Porque Viven el Lun, 05/02/2018 - 17:56 Enlace permanente
Puntuación mínima y proyectos de continuidad
En la Resolución que nos hacen llegar apenas aparece indicada una puntuación, que en nuestro caso pasa de la mínima fijada en el artículo 27 de las Bases de la Convocatoria, sin especificar nada más. Además, curiosamente nuestra propuesta aparece valorada en la RESOLUCIÓN dos veces con distintas puntuaciones.
¿Cuáles son los criterios de continuidad? Será que quienes han evaluado, han valorado que se deja sin cobertura a los pacientes que reciben cuidados paliativos pediátricos en la CAM, para ser trasladados al único centro de DIA, para esos pacientes, existente en toda la Comunidad gracias a fondos públicos provenientes del IRPF, por la única fundación en el ámbito nacional que trabaja en cuidados paliativos pediátricos (PORQUE VIVEN) apoyada en el pago del transporte sanitario y atención a los niños/as por la institución que proporciona el espacio para el Centro de DIA (VÍA NORTE LAGUNA)? Esta opción supone para las familias poder conciliar vida laboral y de cuidado de un paciente pediátrico al final de su vida.
Igualmente, tampoco al valorado la continuidad del servicio de respiro que se proporciona con los recursos recibidos a unos cuidadores que dedican 24 horas/7 días/365 días al año a atender a sus hijos e hijas.
Enviado por Plataforma del Tercer Sector de la Comunidad de Madrid el Mié, 31/01/2018 - 18:45 Enlace permanente
Ref: Proyectos que "pese a alcanzar una puntuación mínima"
En relación a los proyectos que "pese a alcanzar una puntuación mínima"
según está explicitado en el documento alegamos que se tengan en cuenta
aquellos que no han entrado por no haber sido valorados y SÍ cumplen con los
requisitos (ej: alegan su inadecuación por referirse al 4.2 de la Orden
-referido a proyectos de inversión- y NO son de Inversión , por lo que
quedan sin valorar).
Enviado por Fundación Privada Prevent el Vie, 09/02/2018 - 09:47 Enlace permanente
Ampliación de la medida propuesta
Extender el ámbito de aplicación de esta norma también a aquellos proyectos de las entidades que de momento no han sido valorados en base a la falta de documentación obligatoria del artículo 18 de la Orden de convocatoria, especialmente cuando, interpuesto recurso contra la denegación de la subvención, dichas solicitudes de subvención también deban ser valoradas y alcancen una puntuación mínima y se refieran a proyectos que durante los últimas convocatorias siempre han sido subvencionados en subvenciones a cargo de IRPF por el Ministerio.
Enviado por Plataforma del Tercer Sector de la Comunidad de Madrid el Mié, 31/01/2018 - 18:47 Enlace permanente
Período de alegación y reposición de documentación
Creemos que es necesario que se explicite en la Convocatoria "aquellos proyectos que han
sido denegados por falta de documentación administrativa" que se garantice
un periodo de alegación y reposición de documentación .
Enviado por Fundación Privada Prevent el Vie, 09/02/2018 - 09:15 Enlace permanente
Período de alegación y reposición de documentación
En esta linea, reforzar la idea de poder tener un plazo de alegación sobre reposición de documentos, corrección de los mismos, etc... tal vez dictando una resolución provisional y otra definitiva.
Enviado por Plataforma del Tercer Sector de la Comunidad de Madrid el Mié, 31/01/2018 - 18:47 Enlace permanente
Publicación de la Resolución en el BOCM
Publicación de la Resolución (tanto de la
resolución provisional como de la definitiva) en el BOCM
Enviado por Federación CJ Valdoco el Jue, 01/02/2018 - 13:26 Enlace permanente
Proyectos de continuidad
Los proyectos subvencionados por esta Convocatoria deberán estar
calificados de "continuidad" en la Convocatoria a cargo del 0,7% del año
próximo, para evitar que otra vez no se tengan en cuenta como
preferentes.
Enviado por Federación CJ Valdoco el Jue, 01/02/2018 - 13:27 Enlace permanente
Valoración subjetiva entidad
Las entidades deberían tener la misma valoración para todos los proyectos presentados, pues hay en casos en los que la variación de esta valoración, cuando la entidad es la misma, determina que un proyecto obtenga o no financiación.
Enviado por Federación CJ Valdoco el Jue, 01/02/2018 - 13:28 Enlace permanente
Posibilidad de Memoria Adaptada
Solicitamos la incorporación de una Memoria Adaptada para futuras convocatorias para facilitar la adecuación del presupuesto al proyecto a realizar
Enviado por Federación CJ Valdoco el Jue, 01/02/2018 - 13:31 Enlace permanente
Publicación resolución provisional BOCM
Publicación de la Resolución (tanto de la resolución provisional como de la definitiva) en el BOCM, para así poder disponer de un plazo de alegaciones, antes de la publicación de la resolución definitiva.
