Proyecto de Orden se aprueban bases reguladoras de subvenciones a entidades iniciativa social sin animo lucro para realización de proyectos inserción sociolaboral, para personas situación vulnerabilidad y exclusión social, cofinanciadas FSE PLUS 2021/2027
Se somete a consulta pública el proyecto de orden por el que se aprueban las bases reguladoras destinadas a la concesión de subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para acciones dirigidas a la realización de proyectos de inserción sociolaboral, a través de itinerarios destinados a la mejora de las condiciones personales, sociales y prelaborales necesarias para el acceso al empleo, de personas en riesgo o en situación de vulnerabilidad y exclusión social, cofinanciadas por el FSE PLUS 2021/2027 de la Comunidad de Madrid.
Durante el trámite de consulta pública, los ciudadanos y organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma, pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en la memoria resumen de la futura disposición normativa a través del Portal de Participación.
Plazo de alegaciones: 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid (del 23 del julio al 13 de agosto de 2024, ambos inclusive).
Comentarios
Enviado por ASOCIACION ROMI SERSENI el Mié, 24/07/2024 - 14:06 Enlace permanente
Aportaciones Romi Serseni
Habiendo leído la Memoria para Consulta Pública, resalto la intención de nuestra entidad de trabajar con todas aquellas personas en situación de vulnerabilidad que perciben IMV, RMI o no recibiendo prestación, están en situación de vulnerabilidad para fomentar su inclusión social y laboral, dado respuesta al objetivo prioritario de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.
A través del trabajo de las entidades del tercer sector se elabrorarán itinerarios personalizados de inserción para fomentar sus habilidades personales a través de la formación para el empleo, teniendo en cuenta la perspectiva de género.
Desde nuestra experiencia hemos podido observar un empoderamiento pro parte de las personas con las que hemso trabajado un itinerario de inserción sociolaboral, desde la recepción, hasta la formación y el acceso al empleo en algunos casos. Por ello, consideramos que la convocatoria debería tener en cuenta aquellas inserciones laborales que se alcancen independientemente de su duración o tipo de contrato, ya que cualquiera que sea repecturirá significativamente en la calidad de vida de las personas beneficiarias.
Rogamos se tenga en cuenta este factor para registrar un mayor número de inserciones y así reflejar de manera más fiel a la realidad el trabajo realizado por las Asociaciones
Enviado por eduardo.conejo el Lun, 29/07/2024 - 10:29 Enlace permanente
Aportación a las Bases para la concesión de subvenciones a entid
Aportaciones a la Consulta Pública del Proyecto de Orden de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para acciones dirigidas a la realización de proyectos de inserción sociolaboral a través de itinerarios destinados a la mejora de las condiciones personales, sociales y prelaborales necesarias para el acceso al empleo, de personas en riesgo o en situación de vulnerabilidad y exclusión social, cofinanciadas por el FSE plus 2021/2027 de la Comunidad de Madrid, prioridad de Inclusión Social, objetivo específico h).
La FSG es una organización sin ánimo de lucro que trabaja hace más de 40 años por la promoción integral de la población gitana.
Según el Estudio comparado sobre la situación de la población gitana en España en relación al empleo y la pobreza 2018 realizado por la FSG, sitúa que el 86% de la población gitana se encuentra en riesgo de pobreza, con ingresos equivalentes inferiores a los 620€ frente al 23% de la población general.
Para que los proyectos presentados a la convocatoria de esta subvención cumplan la finalidad de erradicar la reproducción del ciclo de la pobreza, consideramos que tendría que definirse los objetivos de la misma atendiendo a los siguientes enfoques:
El principal objetivo de la intervención será la activación de los y las participantes, a partir de una intervención que provoque cambios en función de su situación de partida. Con unos indicadores de medición final:
AMBITO EDUCATIVO
Las necesidades de la Población Gitana se han incrementado notablemente. La brecha educativa, ya existente, se ha visto acuciada de manera significativa.
Las políticas de inclusión deben abordar y reforzar aquellas cuestiones clave que garanticen la equidad y la igualdad entre la ciudadanía.
La educación es una herramienta de transformación social clave para romper un patrón asentado de pobreza y dependencia de servicios externos, es por esto, que en esta propuesta ocupa un papel central.
Los niveles educativos de la juventud gitana se encuentran por debajo de los del conjunto de la población, con una brecha que comienza a abrirse antes incluso de la finalización de la Enseñanza Secundaria Obligatoria -con un 64% del alumnado gitano de entre 16 y 24 años no concluye los estudios obligatorios frente al 13% del conjunto del alumnado1.
De los 15 a los 16 años hay un gran descenso en la escolarización. A los 15 años el 86,3% del alumnado gitano se encuentra escolarizado (frente a un 97,9% del conjunto de la población) y a los 16 esta cifra desciende a un 55,5% (para el conjunto del alumnado este dato es de un 93,5%). El curso en el que más abandono se produce es 2º de la E.S.O y la edad en la que más estudiantes gitanos abandonan, es la de 16 años.
