Registro de Personas Objetoras de Conciencia, al que se refiere el artículo 19.ter de la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo

Fecha de publicación:
Miércoles, 1 Abril, 2026 - 13:21
Última modificación:
Miércoles, 20 Mayo, 2026 - 00:01
Adjunto:
Valoración:
Se somete a consulta pública el Proyecto de Orden de la Consejería de Sanidad por la que se crea el Registro de Personas Objetoras de Conciencia, al que se refiere el artículo 19.ter de la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo.
Dicha Orden tiene por objeto la creación y regulación del referido registro en cumplimiento al Auto Nº 60/2026 de la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Plazo para hacer aportaciones: del 6 de abril al 19 de mayo (ambos inclusive).


Comentarios
Enviado por Agustín Losada el Sáb, 09/05/2026 - 12:25 Enlace permanente
Alegaciones al registro de objetores de conciencia al aborto
AL PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REGULA EL REGISTRO DE PERSONAS OBJETORAS DE CONCIENCIA EN LA COMUNIDAD DE MADRID
A LA CONSEJERÍA DE SANIDAD DE LA COMUNIDAD DE MADRID
En ejercicio del derecho de participación pública previsto en la normativa vigente, se presentan las siguientes alegaciones en relación con la creación y regulación del registro de objetores de conciencia previsto en el artículo 19 ter de la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo.
1. La configuración de un registro de estas características debe partir inexcusablemente del reconocimiento de la conciencia como el núcleo irreductible de la dignidad de la persona y de su integridad moral. El derecho a la objeción de conciencia no constituye una concesión administrativa ni un privilegio graciable, sino una manifestación directa de la libertad de pensamiento y religión consagrada en el artículo 16.1 de la Constitución Española. Por ello, cualquier norma que pretenda regular su ejercicio debe garantizar que el registro no se convierta en una barrera administrativa o en un instrumento de fiscalización que desincentive el cumplimiento de los imperativos morales del profesional sanitario.
2. En virtud de la responsabilidad ética inherente a la profesión, el acto médico no puede desligarse de la conciencia de quien lo ejecuta. La prestación de la ayuda para morir o la interrupción voluntaria del embarazo son actos que afectan a la convicción más profunda sobre la vida. En consecuencia, el tratamiento de los datos en este registro debe estar blindado por las más estrictas garantías de confidencialidad, evitando que la inscripción suponga una forma de estigmatización o discriminación en la carrera profesional o en el acceso a puestos de responsabilidad dentro del Servicio Madrileño de Salud.
3. Desde una perspectiva de eficacia administrativa y respeto a la libertad, se alega que la creación de un registro exclusivamente para objetores resulta jurídicamente asimétrica. Si la finalidad declarada de este instrumento es la adecuada organización de los recursos y la garantía de la prestación del servicio, el registro debería recaer, con mayor lógica organizativa, sobre aquellos profesionales dispuestos y disponibles para realizar dichas prácticas. La condición de objetor debe presumirse como el ejercicio natural de la libertad de conciencia ante actos que no forman parte de la medicina curativa o paliativa ordinaria. Por tanto, la carga de la inscripción registral debería trasladarse a quienes manifiesten su voluntad de participar en estas prestaciones, evitando así que los objetores sean señalados o incluidos en listados que, por su propia naturaleza, tienden a la exclusión.
4. Se argumenta que el procedimiento debe ser ágil y permanente, permitiendo que la objeción sea manifestada en cualquier momento sin que se exijan justificaciones que vulneren el derecho a no declarar sobre las propias creencias. La administración debe velar por que la organización de los servicios sanitarios respete la autonomía del profesional y su derecho a actuar conforme a la verdad de su conciencia, entendida esta como la norma última de moralidad que vincula a la persona en sus decisiones más trascendentales.
5. Asimismo, resulta imprescindible que el decreto garantice que la información contenida en el registro se limite estrictamente a la necesaria para la gestión organizativa, impidiendo cualquier uso que pueda derivar en un control ideológico de los facultativos. La libertad de conciencia es el presupuesto necesario para una práctica médica humanizada, por lo que el registro debe diseñarse bajo el principio de mínima intervención y máximo respeto a la objeción como derecho fundamental de toda persona.
