Consulta pública sobre la modificación de la Ley de Promoción de la Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas.
Es reconocido que el concepto de accesibilidad está en constante evolución y que determina la interacción entre las personas con discapacidad y su entorno, por lo que las Administraciones Públicas deben garantizar su participación plena y efectiva en la sociedad en igualdad de condiciones que los demás. De ahí la importancia de los principios y directrices de política que figuran en el Programa de acción mundial sobre las personas con discapacidad y en las Reglas estándar para la igualdad de oportunidades que permitan influir en la promoción, formulación y evaluación de las políticas, planes, programas y acciones tendentes a igualar aún más las oportunidades para las personas con discapacidad.
Por ello, es necesario revisar la citada Ley, de conformidad con los principios consagrados en la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, en relación con la accesibilidad (Resolución de la Asamblea General A/RES/61/106) y en consonancia con el modelo de la discapacidad basado en los derechos humanos.
Con este motivo y habiendo transcurrido más de veinticinco años desde la promulgación de la Ley de Promoción de la Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas, sin poner en cuestión su vigencia, se considera necesario modificar dicha norma legal para que sirva de renovado impulso a las políticas que garantizan la igualdad de derechos de las personas con discapacidad.
El ciudadano que desee formular aportaciones a este proyecto puede hacerlo a través del Portal de Participación durante los quince días siguientes a la publicación en el Portal de Transparencia (del 28 de diciembre de 2019 al 11 de enero de 2020, ambos inclusive).
Fecha de normativa: 15 de noviembre de 2019
Comentarios
Enviado por CERMI Comunidad de Madrid el Vie, 10/01/2020 - 12:52 Enlace permanente
Participación consulta pública Ley de Accesibilildad C. Madrid
PARTICIPACIÓN CERMI COMUNIDAD DE MADRID EN LA CONSULTA PUBLICA SOBRE UN PROYECTO DE LEY POR EL QUE SE MODIFICA LA LEY 8/1993, DE 22 DE JUNIO, DE PROMOCIÓN DE LA ACCESIBILIDAD Y SUPRESIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD DE MADRID
CERMI Comunidad de Madrid como entidad consolidada, representante e interlocutora de las personas con discapacidad madrileñas, que lidera la defensa de sus derechos y el impulso a la innovación social en materia de discapacidad, como herramienta para la transformación y, teniendo siempre como objetivo, la plena inclusión en la comunidad, realiza la siguientes aportaciones de conformidad con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno y el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
1.Los problemas que se pretenden solucionar con la nueva norma
Acomodar la normativa a las nuevas realidades de accesibilidad. La norma actual se generó en un momento en que modelo predominante era el médico rehabilitador, hoy ya superado normativamente; por lo que es necesaria su transformación.
Que se genere una regulación que contenga compromisos claros para el verdadero cumplimiento de la accesibilidad, situación que este momento no está suficientemente garantizada.
2.La necesidad y oportunidad de su aprobación
Es necesaria una nueva visión de la accesibilidad y por tanto la modificación de esa normativa puede ser oportuna, aunque debe acomodarse y cohonestarse con lo que propugna CERMI Comunidad de Madrid: una futura, que pueda aprobarse en esta legislatura, ley de garantía de derechos, no discriminación, accesibilidad universal e inclusión social de las personas con discapacidad.
3.Los objetivos de la norma
Proporcionar un nuevo marco regulatorio que se acomode al modelo social de derechos humanos recogido en la normativa internacional y estatal: concretamente en la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad de la ONU y en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
Enviado por Hostelería Madrid el Vie, 10/01/2020 - 14:48 Enlace permanente
Participación Consulta Pública Accesibilidad
Hostelería Madrid es la asociación empresarial más representativa del sector de hostelería en la Comunidad de Madrid, que promueve el desarrollo de las actividades de restauración, su promoción y la defensa de los intereses de las empresas de hostelería madrileñas para el fomentar el mejor servicio a los ciudadanos y el progreso de las actividades en nuestra región.
