Proyecto de Decreto, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento del Sistema Integrado de Protección Civil y Emergencias de la Comunidad de Madrid

La experiencia derivada de recientes emergencias ha puesto de manifiesto la necesidad de reforzar los mecanismos de prevención, respuesta y recuperación ante emergencias en la Comunidad de Madrid. La Ley 5/2023, de 22 de marzo, de Creación del Sistema Integrado de Protección Civil y Emergencias de la Comunidad de Madrid supone un hito en el ámbito de la protección civil al establecer un marco normativo que permite una gestión integral de las emergencias, asegura la coordinación entre administraciones y fomenta la colaboración de la sociedad civil.
Por ello, se somete a consulta pública previa el proyecto de Decreto, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento del Sistema Integrado de Protección Civil y Emergencias de la Comunidad de Madrid, por un plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la consulta en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid.


Comentarios
Enviado por KAISER el Dom, 10/05/2026 - 21:13 Enlace permanente
De acuerdo
Me parece bien que se refuerce y se haga la lay ya que yo soy voluntario en protección civil y mejorar la calidad de los servicios de emergencias y la coordinación entre administraciones es bueno.
Enviado por Adolfo Rodríguez el Lun, 25/05/2026 - 18:36 Enlace permanente
Educadores Sociales en Emergencias
APORTACIÓN AL TRÁMITE DE CONSULTA PÚBLICA PREVIA PARA LA ELABORACIÓN DEL REGLAMENTO DEL SISTEMA INTEGRADO DE PROTECCIÓN CIVIL Y EMERGENCIAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y Participación de la Comunidad de Madrid, y el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se presenta el siguiente documento de propuestas y alegaciones técnico-profesionales para su consideración en la redacción del futuro Proyecto de Decreto por el que se aprueba el Reglamento del Sistema Integrado de Protección Civil y Emergencias de la Comunidad de Madrid.
La presente aportación defiende la incorporación formal, regulada y protocolizada del Cuerpo de Profesionales de la Educación Social en Emergencias Sociales —coordinados a través del Colegio Oficial de Educadores y Educadoras Sociales— como agentes intervinientes clave dentro de la estructura operativa del sistema de protección civil autonómico.
1. Problemas que se pretenden solucionar con la nueva norma
Los modelos tradicionales de Protección Civil y gestión de emergencias han centrado históricamente sus esfuerzos (de forma totalmente justificada) en el impacto inmediato: el salvamento físico, el triaje sanitario, la extinción de incendios y la seguridad ciudadana. Sin embargo, las crisis complejas del siglo XXI (pandemias, emergencias climáticas como la DANA, grandes incendios de interfaz urbano-forestal o colapsos de infraestructuras) han demostrado que existe un vacío crítico en la gestión del "día después" y en la dimensión socioeducativa de la población afectada.
La falta de regulación de un cuerpo específico de Educación Social en el actual marco normativo de Madrid genera los siguientes problemas operativos de gravedad:
Desorganización y falta de enfoque socioeducativo en los recursos de acogida temporal: La gestión logística de pabellones, albergues provisionales o hoteles de emergencia suele delegarse en personal voluntario no cualificado o con perfiles exclusivamente asistenciales. Esto impide establecer dinámicas de convivencia seguras, provocando focos de alta tensión, conflictos de convivencia, hacinamiento mal gestionado y situaciones de desamparo psicológico y social a medio plazo.
Invisibilización de las necesidades de la infancia y la adolescencia en zonas de catástrofe: Ante una situación de emergencia, los menores pierden de golpe sus referentes comunitarios, habitacionales y escolares. La ausencia de un protocolo para desplegar de forma inmediata "espacios seguros de contención socioeducativa" (o emergencia educativa) cronifica el trauma infantil y sobrecarga a las familias en las labores de limpieza o reconstrucción.