Por todo lo expuesto, se solicita que se tengan por presentadas estas alegaciones y se incorporen al texto definitivo del proyecto de decreto, a fin de asegurar una regulación que proteja la integridad moral de los profesionales sanitarios y el pleno ejercicio de su libertad de conciencia en el marco del ordenamiento jurídico vigente.
Enviado por Paco G. el Sáb, 09/05/2026 - 12:35 Enlace permanente
Registro médicos objetores de conciencia al aborto
Me parece una medida inconstitucional, el médico siempre debe tener libertad y este registro pretende señalarlo y discriminarlo para que pierda el anonimato. Inaceptable
Enviado por moma46 el Sáb, 09/05/2026 - 12:35 Enlace permanente
Contra el registro de objetores
El Registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia vulnera derechos fundamentales reconocidos en la Constitución Española (arts. 16 y 18), al obligar a los profesionales a declarar sus convicciones personales.
Almacenar información sensible expone a los sanitarios a discriminaciones y represalias laborales. La Ley 1/2023 excluye de determinados órganos, como el Comité Clínico, a quienes hayan estado inscritos en dicho registro durante los últimos tres años.
El registro autonómico NO es necesario para gestionar la prestación sanitaria, ya que las objeciones de conciencia podrían comunicarse directamente dentro de cada centro sanitario a los responsables correspondientes. Si el objetivo es organizar los recursos asistenciales, que se registren los profesionales dispuestos a practicar abortos.
La Comunidad de Madrid debería continuar recurriendo judicialmente la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid para proteger la libertad de conciencia de los profesionales sanitarios.
Enviado por Mª Jesús el Sáb, 09/05/2026 - 12:45 Enlace permanente
No estoy de acuerdo en la
No estoy de acuerdo en la obligatoriedad del registro de la objeción de conciencia para controlar a los profesionales que no quieren matar a los no nacidos. La vida dentro del vientre de la madre hay que respetarla. Los profesionales hacen un juramento que se ha modernizado cuando terminan su formación:
así:
“Prometo dedicar mi vida al servicio de la humanidad; velar ante todo por la salud y el bienestar de mis pacientes; respetar los secretos que me sean confiados; ejercer mi profesión con conciencia y dignidad; y mantener el máximo respeto por la vida humana.”
La frase final lo resume todo.
Enviado por Pungi el Sáb, 09/05/2026 - 13:05 Enlace permanente
Contra registro objetores de conciencia
Me parece que la creación de ese registro de médicos objetores de conciencia para realizar abortos es una medida claramente represora e intimidatoria para favorecer esa eliminación de una vida. Si acaso habría que crear un registro de "médicos no objetores".
Enviado por ElenaRC el Sáb, 09/05/2026 - 13:10 Enlace permanente
CONTRA EL REGISTRO DE OBJETORES DE CONCIENCIA
Total apoyo al comentario enviado por el vocal de la asociación "Profesionales por la Ética" con fecha 07/04/26 en contra del registro de objetores de conciencia. Garantizar derechos de unos no puede significar pisotear derechos de otros. El fin no justifica los medios.
Enviado por Javier Gonzalez el Sáb, 09/05/2026 - 14:25 Enlace permanente
En contra de la creación de registro de objetores de conciencia
Considero que este registro vulnera derechos fundamentales como la libertad de conciencia, la intimidad y el honor, ya que obliga a los profesionales a declarar sus convicciones personales. La información podría utilizarse para discriminarlos o perjudicarlos laboralmente. La gestión de las objeciones debería hacerse únicamente dentro de cada centro sanitario y no mediante un registro autonómico. Si se trata de organizar el servicio, deberían registrarse quienes estén dispuestos a practicar abortos, o crear una categoría profesional específica para profesionales especializados en esas prácticas. Espero que la Comunidad de Madrid continúe defendiendo la libertad de conciencia y recurra la sentencia del TSJM.
Enviado por jgutierrez el Sáb, 09/05/2026 - 15:49 Enlace permanente
En contra del registro de objetores de conciencia
De acuerdo con las opiniones que se han manifestado en contra de ese registro.
Enviado por Javier Gamboa el Sáb, 09/05/2026 - 15:54 Enlace permanente
Objeción conciencia aborto
Sería más práctico hacer una lista de médicos dispuestos a realizar abortos
Enviado por J M A el Sáb, 09/05/2026 - 16:00 Enlace permanente
Lista médicos anti-aborto.