Enviado por ORGANIZACION JUVENIL ESPAÑOLA el Sáb, 03/02/2018 - 12:09 Enlace permanente
Publicación Resolución
Facilitar el acceso a la Publicación de la Resolución provisional y definitiva en el BOCM , para poder estudiar mejoras en el proyecto presentado y tener una idea general del espectro de proyectos presentados y beneficiados.
Enviado por AHUCE el Lun, 05/02/2018 - 13:59 Enlace permanente
Proyectos continuistas con puntuación suficiente pero Denegados
¿Cómo puede ser que proyectos con menor puntuación hayan sido concedidos dentro de la misma línea y la causa de la denegación sea Falta de crédito?.
Hay proyectos de atención directa que se han quedado sin financiación a pesar de ser continuistas y de tener antiguedad en el IRPF y que no tienen cabida en el Tramo Estatal.
Enviado por CEOMA el Jue, 08/02/2018 - 14:00 Enlace permanente
Propuesta I.R.P.F. Comunidad de Madrid
Se sugiere que los proyectos de continuidad puedan, para el año 2018 y posteriores, a un sistema de Convenio Plurianual (3/5 años), para garantizar la atención a los usuarios y la permanencia de los equipos, y no solo se vean constreñidos al actual sistema de subvenciones que genera incertidumbres en los destinatarios e inseguridad laboral en los profesionales que intervienen en los mismos.
No es óbice que todos los años se exija a cada ONG la justificación de los requisitos firmados en ese convenio.
Enviado por FUNDACIÓN ATYME el Vie, 09/02/2018 - 12:21 Enlace permanente
APORTACIONES PARA LA ELABORACIÓN DEL PROYECTO DE ACUERDO. ATYME
La Fundación ATYME ha participado en la convocatoria de subvenciones del IRPF, tal y como lo venía haciendo desde 1990, cuando las competencias estaban atribuidas al Estado. Ante la denegación, por falta de crédito, de los proyectos, que venían desarrollándose, quisiéramos hacer las siguientes ALEGACIONES, para que se tengan en cuenta en el procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas a la realización de proyectos de interés general para atender a fines de interés social, en el ámbito de la Comunidad de Madrid, con cargo al presupuesto de la Comunidad de Madrid.
Enviado por CÁRITAS DIOCESANA DE GETAFE el Lun, 12/02/2018 - 10:04 Enlace permanente
Propuesta a consulta Pública IRPF 2017
Documentos de Apoyo de Entidades Públicas/Privadas
Que se valore la colaboración con otras Administraciones Públicas, organizaciones públicas y privadas, para la atención de necesidades sociales, acreditándose con acuerdos de colaboración, informes de apoyo, etc.
Enviado por CÁRITAS DIOCESANA DE GETAFE el Lun, 12/02/2018 - 10:06 Enlace permanente
Ámbito del Programa
Ámbito del Programa
En la herramienta informática no se permitía señalar los municipios de incidencia del proyecto.
En el caso de Cáritas Diocesana de Getafe sus proyectos atienden a personas procedentes de cualquier municipio del ámbito de la Diócesis (Zona Sur de la Comunidad de Madrid, 1.581.044 habitantes aproximadamente) independientemente del lugar donde esté ubicado el recurso.
Es importante estudiar con cuidado este aspecto, el impacto social.
Dispositivos de la Entidad /Experiencia en el desarrollo de Programas.
Valorar el número de centros en los que se desarrolla la actividad e intervención. Por ejemplo:
El acompañamiento, apoyo económico y social a familias/personas en situación de vulnerabilidad en la Diócesis de Getafe se realiza en 87 Cáritas parroquiales distribuidas entre los 48 municipios.
Enviado por CÁRITAS DIOCESANA DE GETAFE el Lun, 12/02/2018 - 10:12 Enlace permanente
PROPUESTA A CONSULTA PUBLICA IRPF 2017
Pertenencia a Confederaciones
Dar valor a la pertenencia a Confederaciones que marcan líneas de trabajo común en el Estado Español con los colectivos sociales más vulnerables.
Enviado por CÁRITAS DIOCESANA DE GETAFE el Lun, 12/02/2018 - 10:15 Enlace permanente
PROPUESTA A CONSULTA PÚBLICA IRPF 2017
La no existencia de recursos del mismo tipo para los colectivos a los que va dirigido el desarrollo del Proyecto:
Valorar los proyectos que cubren necesidades sociales que están sin cubrir en la zona o bien que son los únicos recursos para un perfil de colectivos en situación de vulnerabilidad.
