Enviado por CERMI Comunidad de Madrid el Vie, 10/01/2020 - 12:52 Enlace permanente
Participación consulta pública Ley de Accesibilildad C. Madrid
PARTICIPACIÓN CERMI COMUNIDAD DE MADRID EN LA CONSULTA PUBLICA SOBRE UN PROYECTO DE LEY POR EL QUE SE MODIFICA LA LEY 8/1993, DE 22 DE JUNIO, DE PROMOCIÓN DE LA ACCESIBILIDAD Y SUPRESIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD DE MADRID
CERMI Comunidad de Madrid como entidad consolidada, representante e interlocutora de las personas con discapacidad madrileñas, que lidera la defensa de sus derechos y el impulso a la innovación social en materia de discapacidad, como herramienta para la transformación y, teniendo siempre como objetivo, la plena inclusión en la comunidad, realiza la siguientes aportaciones de conformidad con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno y el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
1.Los problemas que se pretenden solucionar con la nueva norma
Acomodar la normativa a las nuevas realidades de accesibilidad. La norma actual se generó en un momento en que modelo predominante era el médico rehabilitador, hoy ya superado normativamente; por lo que es necesaria su transformación.
Que se genere una regulación que contenga compromisos claros para el verdadero cumplimiento de la accesibilidad, situación que este momento no está suficientemente garantizada.
2.La necesidad y oportunidad de su aprobación
Es necesaria una nueva visión de la accesibilidad y por tanto la modificación de esa normativa puede ser oportuna, aunque debe acomodarse y cohonestarse con lo que propugna CERMI Comunidad de Madrid: una futura, que pueda aprobarse en esta legislatura, ley de garantía de derechos, no discriminación, accesibilidad universal e inclusión social de las personas con discapacidad.
3.Los objetivos de la norma
Proporcionar un nuevo marco regulatorio que se acomode al modelo social de derechos humanos recogido en la normativa internacional y estatal: concretamente en la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad de la ONU y en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
- Convertir la accesibilidad en un eje transversal garantizador de los derechos de la personas con discapacidad, en todos los ámbitos competenciales de la Comunidad de Madrid.
- Garantizar el cumplimiento de las condiciones de accesibilidad, con un régimen sancionador coherente y homogéneo que involucre a todas las administraciones.
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