Creo que con esta medida el gobierno se acerca más al totalitarismo propio de una dictadura bolivariana que de una democracia plena.
Se violenta el derecho a la libertad que cada uno tenemos de expresar o no nuestros convencimientos al exponerlos en una lista de dominio público y por tanto al alcance de cualquiera.
¿Cuál es el siguiente paso? ¿Se van a publicar también la identidad de los votantes que no lo hagan a favor del actual gobierno? ¿O también de los católicos que se oponen al aborto? ¿Y luego se señalarán a todos ellos como ciudadanos de antiespañoles?
Estamos inmersos en un derrotero cuyo final es un estado de brutal dictadura, mucho peor que el franquismo del que tanto hablan y que dicen rechazar.
Mi rotunda oposición a que se llegue a hacer esta incalificable lista negra que vulnera los más elementales derechos que actualmente nos da nuestra maltrecha democracia.
Enviado por Blas el Sáb, 09/05/2026 - 16:10 Enlace permanente
Registro de objetores de conciencia
Suscribo la posición y los argumentos de la asociación Profesionales por la Ética
Enviado por MiguelLanda el Sáb, 09/05/2026 - 17:39 Enlace permanente
oposición a que se llegue a hacer esta incalificable lista negr
oposición a que se llegue a hacer esta incalificable lista negra que vulnera los más elementales derechos que actualmente nos da nuestra maltrecha democracia.
Enviado por MIGUEL GONZALEZ DE LARA MINGO el Sáb, 09/05/2026 - 18:38 Enlace permanente
registro objetores conciencia
Estoy absolutamente en contra de la incalificable Lista Negra que quiere crear Sánchez. Quiere conducirnos a un estado totalitario, en el que todos estemos controlados en todos los aspectos de nuestra vida, lo que pensamos, lo que hacemos, lo que decimos....Creo que lo correcto es que se haga una Lista de médicos que no tengan reparos morales para practicar abortos. Creo que el aborto debe ser regulado jurídicamente, pero, individualmente, es un tema moral, no jurídico. Moralmente, tengo muchas dudas sobre este tema...
Enviado por Pilar Fernández el Sáb, 09/05/2026 - 19:08 Enlace permanente
En contra de la creación del registro de objetores de conciencia
Absolutamente en contra de un registro de objetores de conciencia, que vulnera justamente el derecho a la objeción de conciencia, dejando a los médicos objetores en situación de vulnerabilidad profesional y personal.
Inconcebible que respetar el código deontológico de una profesión conlleve la inclusión en una lista negra.
Enviado por Chess el Sáb, 09/05/2026 - 19:09 Enlace permanente
Vergonzoso
Que se preocupen de cosas importantes. Y que cada quien opere como considere según su formación
Y si hicieran algo ilegal se les denuncie y se les juzgue pero de ahí a tener control de quien cuando y porque.
Más nos valdría controlar toda la corrupción actual existente
Esa es mi opinión!
Enviado por PHG el Sáb, 09/05/2026 - 19:13 Enlace permanente
No a la lista de objetores de conciencia
Independientemente del aspecto religioso, dado el odio a los católicos que tiene el señor Presidente, los médicos han hecho un juramento por el que su función es salvar vidas, nunca destruirlas. Además, está la libertad que se supone que debe tener el ciudadano y señalar en una lista a los que se acogen a esa libertad, es inconcebible en una democracia..
Enviado por María Luisa el Sáb, 09/05/2026 - 19:16 Enlace permanente
Registro de objetores de conciencia
Me opongo radicalmente al Registro de los objetores de conciencia. Los médicos salvaguardan vidas. En todo caso, debería hacerse una lista de los médicos que deciden no hacerlo, para que no nos engañemos y pretendan convencernos de abortar o de practicar eutanasia o cualquier otra aberración injustificable.
Aunque en ambos casos se trataría de una intromisión inaceptable contra la intimidad y los derechos individuales de la persona a su privacidad.y signo de que el Estado se inmiscuye en lo que es el ámbito privado. Estaríamos ante un Estado totalitario.
Enviado por Antonio 26 el Sáb, 09/05/2026 - 19:23 Enlace permanente
Registro de objetores de conciencia
Considero un atentado a la libertad de conciencia, la elaboración de una lista de médicos objetores de conciencia para la realización de abortos. Estoy absolutamente en contra.