(C.I.S San Vicente de Paúl, situado en Aranjuez y atendiendo a hombres sin hogar de toda la zona sur de la Comunidad de Madrid o procedentes de cualquier otro lugar de España, funcionando desde hace más de 30 años y siendo el único recurso para este colectivo en la zona sur de la Comunidad de Madrid, no ha obtenido puntuación suficiente, cumpliendo todos los requisitos exigidos en las bases).
Enviado por CÁRITAS DIOCESANA DE GETAFE el Lun, 12/02/2018 - 10:16 Enlace permanente
PROPUESTA A CONSULTA PÚBLICA IRPF 2017
Proyectos de Continuidad.
Valoración de los proyectos que se hayan desarrollado durante los últimos años de forma continuada y han recibido consecutivamente financiación del IRPF.
Enviado por CÁRITAS DIOCESANA DE GETAFE el Lun, 12/02/2018 - 10:18 Enlace permanente
PROPUESTA A CONSULTA PÚBLICA IRPF 2017
Situación socio-económica/índices de pobreza en las zonas de implementación de los proyectos.
Valorar la realidad social (socio-económica, socio-cultura, etc.) a la que dan respuesta los proyectos.
Cáritas Diocesana de Getafe ha atendido a un 72% de parados en búsqueda de empleo, el 59% tenían un nivel de estudios primarios o inferiores, el 69% reside en vivienda alquilada o realquilada, etc. (Datos de la Memoria 2016)
Enviado por CÁRITAS DIOCESANA DE GETAFE el Lun, 12/02/2018 - 10:19 Enlace permanente
PROPUESTA A CONSULTA PÚBLICA IRPF 2017
Acreditación documental de la inscripción del fichero de datos de participantes y voluntarios.
Valorar el rigor que las entidades mantienen en la guardia y custodia de los datos de participantes y voluntarios, cumpliendo la normativa estatal en materia de protección de datos, así como el uso de herramientas digitales de alta seguridad para las bases de datos de intervención, acreditando ambos extremos con la documentación necesaria.
Enviado por CÁRITAS DIOCESANA DE GETAFE el Lun, 12/02/2018 - 10:21 Enlace permanente
PROPUESTA A CONSULTA PÚBLICA IRPF 2017
Equipo de valoración de los proyectos.
Ha de ser técnico y conocedor de la realidad social y del tercer sector en la Comunidad de Madrid. Por los resultados publicados se puede interpretar que no son del todo conocedores de la repercusión que tiene no dar continuidad a determinados proyectos que dan respuesta a un gran número de personas en situación de vulnerabilidad.
Enviado por CÁRITAS DIOCESANA DE GETAFE el Lun, 12/02/2018 - 10:22 Enlace permanente
PROPUESTA A CONSULTA PÚBLICA IRPF 2017
Método de concurrencia competitiva.
Ha dejado fuera a proyectos de continuidad que están dando respuesta a un elevado número de personas en situación de vulnerabilidad. Se sugiere valorar otro tipo de métodos, al amparo de la normativa que eviten esta exclusión.
Enviado por CÁRITAS DIOCESANA DE GETAFE el Lun, 12/02/2018 - 10:23 Enlace permanente
PROPUESTA A CONSULTA PÚBLICA IRPF 2017
Memoria adaptada.
La memoria adaptada es un instrumento necesario para ajustar las acciones de proyectos al presupuesto concedido, además facilita una mejor distribución de los fondos entre todas las entidades.
No implementarla facilita la gestión de la Comunidad de Madrid, pero repercute negativamente en las adjudicaciones: agotando el crédito en el desarrollo del proceso.
Enviado por Federación Madrileña de Familias Numerosas el Lun, 12/02/2018 - 12:00 Enlace permanente
Proyectos de Continuidad
¿Dónde se ha valorado la continuidad? ¿No debería haber sido uno de los puntos fundamentales para la concesión de esta subvención?
Las organizaciones que como en nuestro caso FEDMA llevamos trabajando desde el 2008 con más de 11.000 familias numerosas asociadas, siendo, además, la única organización que atiende a este colectivo en la CM, y que ofrece tanto formación como bolsa de empleo, banco de recursos básicos, alimentos e intercambio de materiales, asesoramiento en todas las ayudas, ventajas y recursos a los que estas familias tienen acceso, acompañamiento social y real que les permite resolver conflictos o problemáticas asociadas a su condición específica de familia numerosa, organizamos grupos de ayuda mutua específicos en temas laborales (paro de larga duración, reinserción, conciliación,) organizamos talleres de coaching laboral, cursos de reciclaje , negociamos con empresas ventajas para este colectivo. No entendemos y pedimos aclaración para saber cuáles han sido los criterios para no estar incluidos entre los beneficiarios de esta subvención que veníamos recibiendo desde el Ministerio.