Ineficacia en la detección temprana de vulnerabilidades: Las catástrofes no afectan a todos por igual. Las personas de edad avanzada, las personas con discapacidad, las familias monoparentales o las personas en riesgo de exclusión previa sufren un impacto asimétrico. Los servicios de rescate puros no disponen de las herramientas de diagnóstico social para detectar estas realidades de manera inmediata en el terreno, lo que retrasa semanas la llegada de ayuda específica.
Falta de un canal unificado de comunicación social: En situaciones de caos, la proliferación de bulos y la desinformación aumentan el pánico. El sistema actual carece de figuras de intervención comunitaria a pie de calle capaces de traducir las directrices técnicas del 112 a un lenguaje accesible, asertivo y adaptado a la diversidad cultural y social de cada barrio o municipio damnificado.
2. Necesidad y oportunidad de su aprobación
La apertura del trámite para el Reglamento del Sistema Integrado de Protección Civil y Emergencias de la Comunidad de Madrid constituye un escenario de oportunidad histórica para situar a la región a la vanguardia de la gestión de crisis multidimensionales.
Lecciones aprendidas de la DANA: La reciente experiencia en la gestión de la catástrofe de la DANA ha evidenciado que, una vez superada la fase aguda de rescate, la reconstrucción comunitaria es un proceso puramente social. El despliegue de más de 200 educadores sociales en la Comunitat Valenciana demostró que la estabilización de una población en shock requiere de profesionales de la intervención comunitaria en el terreno de manera inmediata.
Eficiencia de los servicios públicos: Integrar un cuerpo técnico ya existente y formado a través de sus colegios profesionales optimiza la respuesta de la Comunidad de Madrid. No se trata de crear una estructura desde cero, sino de regular e integrar operativamente un recurso humano altamente cualificado que actualmente queda fuera de la cadena de mando unificada en las fases críticas de la emergencia.
Garantía de Derechos en situaciones de Crisis: Los derechos fundamentales de la ciudadanía (especialmente los de la infancia y colectivos vulnerables) no se suspenden durante una catástrofe. El nuevo reglamento debe dotarse de los mecanismos técnicos para asegurar que la protección civil en Madrid no sea solo física y material, sino también social, digna y comunitaria.
3. Objetivos de la norma a incorporar
Se propone formalmente que el texto articulado del nuevo Reglamento del Sistema Integrado de Protección Civil y Emergencias contemple, como mínimo, las siguientes disposiciones y objetivos técnicos:
Reconocimiento explícito del Educador/a Social como Agente Interviniente: Incorporar en el catálogo de personal interviniente o de apoyo del Sistema Integrado de la Comunidad de Madrid a los profesionales titulados en Educación Social, integrando sus capacidades en el Plan Territorial de Protección Civil (PLATERCAM) u otros planes especiales.
Creación del Cuerpo de Emergencias Socioeducativas : Regular de forma estatutaria un cuerpo de intervención rápida especializado en emergencias sociales, bajo la coordinación técnica de la ASEM 112 y en convenio directo con el Colegio Oficial de Educadores y Educadoras Sociales de Madrid (CPEESM).
Protocolización de los Servicios Mínimos Socioeducativos en Crisis: Establecer por ley que todo Plan de Emergencia Municipal (PEMU) o plan de contingencia ante catástrofes que incluya la apertura de albergues provisionales o centros de evacuación, deba contar obligatoriamente con la presencia de educadores sociales para la dirección socioeducativa de los mismos.
Diseño del Protocolo de Emergencia Educativa e Infancia: Fijar un objetivo normativo que obligue a la activación de recursos socioeducativos de emergencia en un plazo máximo de 48 horas tras el impacto de una catástrofe, con el fin de garantizar la atención a menores fuera del horario o entorno escolar dañado.
Por todo lo expuesto, se solicita a la Dirección de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 que tenga por presentado este documento y que incluya los principios de la intervención socioeducativa en el proceso de redacción del reglamento normativo