Enviado por DavidMC el Sáb, 09/05/2026 - 19:50 Enlace permanente
Contra el registro de objetores de conciencia
Desde mi punto de vista, considero que un registro obligatorio de profesionales sanitarios que ejercen su derecho a la objeción de conciencia no sería la medida más adecuada. Sin embargo, podría valorarse positivamente la creación de un directorio voluntario de facultativos dispuestos a llevar a cabo interrupciones del embarazo dentro del marco legal actual.
Enviado por Javier Perez el Sáb, 09/05/2026 - 20:21 Enlace permanente
Leyes contrarias a la naturaleza
Cuanto más se alejan las leyes del Derecho Natural, más se alejan del sentido común y del equilibrio que nos ha hecho prosperar de verdad como sociedad. Eso lo saben la mayoría de los médicos, quienes en general consideran que se han preparado para salvar vidas y aliviar sufrimientos ante todo, teniendo todo el derecho a no colaborar con una tendencia que ha cercenado más vidas en 50 años que todas las guerras de la Historia, vidas que en general tienen una alternativa de acogimiento.
Enviado por Jaime F el Sáb, 09/05/2026 - 20:36 Enlace permanente
Contra el registro de objetores
Es inadmisible en una democracia un registro de objetores de conciencia o cualquier otro registro de personas que vayan en contra del intento del gobierno de imponer algo contra las creencias de otros.
Enviado por Jose Manuel RC el Sáb, 09/05/2026 - 21:37 Enlace permanente
Total oposición al registro de objetores
Estoy completamente en contra de este registro de objetores, que no es sino el primer pasado hacia un estado totalitario donde se controle y castigue a quienes discrepen. Esta medida busca claramente penalizar a los objetores, señalarles y ponerles en la diana con el último objetivo de imponer una determinada ideología y creencia. La objeción de conciencia es uno de los grandes logros de la democracia y de la lucha por ella, y ahora quienes tanto se las dan de defenderla, muestran su verdadero rostro, buscando coaccionar para acabar con ella cuando les conviene, cuando su ideología así lo dicta
Enviado por Maria Isabel C el Sáb, 09/05/2026 - 21:50 Enlace permanente
En contra del registro de objetores
Estoy completamente en contra de crear una lista que será utilizada para penalizar a los médicos que ejerzan su libertad de conciencia. Hay límites que no se pueden pasar. La creación de estas listas en manos de un gobierno contrario a las personas que aparecerán en ellas, que busca acabar con ellas y su forma de pensar, llevará a que actuen contra ellos, no cabe ninguna duda.
Enviado por Witeric Gualdo el Sáb, 09/05/2026 - 22:41 Enlace permanente
Registro de Personas Objetoras de Conciencia
Doy mi total apoyo al derecho de objeción de conciencia en el caso de médicos que se niegan a practicar abortos. NO se puede crear una lista "negra" de objetores, pues supondría una indefensión legal y fácilmente podría ser utilizada para discriminarlos.
Enviado por Cris GS el Dom, 10/05/2026 - 00:43 Enlace permanente
NO al registro de objetores de conciencia
Me opongo a la creación de un registro de Médicos/profesionales sanitarios objetores de conciencia puesto que ellos hicieron un juramento hipocrático que es una garantía para los pacientes en la que todos confiamos. Si como alega la comisión por el derecho al aborto en su punto 3º “protección del personal sanitario no objetor”, que quieren organizarse para practicar abortos, que creen en cambio un registro de médicos dispuestos a practicarlos.
Enviado por MTGG el Dom, 10/05/2026 - 10:18 Enlace permanente
Persecución a los objetores del aborto
No estoy de acuerdo en que se persiga a quienes defienden la vida. ¿Estamos locos?
Dejemos a los médicos trabajar para que velen por nuestra salud.
Enviado por CLG el Dom, 10/05/2026 - 11:18 Enlace permanente
Elaboración de un registro de médicos objetores en la Com Madrid
En contra del registro de objetores.
Mi total apoyo a la asociación Profesionales por la ética en cuanto a su oposición al registro de profesionales sanitarios.
