Proyecto de Orden por la que se regula los requisitos de utilización de áridos reciclados procedentes de operaciones de valorización de residuos de construcción y demolición en la Comunidad de Madrid.
Los residuos de construcción y demolición (RCD) son uno de los tipos de residuos que más se generan. La elaboración de esta Orden resulta necesaria para resolver la falta de regulación en el ámbito de la utilización de los áridos reciclados procedentes de operaciones de valorización de residuos de construcción y demolición (RCD), detallando las diversas categorías y sus usos en función de las mismas, coadyuvando así en la transición hacia una economía más circular y sostenible.
La norma persigue favorecer el desarrollo económico sostenible, además de la protección, conservación y disfrute del medio ambiente del territorio de la Comunidad de Madrid, minimizando la generación de residuos y maximizando el uso racional de los recursos productivos, además de fomentar el empleo y mejorar la calidad de vida de los ciudadanos.
Plazo de alegaciones: 15 días hábiles a partir de la publicación de la consulta en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid (desde el 18 de noviembre de 2022 al 12 de diciembre de 2022).
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Enviado por AGESMA el Jue, 08/12/2022 - 10:41 Enlace permanente
CONSULTA PÚBLICA PROYECTO DE ORDEN PARA UTILIZACIÓN ÁRIDOS RECIC
Desde AGESMA, asociación de empresas gestoras de residuos de la construcción y demolición de la Comunidad de Madrid se considera que el Proyecto de Orden que se somete a consulta pública no sólo es adecuado, sino sumamente necesario, compartiendo todo lo expuesto en el documento de consulta pública por la Dirección General de Economía Circular de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid.
Consideramos importante destacar que desde la asociación se ha elaborado el Reglamento de certificación de producto para áridos reciclados que complementa la norma UNE 13242:2003+A1:2008, Áridos para capas granulares y capas tratadas con conglomerantes hidráulicos para uso en capas estructurales de firmes para aquellos áridos reciclados no contemplados en ésta. Este reglamento cuenta con un catálogo de definición de áridos reciclados consensuado entre las asociaciones regionales de diversas comunidades autónomas entre las que se encuentran, además de Madrid, Andalucía y Galicia. Es por ello que se propone mantener la nomenclatura básica establecida en el citado Reglamento, así como contar con el mismo de cara a poder considerar el control de producción en fábrica, declaración de conformidad de productos y, en definitiva, la garantía de fabricación en la comercialización de los áridos reciclados.
Se considera fundamental, además, la participación de la asociación AGESMA, con objeto de poder incorporar su conocimiento, experiencia y trasladar el estado del arte existente en las numerosas investigaciones desarrolladas.
Es un hecho evidente y conocido que los áridos reciclados cuentan con particularidades que hacen que su uso deba ser regulado de forma específica e independiente al de los áridos naturales, partiendo de las necesidades técnicas de la obra. Aunque el uso de los áridos reciclados se encuentra contrastado con garantías de buen comportamiento técnico y medioambiental, no puede obviarse que sus propiedades básicas vienen determinadas por su composición: hormigón, material cerámico y aglomerado asfáltico, cuyos componentes básicos son, a su vez, conocidos.
En otro caso, de no tenerse en cuenta lo expuesto, podría redactarse una orden que hiciera inviable el fin de la misma: el uso de los áridos reciclados.
Del mismo modo, creemos fundamental que el desarrollo de esta orden conlleve un aumento en el incentivo de la compra pública verde por parte de la administración, fomentando el empleo de los áridos reciclados de residuos de la construcción y demolición en las licitaciones.
En relación con la necesidad de separación de residuos en obra citada se comparte ésta. Es fundamental realizar la segregación de residuos en el origen, especialmente en las obras menores y de reparación domiciliaria, donde es menos habitual, tal como se establece en el artículo 30 de la Ley 7/2022 de Residuos y Suelos Contaminados para un Economía Circular. En la actualidad, la mezcla del residuo en obra hace que su valorización sea, en gran número de ocasiones, sumamente difícil e incluso inviable.
Quedando a su disposición le saluda atentamente
Enviado por Consorcio proyecto VALREC el Lun, 12/12/2022 - 20:32 Enlace permanente
Sobre la Orden para regular el uso de RCDs valorizados en la CAM
El Consorcio del proyecto VALREC, adjudicatario en la convocatoria HUB Innovación CAM 2021 y formado por las empresas SURGE AMBIENTAL S.L., VALORIZA SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES S.A., ADCORE DESARROLLO Y COMUNICACIÓN S.L., KOLOKIUM BLOCKCHAIN TECHNOLOGIES S.L., ALLGAIER MOGENSEN S.L.U., SODIRA IBERIA S.L., SIKA S.A.U., HORMICRUZ S.L., y GREEN BUILDING COUNCIL ESPAÑA (GBCe), acoge muy positivamente el anuncio de la Dirección General de Economía Circular de la CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA de la C.A.M sobre la elaboración de una Orden para regular la utilización de los áridos reciclados procedentes de operaciones de valorización de residuos de construcción y demolición (RCD), que pueda favorecer la transición hacia una economía más circular y sostenible.
En relación con la problemática que esta Orden pretende solucionar, queremos manifestar que:
Por último, el Consorcio del proyecto VALREC aprovecha la presente consulta para poner sus capacidades a disposición de la Dirección General de Economía Circular, a fin de colaborar en el desarrollo de esta Orden, en la forma y medida en que se estime más oportuno.
Quedando a su disposición, le saluda cordialmente,
El Consorcio VALREC.
Enviado por Alejandro López Vidal el Mié, 12/04/2023 - 11:18 Enlace permanente
Consideración de los residuos de hormigón en la fabricación
Esta orden está destinada al empleo de los residuos de construcción y demolición, pero desde la Asociación Nacional de la Industria del Prefabricado de Hormigón (ANDECE) consideramos que debería también hacerse una referencia a la posibilidad de aprovechar los posibles residuos generados en la fabricación de los elementos prefabricados de hormigón. Si bien la fabricación industrial implica una serie de ventajas frente a la ejecución en obra en cuanto a reducción de residuos (procesos más controlados), debe destacarse también que dichos residuos (según datos de nuestras declaraciones ambientales de producto, estarían en torno al 2% del total de la producción) se trata de restos de mayor pureza (hormigón y/o acero) con lo que se avienen mejor a su gestión y cumplimiento de los requisitos del Código Estructural (mínimo 95% de pureza, según su Art. 30.8) y además no implican transporte por lo general para su tratamiento, pudiendo ser reciclados directamente en la planta por lo que se eliminan los impactos ambientales ligados a su traslado. Por tanto, bajo estas premisas, proponemos que dichos áridos reciclados procedentes de residuos de fabricación de elementos prefabricados de hormigón, queden también considerados en dicha orden. Véase como documentación adicional la guía de economía circular desarrollada por ANDECE (Capítulo 5: https://www.andece.org/wp-content/uploads/2021/12/Guia-Tecnica-elementos...)