Anteproyecto de Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de la Comunidad de Madrid

La Comunidad de Madrid considera necesario actualizar el marco jurídico regional en materia de investigación e innovación tecnológica, dado el tiempo transcurrido desde la aprobación de la Ley 5/1998, de 7 de mayo, de Fomento de la Investigación Científica y la Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid. Asimismo, esta revisión normativa resulta imprescindible para adecuar el régimen jurídico autonómico de aplicación a la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, como legislación básica del Estado, así como a los reglamentos y disposiciones de la Unión Europea en la materia.
En definitiva, la elaboración de esta nueva disposición constituye una oportunidad estratégica para reforzar la calidad, eficacia, eficiencia y fiabilidad del sistema madrileño de investigación e innovación y de sus profesionales, mejorar su posicionamiento internacional y su impacto en el tejido productivo y en la sociedad, así como fortalecer la confianza de la ciudadanía en la ciencia.
Plazo para formular alegaciones: 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la documentación en el Portal de Participación (del 19 de junio al 9 de julio, ambos inclusive).


Comentarios
Enviado por Jorge Garcia Montaño el Vie, 19/06/2026 - 06:45 Enlace permanente
PROPUESTA DE LIMITLESS EDUCATION
Desde Limitless Education valoramos muy positivamente la actualización de la Ley 5/1998 y compartimos el objetivo de reforzar la excelencia científica, la transferencia del conocimiento y el impacto social de la innovación en la Comunidad de Madrid.
No obstante, consideramos conveniente incorporar de forma expresa el papel de las tecnologías inmersivas y de la innovación educativa como herramientas para acercar la ciencia a la ciudadanía desde las etapas tempranas del sistema educativo.
Proponemos que la futura ley contemple:
El impulso de programas que fomenten las vocaciones científicas y tecnológicas desde la educación primaria y secundaria mediante experiencias de aprendizaje inmersivas e interactivas.
El reconocimiento de las tecnologías inmersivas, los laboratorios virtuales y las herramientas basadas en inteligencia artificial como instrumentos de divulgación científica, experimentación y transferencia del conocimiento.
El desarrollo de mecanismos de colaboración entre la Administración, los centros educativos, las universidades, los centros de investigación y las empresas innovadoras para facilitar la incorporación de soluciones tecnológicas que permitan al alumnado explorar de forma práctica conceptos científicos complejos.
El apoyo a iniciativas que contribuyan a democratizar el acceso a experiencias científicas avanzadas, reduciendo las barreras económicas y geográficas y permitiendo que cualquier estudiante de la Comunidad de Madrid pueda acceder a recursos de alta calidad.
La Comunidad de Madrid tiene la oportunidad de convertirse en referente internacional no solo en investigación e innovación, sino también en la manera de acercar la ciencia a las nuevas generaciones, fortaleciendo las vocaciones STEM y creando una ciudadanía más preparada para los retos científicos y tecnológicos del futuro.
Enviado por Andrés Mendez hurtado el Vie, 26/06/2026 - 14:57 Enlace permanente
Propuesta para la incorporación del teletrabajo como derecho del
PROPUESTA CIUDADANA EN EL MARCO DE LA CONSULTA PÚBLICA PREVIA
La presente aportación se realiza al amparo del artículo 60.1 de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, con el objeto de trasladar una propuesta concreta para su consideración en la elaboración del Anteproyecto de Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de la Comunidad de Madrid.
Sobre la naturaleza del trabajo investigador y su compatibilidad con el trabajo a distancia
Una parte significativa del personal investigador vinculado al sistema madrileño de ciencia e innovación desarrolla una actividad cuya naturaleza es plenamente compatible con el trabajo a distancia: análisis de datos, redacción y revisión de publicaciones científicas, elaboración de informes y propuestas de proyectos, revisión bibliográfica, modelización computacional, participación en reuniones y congresos virtuales, entre otras tareas habituales en numerosas disciplinas. Para este colectivo, la obligación de desplazamiento presencial al centro de trabajo, cuando la totalidad o la mayor parte de sus funciones pueden ejercerse con igual eficacia desde un entorno remoto, supone una pérdida de tiempo productivo, un coste personal y económico injustificado, y una rigidez organizativa que no responde a las necesidades reales del trabajo científico moderno.
Esta situación se agrava en el contexto actual de episodios de calor extremo, cada vez más frecuentes e intensos en la Comunidad de Madrid, que generan condiciones adversas para el desplazamiento y para el trabajo en determinados espacios físicos, con el consiguiente impacto sobre la salud, el bienestar y la productividad del personal.
Propuesta concreta
Se propone que la futura Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de la Comunidad de Madrid incorpore de forma expresa el reconocimiento del trabajo a distancia como modalidad ordinaria para el personal investigador cuyas funciones sean objetivamente compatibles con su ejercicio en remoto, con los siguientes elementos:
En primer lugar, el establecimiento de un derecho al teletrabajo para el personal investigador cuya actividad no requiera presencia física en instalaciones, laboratorios o equipamientos específicos, garantizando que la modalidad presencial se reserve para aquellas tareas que la justifiquen de forma real y objetiva.
En segundo lugar, la implantación de mecanismos de supervisión y evaluación del rendimiento basados en resultados y producción científica, y no en el control horario de la presencia física, en línea con los estándares de las instituciones científicas europeas de referencia y con la naturaleza propia de la actividad investigadora.
En tercer lugar, la obligación de que los centros e institutos de investigación financiados con fondos públicos cuenten con políticas de trabajo a distancia formalizadas, claras y no discrecionales, que eviten la disparidad de criterios entre centros y garanticen la igualdad de trato del personal.
Conclusión
La modernización del marco jurídico del sistema científico madrileño que persigue esta ley no puede limitarse a aspectos de gobernanza o financiación. Debe también actualizar las condiciones en que se desarrolla el trabajo investigador, adaptándolas a la realidad del siglo XXI. Permitir el teletrabajo donde es posible no es una concesión, sino una medida de eficiencia, de salud laboral y de coherencia con los valores de un sistema científico que aspira a ser competitivo y atractivo para el talento.