Me opongo firmemente a que se cree este registro de objetores, cuya única finalidad es señalar a quienes defienden la vida, especialmente los médicos, quienes en el Juramento Hipocrático se afirman en un compromiso ético solemne que asumen al graduarse para dedicar su vida al servicio de la Humanidad. Prometen priorizar la salud del paciente, respetar la confidencialidad, ejercer con dignidad y no hacer daño. La vida es un derecho; la muerte no lo es en absoluto, aunque se trate de una certeza para quienes han podido nacer.
Se pretende señalar a quienes defienden el principio fundamental de libertad de conciencia y a quienes defienden la Constitución como el marco regulatorio básico de convivencia que recoge, expresa y defiende la libertad de los ciudadanos por encima de las dictaduras y sesgos ideológicos cuyo objetivo es imponer leyes injustas.
Por todo ello, considero que la Comunidad de Madrid debe seguir defendiendo con firmeza la libertad de conciencia de los profesionales y recurrir la sentencia del TSJM hasta agotar todas las vías posibles.
Enviado por ADOLFO CORRALES CRESPO el Dom, 10/05/2026 - 12:03 Enlace permanente
Libertad de ejercicio profesional
Manifiesto mi oposición al Regsitro de Personas Objetoras de Conciencia.. Todo profesional, sanitario o no, del sector público o privado, ha de tener el derecho de no actuar en contra de su conciencia sin necesidad de registro alguno.
Enviado por JULIO GARBAJOSA BARCELO el Dom, 10/05/2026 - 12:34 Enlace permanente
La Declaración Universal de
La Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 establece, en su artículo 18, que toda persona tiene derecho a la libertad de conciencia, pensamiento y religión
Nuestra Constitución establece en el Artículo 10.2 las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades. El Artículo 16.1 establece una garantía que protege en España la libertad ideológica, religiosa y de culto.
El 05 de Julio de 1985 (bajo el gobierno de Felipe González) se aprueba la Ley Orgánica 9/1985 que modifica el Artículo 417 bis del Código Penal y se despenaliza el Aborto en 3 supuestos o situaciones:
- Riesgo grave para la Salud Física y Mental de la mujer embarazada (supuesto terapéutico).
- Violación (supuesto criminológico).
- Malformaciones o taras físicas o psíquicas en el Feto (supuesto eugenésico).
Previamente a la aprobación de esta ley, <u>el Tribunal Constitucional dictó la Sentencia 53/1985 de 11 de Abril en la que indicaba: " La objeción de conciencia forma parte del contenido del derecho fundamental de libertad ideológica y religiosa reconocido en el Artículo 16.1 de la CE y, como ha indicado este Tribunal en anteriores ocasiones, la Constitución es directamente aplicable, especialmente en Derechos fundamentales".
En el Año 2010 se aprobó la Ley Orgánica 2/2010 de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción voluntaria del Embarazo, en la que se reconoce el Aborto Libre hasta la semana 14 de Gestación y también se recoge, en un texto legal, la objeción de conciencia del personal sanitario a la práctica del aborto. El artículo 19,2 de dicho texto legal, indica, entre otras cosas,: "... reconoce que los profesionales sanitarios que estén directamente implicados en la ejecución del aborto tendrán el derecho de ejercer la objeción de conciencia..... El rechazo o la negativa a realizar la intervención de interrupción del embarazo por razones de conciencia es una decisión siempre individual del personal sanitario............"
Se han producido diversos recursos contra el registro de Objetores de Conciencia, porque la Ley 2/2010 no regula ningún procedimiento para manifestar la objeción de conciencia y, únicamente establece, que se hará anticipadamente y por escrito.
Los que más rechazo demuestran a la creación de registros en las Comunidades Autónomas son los colegios de médicos. La Organización Médica Colegial indica: "La Comunidad lo que tiene que hacer es preocuparse de qué profesionales tiene para cumplir cada Servicio, pero eso no tiene que ver nada ni con listados ni con registros."
Significa, pues, que, La Comunidad de Madrid debe oponerse frontalmente a la Creación de éste Registro puesto que no está fundamentado en ninguna Ley Constitucional (que hay muchos psicópatas que se la saltan, por supuesto) ni amparada por el Alto Tribunal ni, por supuesto, aparece regulada en la Declaración Universal de Derechos Humanos.
Mi oposición frontal a la Creación de éste Registro y, mucho menos, organizado por una Presidente Autocrático y una 'Menistra' inservible e irracional.
Enviado por Mariana el Dom, 10/05/2026 - 12:56 Enlace permanente
Registro de objetores de conciencia
Manifiesto y dejo constancia de mi desacuerdo a que se cree un registro de objetores de conciencia. Los médicos están en todo su derecho de defender la vida y de negarse a practicar un aborto sin ser señalados por ello.
Enviado por CAFGA el Dom, 10/05/2026 - 13:08 Enlace permanente
Medicos objetores de conciencia practica del Aborto
Estoy totalmente en desacuerdo con esta lis ta de Medicos Objetores de Conciencia. Va a ser usada por el Gobierno del PSOE para discriminar a estos profesionales que objeten, y tambien para amedrentarlos en lo concerniente a su futuro.
Seria preferible que se apuntasen los Medicos que estan a favor de practicar el aborto. De el resto no se puede suponer nada.
Enviado por RGLL el Dom, 10/05/2026 - 13:49 Enlace permanente
OPOSICION AL REGISTRO DE OBJETORES DE CONCIENCIA AL ABORTO
Mi total oposición
Enviado por MONTSERRAT MARTÍN-MOYANO RODRÍGUEZ el Dom, 10/05/2026 - 15:44 Enlace permanente
En contra de la creación de registro de objetores de conciencia
Deseo manifestar mi total adhesión a las alegaciones presentadas por la asociación 'Profesionales por la Ética' en relación con el Registro de Objetores de Conciencia.
Considero que la creación de este registro centralizado no responde a una necesidad organizativa real, sino que se convierte en una herramienta de fiscalización de las convicciones íntimas del personal sanitario. Como bien se señala, la gestión de los servicios puede y debe realizarse de forma local sin vulnerar el derecho a la intimidad y a la libertad de conciencia (Art. 16 y 18 CE).
Resulta especialmente preocupante que la normativa ya prevea exclusiones profesionales (como en el caso de los Comités Clínicos) para quienes ejerzan su derecho a la objeción, lo cual confirma que estos registros facilitan una discriminación directa. Por todo ello, apoyo la solicitud de que se proteja la libertad de los profesionales y se evite cualquier medida que pueda derivar en listas de carácter ideológico."
Enviado por Noelia Curti el Dom, 10/05/2026 - 20:09 Enlace permanente
Apoyo
Deseo manifestar mi total adhesión a las alegaciones presentadas por la asociación 'Profesionales por la Ética' en relación con el Registro de Objetores de Conciencia.
Ningún médico debe ser señalado por practicar un asesinato.
Enviado por jrgalvan el Dom, 10/05/2026 - 20:42 Enlace permanente
Registro de objetores de conciencia
La mayoría de los médicos, en Madrid y España, defienden la vida y ahora se enfrentan a esta medida injusta que los persigue por defender la vida y su juramento hipocrático. Este tipo de registros es de regímenes dictatoriales para perseguir e los que no comulgan con las ideas del "dictador" de turno.
Enviado por KAISER el Dom, 10/05/2026 - 20:59 Enlace permanente
en contra
No se debería de dejar de hacer eso por parte del gobierno central, hay que apoyar al personal sanitario que ya hacen una labor salvando vidas es meritorio
Enviado por María Josefa Rodríguez Gómez el Dom, 10/05/2026 - 22:59 Enlace permanente
El registro es contrario a derecho atenta contra la Constitución
El registro obligatorio de objetores de conciencia en el ámbito del aborto colisiona con el derecho a la libertad de conciencia protegido internacionalmente (Art. 18). Exigir a los médicos que visibilicen su objeción contraviene su derecho a la intimidad ideológica y a no revelar sus convicciones. Esto supone, de facto, una violación del artículo 30, ya que el Estado utiliza la burocracia para suprimir la libertad de conciencia de los médicos, una actividad prohibida por la propia Declaración. En definitiva, el registro no solo es contrario a derecho, sino que es una herramienta de coerción estatal.
Enviado por Maria del Carmen Gordo el Dom, 10/05/2026 - 23:15 Enlace permanente
Registro de personas Objetoras de conciencia Art. 19.ter
Mi apoyo al Documento de la Asociación de Profesionales por la Ética. El Registro de médicos objetores es un absoluto disparate,
Enviado por Eduardo3366 el Lun, 11/05/2026 - 00:05 Enlace permanente
Lista de medicos objetores aborto
La única información que necesita el usuario es la de los medicos que no objetan a realizar abortos.