El Abandono Escolar Temprano de la juventud gitana se sitúa en el 63,7% frente al 18,5 % que presenta actualmente el conjunto de la población.
Respecto al nivel educativo alcanzado, aunque los niveles de analfabetismo se han visto reducidos de manera significativa, solo el 17% de las personas gitanas tienen terminados al menos los Estudios Secundarios Obligatorios (ESO), frente al 77% de la población general. Esta es uno de las principales barreras para el acceso al mercado laboral.
Es prioritario atender y potenciar el acompañamiento a las personas mayores de 18 años sin titulación básica, para su reincorporación al Sistema Educativo y la obtención del título de secundaria.
Ha de plantearse un Plan de actuación Individualizado en Educación de cada unidad de convivencia. Cada persona beneficiaria podría participar en los Servicios o Itinerarios en función de sus necesidades y disponibilidad, y a todas ellas como integrantes de una unidad de convivencia.
En cada tipo de Itinerario o Servicio ha de realizarse, un seguimiento continuado del logro de objetivos y de valoración de las personas participantes y en su caso con las personas responsables de la unidad de convivencia.
AMBITO SOCIAL
Servicio de apoyo social y personal:
Dirigido a todas las personas/ unidades de convivencia beneficiarias de IMV, ,RMI o en situación de vulnerabilidad, con servicios tales como:
Acompañamiento social para mejora de las condiciones de vida de la familia, acceso a ayudas y apoyo en la gestión de las prestaciones (prestación IMV y otras ayudas, complementariedad rentas, certificación de determinadas situaciones de exclusión, etc.), para mejorar los hábitos de vida saludable y la nutrición, para acceso y mantenimiento de la vivienda y los suministros centrado en adquisición de conocimientos sobre economía doméstica y energética, etc.
Desarrollo de competencias básicas, personales y sociales: autoconocimiento y autoestima, motivación personal, habilidades sociales y de comunicación, gestión del tiempo, planificación de objetivos personales y familiares, gestión de conflictos y convivencia intra y extrafamiliar (vecindario) etc.
Tutorías individuales.
El objetivo de estas tutorías seria el refuerzo del proceso formativo y por otro el seguimiento del Plan de actuación Individualizado en función del diagnóstico inicial y de los objetivos planteados. Se trabajaría la motivación y se reforzarían habilidades sociales y personales de una forma más intensiva.
En cuanto al seguimiento del plan del trabajo, se haría una valoración conjunta de las acciones y objetivos planteados, fundamentalmente la participación en las actividades, el cumplimiento o no de los objetivos, la motivación hacia la formación y el empleo, etc..
Acciones transversales complementarias:
Igualdad de género: corresponsabilidad, relaciones igualitarias, atención a situaciones de violencia de género
Igualdad de trato: concienciación sobre derechos, prevención de discriminación, asistencia a casos de discriminación
Servicio de accesibilidad tecnológica:
Competencias y conocimientos digitales para la ciudadanía digital
Importancia de incorporar objetivos e intervenciones alrededor de la adquisición de competencias digitales, mejora de las mismas, prevención y seguridad, además de incluir punto de acceso a internet (conectividad) en las oficinas del servicio disponible para las personas beneficiarias.
AMBITO PRE-LABORAL
Trabajar en los primeros niveles de sensibilización capacitación, entrenamiento, información de recursos y acercamiento al Empleo
Acciones informativas y formativas y de motivación hacia el empleo, dirigidas a informar sobre procesos que se deben seguir para acceder al mundo laboral, sesiones relacionadas a desarrollar habilidades para la búsqueda de empleo.
Acciones formativas en competencias transversales aquellas relacionadas con el saber ser y estar, previas al proceso de formación en competencias técnicas asociadas a un sector profesional determinado.
En todo caso habría que trabajar desde la óptica Prelaboral con el objetivo de acercar a este perfil de personas al empleo teniendo en cuenta:
Actividades de mentoring con Empresas: estancias cortas para conocer los perfiles profesionales y las exigencias de formación y titulación asociadas a los puestos.
3. PERFIL DE LOS PARTICIPANTES
Planteamos estos tipos de destinatarios directos:
4.NIVELES DE COORDINACIÓN
Enviado por LABURO el Mar, 30/07/2024 - 12:43 Enlace permanente
Propuestas a la memoria (Laburo S. Coop. Mad.)
A continuación facilitamos el enlace al Informe de Evaluación de Impacto del programa Madrid Sin Pobreza 2021, con más de 600 beneficiarios y liderado por nuestra entidad promotora (Asociación MIRA España). En el mismo se analizan dos grupos contrafactuales con distintos tipos de intervención:
Grupo 1: Entrega Alimentos
Grupo 2: Entrega Alimentos + