Anteproyecto de Ley de Enseñanzas Superiores, Universidades y Ciencia de la Comunidad de Madrid.

Desde 2021, se viene produciendo un cambio sustancial en el marco jurídico universitario; por una parte, la entrada en vigor del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, y del Real Decreto 640/2021, de 27 de julio, de creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios, y acreditación institucional de centros universitarios. Por otra, la aprobación de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, legislación básica del Estado en la materia que al igual que los precitados reales decretos, contiene numerosas remisiones a su ulterior desarrollo por parte de las comunidades autónomas.

Asimismo, el tiempo transcurrido desde la entrada en vigor de la Ley 5/1998, de 7 de mayo, de Fomento de la Investigación Científica y la Innovación Tecnológica, y la aprobación por parte del Estado de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, han puesto de manifiesto la necesidad de actualizar la normativa en materia de investigación e innovación tecnológica de la Comunidad de Madrid, estableciendo un marco jurídico más moderno y adecuado.

La aprobación de una ley ofrece una oportunidad nueva para establecer una regulación específica que tenga en cuenta las singularidades propias de las universidades de la Comunidad de Madrid, y que dé respuesta a los importantes desafíos a los que se enfrenta.

Igualmente, resulta prioritario establecer un marco jurídico completo y actualizado en materia de investigación e innovación tecnológica, que permita a la Comunidad de Madrid consolidarse como un polo de referencia en materia de investigación e innovación tecnológica.

La regulación de ambos ámbitos sectores se aborda de forma conjunta en una única ley, teniendo en cuenta la estrecha relación entre universidades y ciencia.

Plazo para formular alegaciones: 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la documentación en el Portal de Participación (del 10 al 30 de septiembre, ambos inclusive).