La lista de objetores es un señalamiento político que vulnera los derechos más básicos de las personas.
Es una vergüenza y debe ser retirada y substituída en todo caso por la de médicos no objetores o que éstos asi lo indiquen en sus notas profesionales en redes si lo desean, ya que tampoco me parece que se les pueda obligar a declararlo.
Enviado por aremacham el Lun, 11/05/2026 - 08:17 Enlace permanente
Registro de objetores de conciencia
De acuerdo con las opiniones que se han manifestado en contra de ese registro. Debería establecerse un registro de los profesionales médicos que estarían de acuerdo con realizar abortos, y no al revés.
Enviado por Almudena Rubio el Lun, 11/05/2026 - 08:51 Enlace permanente
Totalmente en contra del registro de objetores de conciencia
De acuerdo en todo con la posición y los argumentos de la asociación Profesionales por la Ética.
La objeción de conciencia es un derecho constitucional que no puede ser limitado de ninguna manera
Enviado por MEL el Lun, 11/05/2026 - 09:47 Enlace permanente
Negativa al registro
Estoy totalmente en desacauerdo contra cualquier lista que recoja objetores de conciencia, la cual puede dar lugar a trato indiscriminado (como ya se confirma al no dejar participar en ciertos comités) y atenta a la libertad y privacidad. Por el juramento hipocratico que todo medico leemos en nuestra graduacion nos comprometemos a no atentar contra la vida de nadie incluso aunque el otro nos lo pidiera.
Dejo aqui constancia de mi negativa y rechazo a esta propuesta.
Enviado por Jesus Duran el Lun, 11/05/2026 - 09:53 Enlace permanente
Oposición al Registro de Objetores
Crear ese listado es un paso más hacía la perdida de libertad y nuestro derecho a decidir y luchar por la vida.
Enviado por Severiano González el Lun, 11/05/2026 - 10:42 Enlace permanente
Proyecto Registro Personas Objetores de Conciencia
ESTOY EN CONTRA DE LA CREACIÓN DE UN REGISTRO DE PERSONAS OBJETORES DE CONCIENCIA, por las siguientes razones:
1.- Con carácter general, en España, es anticonstitucional.
2.- Con carácter particular para los médicos y sanitarios, es contrario a su condición de cuidadores, procuradores y defensores de la vida en todos sus términos y por tanto desde el momento que obtuvieron sus títulos profesionales son sujetos objetores para poder realizar cualquier intervención directa, por acción u omisión, encaminada a acabar con una vida humana.
3.- De pretender tener un registro de personas autorizadas para procurar la muerte de un ser humano indefenso en el seno materno, debería procederse a abrir un registro para que se anoten las personas que estén dispuestas a realizar estas acciones y que en el caso de que se trate de médicos o enfermeras titulados queden inmediatamente y de por vida limitados a este único trabajo no pudiendo nunca más ejercer tales profesiones para el resto de actividades sanitarias. Para el resto de personas que se quisieran anotar sea cual sea su profesión anterior (ingenieros, psicólogos, mecánicos, administrativos, carniceros, etc.) deberá establecerse un curso de formación previo para que tengan los conocimientos básicos de como acabar con la vida de un ser humano dentro del seno materno, sin poner en riesgo o perjudicar excesivamente la vida de la madre.
4.- Finalmente si finalmente se conformase el Registro mencionado de la personas que sí estén dispuestas a realizar acciones para acabar con la vida humana en el seno materno, la Comunidad de Madrid debe de habilitar un Registro de Lucha por la Vida, de personas del sector público de salud que estén dispuestas a ayudar a las mujeres embarazadas para facilitarles toda la información y apoyo institucional que necesiten para llevar a buen término su embarazo; debiendo disponer que en cada Centro de Salud esté disponible al menos una de las personas que se hayan anotado a este Registro y obligando a que todas las mujeres embarazadas, después de que su médico detecte su embarazo, obligatoriamente deban de visitar a uno de estos profesionales que se hayan anotado al Registro de Lucha por la Vida.
Enviado por juan garcia blanch el Lun, 11/05/2026 - 10:45 Enlace permanente
Registro objetores conciencia articulo 19ter ley organica 22010-
Lo legalicen o no, el aborto es matar un ser vivo. Un ser humano vivo. El pretendido derecho a "Es mi cuerpo, yo decido" es mentira porque no es su cuerpo. Es el cuerpo de otra persona, aún no maduro, aún no nacido, pero ya con toda la potencialidad a la que dará lugar su desarrollo si no se lo impiden, y al que desde luego no consultan si quiere que le impidan desarrollarse y vivir o no. Este registro es un intento de descalificación profesional por razón de conciencia que debe evitarse a toda costa. SUGERENCIA: ¿Porqué no hacen en su lugar un registro de los médicos y profesionales de la medicina que SI están dispuestos a practicar abortos?
Enviado por eyguillermo el Lun, 11/05/2026 - 12:06 Enlace permanente
Registro de médicos objetores de conciencia
Estoy completamente en contra del registro de médicos objetores de conciencia.
Enviado por CarmenT. el Lun, 11/05/2026 - 17:59 Enlace permanente
Registro de médicos objetores de conciencia
Me parece totalmente anticonstitucional y del todo dictatorial que se pretenda pro parte del gobierno de la nación crear un Registro de objetores de conciencia para la práctica del aborto. Los médicos tienen la misma libertad que los demás y no tienen porqué aparecer en ningún registro manifestando su oposición a una práctica que por otro lado, va en contra del juramento hipocrático.
Me parece una postura dictatorial, anticonstitucional y liberticida.
Enviado por AlbertoC6F14 el Lun, 11/05/2026 - 20:29 Enlace permanente
Oposicion al Registro Personas Objetoras Conciencia al aborto
Oposicion al Registro de Personas Objetoras de Conciencia, al que se refiere el artículo 19.ter de la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo
Suscribo lo expresado por la asociación "Profesionales por la Ética", trasladando las siguientes alegaciones en relación con el Registro de Objetores de conciencia:
1. El Registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia es, en sí mismo, un atentado a la libertad de conciencia reconocido en el Art. 16 de nuestra Constitución, al obligar a declarar sobre las profundas convicciones de la conciencia y pone claramente en riesgo el derecho al honor, a la intimidad personal y a la propia imagen recogidos en el Art. 18 de la misma.
2. La información sensible sobre las propias creencias que se va a almacenar en un registro pone en situación de vulnerabilidad a los profesionales y puede ser utilizada contra ellos, facilitando discriminación y represalias en el ámbito profesional. De hecho, como primer ejemplo de discriminación, y antes de tratar en el art. 19 la objeción de conciencia, el art. 16.1 de la Ley 1/2023 impide que puedan ser miembros del Comité Clínico a que se refiere quienes formen o hayan formado parte del Registro de objetores en los últimos tres años.
3. Se dice que “a efectos organizativos y para una adecuada gestión de la prestación, se creará en cada comunidad autónoma un registro de personas profesionales sanitarias que decidan objetar por motivos de conciencia respecto de la intervención directa en la práctica de la IVE”.
Para cumplir este objetivo, el espacio idóneo para tratar las objeciones de conciencia, comunicadas personalmente por los profesionales a sus jefes de servicio, es el propio centro sanitario donde los “servicios” se tienen que gestionar. No es necesario incluir en un registro único a todos los profesionales objetores de conciencia.
4. En todo caso, si se trata de organizar los recursos y los “servicios”, quienes debería constar en los registros son las personas dispuestas a practicar abortos y ellas deberían ser las que se registraran al efecto.
5. Consideramos que la Comunidad de Madrid debe seguir defendiendo con firmeza la libertad de conciencia de los profesionales y recurrir la sentencia del TSJM hasta donde sea necesario.
Enviado por Miguel1492 el Lun, 11/05/2026 - 22:22 Enlace permanente
Es una medida anticonstitucional
Me parece una vergüenza que estas cosas pasen en España y mucho menos en esta Autonomía. Un atentado a la libertad de conciencia.
Enviado por Nacho el Mar, 12/05/2026 - 18:51 Enlace permanente
Me opongo al registro de objetores
Si el objeto del registro es meramente organizativo, como aseguran sus defensores, sería más directo y eficaz un registro de profesionales dispuestos a practicar abortos.
Pero dudo que el objeto sea solamente ese.
Un saludo,
Nacho
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