Enviado por Federación Madrileña de Familias Numerosas el Lun, 12/02/2018 - 12:02 Enlace permanente
Proyectos de Continuidad
¿Dónde se ha valorado la continuidad? ¿No debería haber sido uno de los puntos fundamentales para la concesión de esta subvención?
Las organizaciones que como en nuestro caso FEDMA llevamos trabajando desde el 2008 con más de 11.000 familias numerosas asociadas, siendo, además, la única organización que atiende a este colectivo en la CM, y que ofrece tanto formación como bolsa de empleo, banco de recursos básicos, alimentos e intercambio de materiales, asesoramiento en todas las ayudas, ventajas y recursos a los que estas familias tienen acceso, acompañamiento social y real que les permite resolver conflictos o problemáticas asociadas a su condición específica de familia numerosa, organizamos grupos de ayuda mutua específicos en temas laborales (paro de larga duración, reinserción, conciliación,) organizamos talleres de coaching laboral, cursos de reciclaje , negociamos con empresas ventajas para este colectivo. No entendemos y pedimos aclaración para saber cuáles han sido los criterios para no estar incluidos entre los beneficiarios de esta subvención que veníamos recibiendo desde el Ministerio.
Enviado por CERMI Comunidad de Madrid el Lun, 12/02/2018 - 12:36 Enlace permanente
Convocatoria IRPF 2018
Los proyectos subvencionados a través de este procedimiento deberán estar calificados de "continuidad" en la próxima Convocatoria de subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para atender fines de interés social, en el ámbito de la Comunidad de Madrid, con cargo al 0,7 por 100 del IRPF del año 2018.
Enviado por CERMI Comunidad de Madrid el Lun, 12/02/2018 - 12:36 Enlace permanente
Presentación de recursos
Incluir la posibilidad de presentar recurso posterior en caso de no estar conformes con la subvención concedida o con la no concesión de la misma.
Enviado por CERMI Comunidad de Madrid el Lun, 12/02/2018 - 12:37 Enlace permanente
Publicación en el BOCM
Publicación en el BOCM de toda la información una vez finalizado este procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para atender a fines de interés social.
Enviado por CERMI Comunidad de Madrid el Lun, 12/02/2018 - 12:37 Enlace permanente
Proyectos no continuistas
Que se tengan en cuenta no solo los proyectos de continuidad que se subvencionaron con IRPF 2016, sino también aquellos que no siendo continuistas han superado la nota de corte global de la convocatoria IRPF 2017 (65 puntos) y que han quedado fuera por no alcanzar la puntuación suficiente en uno de los criterios de valoración (entidad o proyecto, según art. 27 convocatoria IRPF 2017) o por falta de línea de crédito.
Enviado por CERMI Comunidad de Madrid el Lun, 12/02/2018 - 12:39 Enlace permanente
Importes solicitados y gastos a cubrir
Que se valore conceder el presupuesto solicitado en 2017 en los proyectos beneficiarios de esta nueva convocatoria y no el concedido a los proyectos beneficiarios de subvención IRPF en 2016, ya que si se solicitó una cantidad diferente en 2017, es porque se han valorado para el desarrollo del proyecto en 2018 otras necesidades diferentes a las del año anterior, debido al cambio de modelo.
Si el importe concedido difiere de lo solicitado en 2017, que la entidad ejecutante pueda decidir cuáles son los gastos a cubrir, siempre que estos figuren en el presupuesto del proyecto.
Enviado por CERMI Comunidad de Madrid el Lun, 12/02/2018 - 12:39 Enlace permanente
Denominación proyectos
Tener en cuenta la posible modificación en el nombre de los proyectos que se concedieron en el 2016 y en los solicitados en el 2017, y dar opción de justificar, por parte de las Entidades, que dichos proyectos son de continuidad.
Enviado por CERMI Comunidad de Madrid el Lun, 12/02/2018 - 12:39 Enlace permanente
Período claro de subsanación y reposición de documentación
Es necesario que se indique claramente que se va a garantizar un periodo de subsanación y reposición de documentación por parte de aquellas entidades con proyectos de continuación a las que se les ha denegado por no aportar documentación administrativa en distintos apartados.
