Creación del Registro de Asociaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, de Gobierno, y de acuerdo con lo dispuesto en el Acuerdo de 31 de octubre de 2016, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen instrucciones generales para la aplicación del procedimiento de iniciativa legislativa y de la potestad reglamentaria previsto en la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se somete a trámite de audiencia e información pública el proyecto de Decreto por el que se crea el Registro de Asociaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos de la Comunidad de Madrid y se regula su organización y funcionamiento, a fin de que se puedan presentar las alegaciones y aportaciones que se estimen pertinentes en el plazo de 15 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la Resolución que se adjunta en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid.
Las alegaciones u observaciones deben dirigirse a emprenderse@madrid.org, y en caso de recibir observaciones en formato papel, deben dirigirse a Vía Lusitana 21, 5º Planta, a la atención de D. Pablo García-Valdecasas, Jefe de la Unidad de Autónomos, Economía Social y RSE.
Plazo de alegaciones: 15 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la Resolución en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid