Enviado por Rommy Arce el Lun, 30/09/2024 - 16:03 Enlace permanente
Anteproyecto de Ley de Enseñanzas Superiores
Solicitamos se recojan nuestras alegaciones ya que en el plazo establecido se señalaba claramente día 30 de septiembre inclusive.
A LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES, Viceconsejería de Universidades, Investigación y Ciencia.
A PROPÓSITO DE LA CONSULTA PÚBLICA DEL ANTEPROYECTO DE LEY DE ENSEÑANZAS SUPERIORES, UNIVERSIDADES Y CIENCIA DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
PLATAFORMA INTERUNIVERSITARIA CGT-MADRID /SECCIONES SINDICALES CGT-UAM, CGT-UCM, CGT-UC3M
1. Que con fecha de 9 de septiembre de 2024 se hizo pública la Resolución de esta Consejería por la que se abre la consulta pública previa a la tramitación del anteproyecto de ley de Enseñanzas Superiores, Universidades y Ciencia de la Comunidad de Madrid.
2. Que en tiempo y forma la PLATAFORMA INTERUNIVERSITARIA CGT-MADRID formula al respecto las siguientes
ALEGACIONES
PRIMERA. La Resolución del 9 de septiembre de 2024 precisa de la publicación del articulado y el contenido propio del anteproyecto de ley para permitir la consulta pública, en su caso, las alegaciones propias referidas al contenido del anteproyecto de ley.
SEGUNDA. Que tal omisión impide el debate público necesario y que aparece como preceptivo en el artículo 60.1 de la Ley de Transparencia. Si bien no obliga a publicar el total del articulado de la ley, parece evidente que sin las bases y las principales medidas que plantea la ley, no es posible abrir una ronda de aportaciones y una debida discusión pública referente al impacto de la ley en el conjunto del sistema universitario.
TERCERA. En línea con lo anterior, desde la plataforma interuniversitario CGT-MADRID exigimos la publicación del articulado, o, en su defecto, las líneas maestras que marcan las disposiciones normativas dispuestas en la ley para así permitir un debate público imprescindible en esta cuestión.
CUARTA. Exigimos que para la elaboración de este proyecto de Ley se cuente con la comunidad universitaria y no se pretenda legislar a sus espaldas, por ello consideramos que es imprescindible constituir una mesa de trabajo y negociación con todos los actores implicados empezando por la parte social.
QUINTA. No estamos de acuerdo con el marco que establece este proyecto de Ley en el que se establece un “espacio de educación superior” que comprende a centros superiores de enseñanzas artísticas, fundaciones hospitalarias, FP de grado superior, etc. Independientemente de su naturaleza pública o privada, se da a entender que estas instituciones no universitarias prestan un servicio público de educación superior. Más allá de la confusión que este marco genera, no podemos estar de acuerdo con que se derive a la gestión privada las obligaciones relativas a la educación superior.
SEXTA. Además, se solicita la aclaración urgente de un conjunto de disposiciones que han aparecido en el único documento que la CAM ha hecho público hasta ahora: un borrador de 8 páginas del anteproyecto de ley. Entre estas aclaraciones, se solicita que se establezca de forma precisa, de nuevo para poder formular alegaciones y permitir un debate público bien informado: (1) Las implicaciones, las conductas referidas en el nuevo régimen sancionador contemplado en la ley y (2) la definición de “prestación de servicio público universitario” y de qué modo las universidades privadas pueden garantizar el mismo.
SÉPTIMA. Además, esta alegación quiere señalar la necesidad de financiar al 100% las universidades públicas para no ahondar aún más en la infrafinanciación y la aguda crisis que viven, sufriendo especialmente sus consecuencias el conjunto de los trabajadores de las universidades. En el borrador hecho público se reduce la financiación a un 70% exigiendo la autofinanciación del resto por parte de las universidades públicas. Creemos que esta medida puede ser letal para la sostenibilidad del sistema universitario de la Comunidad de Madrid.
OCTAVA. Se debe abordar de forma integral la situación del sistema madrileño de universidades públicas recogiendo cuestiones urgentes como la necesidad de un plan integral de inversiones en infraestructuras y recursos materiales, la superación de la tasa de reposición y la recuperación de las plantillas docentes, investigadoras y de personal de administración y servicios, la precariedad de dichas plantillas y el abuso de determinadas figuras de contratación docente e investigadora, la necesidad de estabilización y promoción de las plantillas, el diseño y coordinación de mapa de titulaciones, la potenciación y desarrollo equilibrado de la docencia y la investigación, el gobierno de la universidad, la transferencia del conocimiento y la responsabilidad social de la universidad pública.
NOVENA. En último lugar, es necesario que la ley incorpore articulado para garantizar un sistema de becas y ayudas que hoy en día no garantiza el derecho a una educación pública universitaria de calidad debido a las altas tasas universitarias y precios públicos. Por ello, exigimos la reducción de las tasas y el incremento de las becas.
En Madrid, a 30 de septiembre de 2024.
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