Enviado por Bosco Trabajador Social el Lun, 12/02/2018 - 13:14 Enlace permanente
Proyectos de Continuidad
Que se valore que accedan a esta Subvención los proyectos de continuidad que, habiendo recibido financiación en el año 2016, hayan quedado fuera de la convocatoria de IRPF 2017 de Comunidad de Madrid, con independencia de los motivos por los que hayan quedado fuera.
Enviado por AMIRES el Lun, 12/02/2018 - 14:00 Enlace permanente
Proyectos denegados por no aportar documentación
La solicitud presentada por la Asociación de Miopía Magna con Retinopatías (AMIRES), fue denegada por no aportar documentación obligatoria argumentando que no se ha presentado el seguro de personal voluntarios. Se nos hizo un requerimiento de subsanación donde se nos soliciró el seguro de voluntariado. Aportamos el documento de renovación del seguro junto con el justificante de pago. No entendimos que se nos estaba pidiendo el contrato de voluntariado completo. En ese sentido, entendemos que, de no ser correcto dicho documento, tendríamos que haber sido notificados en tiempo y forma haciéndonos saber que no era válido y qué documento específico y concreto era necesario para poder completar el proceso, para tener opción de subsanarlo pues lo habríamos entregado en el plazo indicado.
El documento aportado se trata de un documento válido ya que en él aparece el número de póliza y ésta podría consultarse. Esto fue un malentendido, al creer que no se nos estaba pidiendo la póliza completa, ya que de ser así la hubiéramos aportado, Este documento ha sido entregado en otras subvenciones de diferentes administraciones públicas sin ocasionarnos ningún problema.
En nuestra trayectoria profesional siempre hemos subsanado aquellos defectos que nos han sido comunicados, en este caso sólo tuvimos un requerimiento de documentación y aportamos aquello que entendimos que se nos estaba pidiendo sin conocer que no era considerado válido y sin tener ninguna comunicación más que nos permitiera subsanar el error.
Solicitamos que se revise y valore nuestro proyecto y podamos optar a la subvención. Nuestro proyecto se trata de un proyecto de continuidad desde el año 2012.
Por lo que creemos que se deberían revisar y valorar también los proyectos que han sido denegados por no aportar documentación y estos son de continuidad.
Enviado por estrellas el Lun, 12/02/2018 - 15:28 Enlace permanente
PROYECTOS DE INTERÉS GENERAL Y QUE SEAN DE CONTINUIDAD
La Comunidad de Madrid tiene que apoyar a todos los proyectos de interés general y que son de continuidad, es decir, que eran financiados por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad hasta la anterior convocatoria del IRPF 2016, y que no hayan recibido subvención en la convocatoria IRPF 2017 de la Comunidad de Madrid. ¿Qué pasará con todas aquellas personas que estaban siendo atendidas por estos proyectos que no han recibido subvención?. La Comunidad de Madrid tiene la responsabilidad de mantener dichos proyectos para que las personas más vulnerables no sufran un emporamiento de su situación vital; y al mismo tiempo ofrecerles posibilidades de integración social.
Javier González. Trabajador Social.
Enviado por Lares Asociación el Lun, 12/02/2018 - 16:43 Enlace permanente
Procedimiento de Concesión Directa de Subvenciones 0,7%
En relación al Proyecto de Acuerdo del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas a la realización de proyectos de interés general para atender a fines de interés social en el ámbito de la Comunidad de Madrid, con cargo al presupuesto de la Comunidad de Madrid, y en virtud del cual se aprueban las Normas Reguladoras para la concesión directa a aquéllos solicitantes que, alcanzando una puntuación mínima, no hayan percibido subvenciones con cargo a la Orden 1463/2017, de 19 de septiembre
D I G O
Lares es una entidad que agrupa a nivel nacional a más de un millar de centros y servicios de atención a personas en situación de vulnerabilidad por soledad, enfermedad u otra causa, especialmente personas mayores o con alguna discapacidad generadora en muchos casos de dependencia de terceras personas.
Que Lares tiene delegación en Madrid a través de la cual ha presentado los proyectos de sus asociados en el marco de la Orden 1463/2017 antes citada, y que asimismo ha venido presentando los proyectos de sus asociados en Madrid a la convocatoria estatal convocada por el Ministerio durante el tiempo que esta administración ha sido la gestora.
Que todos los proyectos que fueron aprobados por el Gobierno de España hasta la fecha, lo fueron sobre la base de los informes que los propios departamentos de Bienestar Social de las Comunidades Autónomas enviaron al Ministerio en relación a la prioridad de los proyectos del interés general existente y el interés concurrente, con las líneas estratégicas para la satisfacción de necesidades sociales y el interés general.
Que precisamente por la transitoriedad del acuerdo del Consejo Territorial y por lo anterior, ha habido Gobiernos que, razonablemente, han utilizado el procedimiento de adjudicación directa ab initio, de modo que los proyectos que ya habían sido financiados el año anterior, pudiesen continuar su ejecución en 2018 con la convocatoria de los fondos del 2017. Es el caso de las CC.AA. de Castilla y León o Canarias, y Galicia por convocatoria de concurrencia no competitiva, a título de ejemplo.
La Administración no puede ir en contra de sus propios actos administrativos, siendo los informes remitidos en su día al IMSERSO respecto a los proyectos para atender a personas mayores o con discapacidad un acto administrativo en la medida que eran remitidos por un Director y respondían a unos criterios de evaluación realizados para el análisis del citado interés general de la convocatoria.
En el caso de equipamientos y obras de centros residenciales, dicho interés general se vincula a la necesidad de atender a aquéllas personas que, actualmente, las distintas administraciones y, en especial, la que tiene la competencia en servicios sociales especializados (autonómica), no puede atender como consecuencia de su naturaleza temporal o indefinida, ya sea por convalecencias no hospitalarias que requieren apoyo de terceros, retrasos en la tramitación administrativa de los reconocimientos de plazas o derechos, o de las propias limitaciones presupuestarias que han llevado a la Comunidad de Madrid a ralentizar el cumplimiento a todos las personas con derecho, de los servicios que necesitan.
Pues bien, para que los centros de Lares, sin ánimo de lucro, puedan atender a estas personas necesitan la financiación externa de obras y equipamientos que le permitan dar la atención mínima requerida por el marco normativo generado tras la aprobación por el Consejo Territorial de la Ley 39/2006.
Es más, los centros de Lares están con la Administración en defensa de los más vulnerables, sin su ánimo de lucro, allí donde el sector con ánimo de lucro no quiere estar cuando la demanda privada de plazas hace que no le convenga la contratación de plazas públicas. El interés general se manifiesta en el de cada uno de los administrados que, día a día, en los centros de Lares surge la necesidad de resolver situaciones de emergencia social o extraordinaria que la Administración no cubre por las razones antes descritas o, incluso, por problemas de coordinación entre administraciones.
En definitiva, la viabilidad de los proyectos de atención solidaria se pone en riesgo o deterioran sensiblemente si dicha financiación desaparece.
En otro orden, debe tener en cuenta el Consejo de Gobierno de la existencia de algunos errores importantes en la elaboración de la resoluciones administrativas, sin duda generados por la participación de un organismo público autónomo, TRAGSA, sin experiencia en esta cuestión e incapaz de percibir la magnitud de lo que se traía entre manos, tomando la convocatoria con los criterios de la administración punitiva y no administrativa, con criterios aplicables en ciencia matemática en vez de a la ciencia social.
Es más, los errores a veces llevan a considerar documentación insuficiente lo que en otros expedientes ha considerado lo contrario, o a resolver como expedientes distintos la misma solicitud de acuerdo a la aplicación de criterios de acompañamiento de documentación diferentes. Pese a toda la buena voluntad de los funcionarios de la Comunidad de Madrid, expresada en multitud de reuniones, las contradicciones en las comunicaciones incluso antes de la presentación de las propuestas, se han producido como consecuencia del inadecuado rol ejecutado por Tragsa como entidad encomendada de la gestión de la convocatoria, con el dinero remitido por el estado para compensar a la Comunidad Autónoma de Madrid por los gastos de gestión de la misma.
Parece pues que, lo que en otras circunstancia sería del todo punto lógico no lo sea en esta ocasión, de modo que también deberían considerarse proyectos de continuidad los presentados por aquéllas entidades que han recibido subvenciones para el mismo proyecto con cargo al 0,7% en la última convocatoria estatal y que, sed contra, han sido desestimadas sus solicitudes en la actualidad por la Comunidad de Madrid.
Sería generar una indefensión y generaría un problema jurídico y extrajurídico la adjudicación directa de subvenciones dejando fuera a entidades que con posterioridad pudiesen disponer de decisión administrativa o judicial definitiva y firme que reconociese la nulidad de la resolución de adjudicación de la convocatoria de la orden 1463/2017 en lo concerniente a su proyecto concreto.
Es más, y dejando el ámbito formal, cuando las razones son de puntuación, dicha puntuación viene a ser una declaración de arbitrariedad de esa Administración a la hora de informar el Ministerio las subvenciones concedidas el pasado año.
Sin duda, no sería jurídicamente adecuado dar este tratamiento a quien hubiese aceptado la resolución que le hubiese sido comunicada y no¸ sed contra, a quien hubiese interpuesto el correspondiente recursos administrativo.
