Anteproyecto de Ley de Colegios Profesionales de la Comunidad De Madrid

Silueta grupo de profesionales
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Viernes, 26 Abril, 2024 - 12:09
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El régimen jurídico de los colegios profesionales madrileños se encuentra integrado, esencialmente, por la legislación básica del Estado, contenida en la Ley 2/1974, de 13 de febrero, de Colegios Profesionales, y por la normativa que, en desarrollo de la misma, dicte la Comunidad de Madrid, que se inició con la Ley 19/1997, de 11 de julio de Colegios Profesionales de la Comunidad de Madrid.

Dado el tiempo transcurrido desde la aprobación de la vigente ley madrileña, se ha puesto de manifiesto la necesidad de una nueva regulación, más completa y actual, que dé respuesta a las necesidades de la Administración corporativa, y resulte plenamente acorde a las prescripciones del Derecho Comunitario.

Así, se busca una regulación más precisa que tenga en consideración, tanto las últimas novedades de la normativa estatal básica, como la jurisprudencia.

Igualmente, se pretende adaptar el funcionamiento de los colegios profesionales a las necesidades actuales, especialmente al uso de las nuevas tecnologías, regulando la celebración de reuniones telemáticas, así como una mayor simplificación en las cargas y procedimientos, en lo relativo a la fusión, segregación y disolución y de colegios profesionales.

La adaptación a la normativa comunitaria conlleva, entre otros aspectos: una mayor protección de los consumidores y usuarios, que se contempla como uno de los fines esenciales de los colegios profesionales, al tiempo que se regula el servicio de atención a los colegiados y consumidores o usuarios; una mayor transparencia en la gestión; la ventanilla única, tanto para los consumidores y usuarios como para la realización de trámites por los colegiados; y el expreso reconocimiento del sometimiento a las normas de transposición de la Directiva 2006/123/CE, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior, a la legislación sobre defensa de la competencia y a la legislación sobre la competencia desleal.

Plazo para hacer aportaciones: del 29 de abril al 21 de mayo de 2024 (ambos inclusive)