Con absoluto respeto a los objetivos y la finalidad de la normativa que promueve la accesibilidad a discapacitados en los edificios públicos y la defensa de la obligación de accesibilidad en los locales de pública concurrencia de la actividad privada empresarial de servicio a los ciudadanos, tenemos que indicar las especiales dificultades que para muchas actividades en su mayoría pymes de cualquier sector económico, pero particularmente de la hostelería, les viene generando e imposibilitando el cumplimiento de la actual normativa de accesibilidad para adaptar sus locales a la misma. Estas dificultades de adaptación que son plenamente exigibles, van a producir el cierre de muchos pequeños negocios en cuanto estos tramiten ante los municipios cualquier modificación de las licencia de sus locales. Se trata de un problema para la continuidad de muchas pymes, de sus trabajadores y los autónomos afectados.
Destacar también que dicha situación también la viven como un problema muchas actividades que independientemente de su capacidad se encuentran en los cascos históricos de nuestras ciudades, o que desarrollan actividades artísticas o culturales cuyos locales se encuentran protegidos por protecciones de patrimonio histórico.
A todas estas actividades habría que buscarles una solución a través de excepciones justificadas por su imposibilidad de adaptación previstas en la propia Ley o buscar fórmulas que permitan su continuidad, vías que han utilizado muchos municipios hasta ahora para mantener los permisos urbanísticos, ya que el incumplimiento de la normativa de accesibilidad esta llevando a la denegación por los Ayuntamientos de las licencias de los locales y por lo tanto al cierre de las actividades.
Por ello proponemos la inclusión de la siguiente excepción:
“En atención a las específicas características de locales pequeños de cualquier tipo de actividad económica por su imposibilidad de adaptarse a las condiciones de accesibilidad o el que al hacerlo tengan pérdida de competitividad o del empleo y puedan afectar a la viabilidad económica de los establecimientos, principalmente por tener que adaptar las instalaciones incorporando rampas de acceso o baños de minusválidos, solicitamos que en la nueva reforma de la ley de accesibilidad de la Comunidad de Madrid se incluya la excepcionalidad de la no exigencia de adaptación a discapacitados para locales con 100 m2 o menos útiles al público. Asimismo, entendemos necesario ampliar esta excepción a aquellas actividades en las que resulte imposible o muy difícil esta adaptación por las especiales características estructurales del inmueble donde se ubican, las situadas en entornos de los cascos históricos o por la protección especial de su actividad cultural o artística que desarrollan. ”.
Enviado por AMPA Asunción Rincón el Vie, 10/01/2020 - 22:42 Enlace permanente
Participación en la Consulta Pública sobre Ley de Accesibilidad
Aportación a la Consulta Pública sobre la modificación de la Ley de Promoción de la Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas de la Asociación de Madres y Padres del Centro de Educación Infantil y Primaria Asunción Rincón
Como representantes de las familias de alumnos de un centro educativo de titularidad pública, creemos que la modificación de la actual Ley de Promoción de la Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas debería abordar los graves problemas de accesibilidad existentes en numerosos edificios que acogen centros educativos en la Comunidad de Madrid y, de manera especialmente urgente, los que cuentan con alumnado con necesidades educativas especiales y discapacidades motoras o visuales. Colegios como el nuestro, en el que alumnos con diversas discapacidades y otros que por circunstancias se ven temporalmente obligados a desplazarse con muletas o silla de ruedas tienen que recorrer un centro en el que las aulas están repartidas en cuatro alturas distintas a las que solo se puede acceder mediante escaleras.
El incumplimiento de la normativa de Accesibilidad conlleva la discriminación de este alumnado y viola su derecho a una educación en igualdad de condiciones, tal y como recoge el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre por el que las personas con discapacidad tienen derecho a una educación inclusiva, de calidad y gratuita, en igualdad de condiciones con las demás y que corresponde a las administraciones educativas asegurar un sistema educativo inclusivo en todos los niveles educativos.
Pero, además, la supresión de barreras es imprescindible para favorecer las condiciones de no discriminación entre toda la comunidad educativa (no solo alumnos sino profesores y especialistas, personal administrativo y de apoyo así como madres y padres de alumnos), por lo que solicitamos que la nueva ley persiga el cumplimiento real de los compromisos ya establecidos, una mayor dotación presupuestaria para poder abordar la mejoría de las infraestructuras de una manera efectiva, una mejoría en los plazos de actuación en las reclamaciones para la eliminación de barreras arquitectónicas y un órgano sancionador que garantice que las Administraciones cumplen la norma en materia de Accesibilidad de la misma forma en la que se le exige a otros colectivos.