Por último resaltar, por obvio que parezca, que, en el marco de la consulta pública, no ha sido posible acceder al específico proyecto de las Normas reguladoras sino tan sólo al contenido de los dos acuerdos del Consejo de Gobierno en relación a las mismas.
Es por todo ello por lo que LARES como una de las entidades importantes, en representación del Tercer Sector, en la prestación de servicios residenciales o domiciliarios a personas mayores presenta las siguientes
PROPUESTAS
Primero.
Que dicha concesión directa sea tramitada por procedimiento de urgencia, dado el gran perjuicio para el interés general que se está generando con la situación actual.
Segundo.
Que las Normas Reguladoras para la concesión directa recojan expresamente que en los proyectos de obras y equipamientos se considerarán de continuidad todos los presentados a la convocatoria de la orden 1463/2017, de 19 de septiembre de la Comunidad de Madrid, por entidades que ejecutaron proyectos de la misma naturaleza financiados en la última convocatoria del 0,7% del Gobierno de España.
Tercero
Que su objeto se extienda no sólo a las entidades solicitantes que, alcanzando una puntuación mínima, no hayan percibido subvenciones con cargo a la orden 1463/2017, sino también a aquéllas otras que habiendo sido denegadas hayan recurrido la correspondiente Resolución en razón de su nulidad o de la valoración del correspondiente proyecto.
En su defecto, que se articule un fondo o bolsa de garantía por cantidad equivalente a las subvenciones que resultasen de la aplicación de los criterios de la convocatoria de adjudicación directa a aquéllos proyectos desestimados y que habiendo sido recurridos en tiempo y forma ante la Comunidad de Madrid resultase la estimación del recurso, ya sea por razones de forma o fondo de la resolución de concesión de la subvención.
Enviado por Exploradores de Madrid el Mar, 13/02/2018 - 11:07 Enlace permanente
PROYECTOS CALIFICADOS DE CONTINUIDAD
Los proyectos subvencionados por esta Convocatoria deberán estar calificados de "continuidad" en la Convocatoria a cargo del 0,7% del año próximo para garantizar que sean tenidos en cuenta como preferentes.
Enviado por Exploradores de Madrid el Mar, 13/02/2018 - 11:18 Enlace permanente
Publicación y tipos de Resoluciones en el BOCM
Debería haber una resolución provisional, que permitiera un plazo de alegaciones, antes de la resolución definitiva . Y ambas deberían publicarse en el BOCM.
Enviado por Exploradores de Madrid el Mar, 13/02/2018 - 11:26 Enlace permanente
Proceso de valoración garantista
Se debería garantizar que quien valora la convocatoria es especialista en la misma y conoce el tejido asociativo y su trabajo para evitar diferentes criterios en la aplicación de los baremos, por lo que consideramos que en futuras convocatorias debería encargarse exclusivamente el personal técnico de la Comunidad de Madrid. De este modo, se protegería a las entidades de la indefensión que una gran parte del sector está sufriendo ante las valoraciones denominadas objetivas realizadas por una consultoría externa y de las cuales nadie es capaz de rendir cuentas y justificar o clarificar qué criterios se han seguido para la aplicación de los diferentes baremos.
Enviado por Plataforma de Organizaciones de Infancia de Madrid el Mar, 13/02/2018 - 11:38 Enlace permanente
Proyectos calificados de continuidad
Los proyectos subvencionados por esta Convocatoria deberán estar calificados de "continuidad" en la Convocatoria a cargo del 0,7% del año próximo para garantizar que sean tenidos en cuenta como preferentes.
Enviado por Plataforma de Organizaciones de Infancia de Madrid el Mar, 13/02/2018 - 11:39 Enlace permanente
Proceso de valoración garantista
Se debería garantizar que quien valora la convocatoria es especialista en la misma y conoce el tejido asociativo y su trabajo para evitar diferentes criterios en la aplicación de los baremos, por lo que consideramos que en futuras convocatorias debería encargarse exclusivamente el personal técnico de la Comunidad de Madrid. De este modo, se protegería a las entidades de la indefensión que una gran parte del sector está sufriendo ante las valoraciones denominadas objetivas realizadas por una consultoría externa y de las cuales nadie es capaz de rendir cuentas y justificar o clarificar qué criterios se han seguido para la aplicación de los diferentes baremos.
Enviado por Plataforma de Organizaciones de Infancia de Madrid el Mar, 13/02/2018 - 11:40 Enlace permanente
Publicación y tipos de Resoluciones en el BOCM
Debería haber una resolución provisional, que permitiera un plazo de alegaciones, antes de la resolución definitiva . Y ambas deberían publicarse en el BOCM.
Enviado por Clabordal el Mar, 13/02/2018 - 12:04 Enlace permanente
Propuesta de encomienda de gestión
Al margen de lo precipitado que ha sido todo el proceso debido a la fecha en que se hizo pública la sentencia del Tribunal Constitucional que traía consigo un nuevo escenario en lo que a los criterios de reparto del 0.7 del IRPF se refiere, creemos que las cosas se podrían haber realizado con mayor seriedad, profesionalidad y diligencia debida que requieren estos asuntos. No es de recibo, por no decir que es contrario a derecho, recibir una Resolución desestimatoria sin que en la misma se expresen los motivos que han dado lugar a dicha denegación. Esta circunstancia ha traído consigo una situación de manifiesta indefensión e inseguridad jurídica para el administrado que consideramos injustificable en cualquier caso. Por otra parte, ya fue muy duro recibir la noticia de que el Estado sólo se quedaría con un 20 % en su tramo para financiar proyectos que además responden a distinta naturaleza sino que, además, la Comunidad de Madrid, no ha aceptado la encomienda de Gestión por parte del Ministerio dotado ya de técnicos expertos en la materia y en su lugar subcontrata a empresas con el consiguiente coste.
Proponemos que, en próximas convocatorias, se confíe la gestión a través de plataformas de entidades para asegurar no sólo el uso eficiente de los recursos sino la valoración de los proyectos en base a criterios de calidad. Las plataformas conocemos desde dentro cómo trabajan las entidades que forman parte de la misma
Enviado por COCEMFE el Mar, 13/02/2018 - 16:12 Enlace permanente
CONVOCATORIA 2017 SUBVENCIONES IRPF
APORTES DE COCEMFE A LA PROPUESTA DE LA CAM DEL PROYECTO DE ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO POR EL QUE SE APRUEBAN LAS NORMAS REGULADORAS Y EL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LA REALIZACIÓN DE PROGRAMAS DE INTERÉS GENERAL PARA ATENDER FINES DE INTERÉS SOCIAL.
Desde COCEMFE consideramos que, para garantizar el principio de transparencia, en la Resolución de la convocatoria de programas se debe informar sobre la puntuación obtenida por todos los programas presentados, de acuerdo al baremo establecido en la Orden de convocatoria, indicando la referencia a la partida o línea que corresponde.
Además, en el caso de los proyectos denegados, se debe informar de forma clara y concisa de la causa de la denegación, si es por un defecto formal o por falta de suficiente presupuesto en la línea a la que correspondan, etc.
Por último, consideramos que es prioritario que en la convocatoria se prioricen los proyectos de acción continuista, que venían siendo financiados con cargo al IRPF de gestión estatal durante al menos 10 años.
Enviado por COCEMFE el Mar, 13/02/2018 - 18:47 Enlace permanente
Aclaración COCEMFE
Asimismo consideramos desde COCEMFE, que el acuerdo únicamente se plantea para atender a aquellos que por falta de crédito no consiguieron aprobación, pero entendemos debería abrirse el mismo también, a todas aquellas entidades a las que no les hayan concedido puntuación.
Enviado por FAM el Mar, 13/02/2018 - 16:21 Enlace permanente
Aportaciones al proyecto concesión directa subvenciones IRPF2017
1.- Que todos aquellos expedientes de entidades con proyectos de continuidad del año 2016 sean incluidos en esta convocatoria extraordinaria, incluso aquellos que han sido recurridos y/o desestimados por errores/incidencias de la administración en el proceso de valoración (y por ello, no han sido efectivamente puntuados) también sean incluidos en este procedimiento de concesión directa, procediendo a su nueva valoración (ej. proyectos que de forma errónea han sido ubicados en líneas que no les corresponden, proyectos denegados por falta de crédito o proyectos que de forma errónea han sido denegados por falta de aportación de documentación).
2.- Que en el caso de diferencias en el nombre del proyecto en relación con la convocatoria del 2016, el procedimiento de concesión directa promueva los medios adecuados para que las entidades puedan presentar las aclaraciones pertinentes sobre su condición de continuidad para su correcta identificación, con el objetivo de que ningún proyecto de continuidad subvencionado en el año 2016 (a pesar de un posible cambio de nombre por motivos técnicos de mejora) se pueda quedar fuera de este procedimiento de concesión directa.
3.- Que en este procedimiento de concesión directa se respeten los importes solicitados inicialmente por las entidades en la convocatoria de 2017, concediendo el importe del coste total de proyecto solicitado (incluyendo los gastos de actividades y los gastos de gestión).
4.- Que la tramitación de esta convocatoria extraordinaria de concesión directa sea tramitada de forma urgente para responder a las necesidades de continuidad de los proyetos de las entidades.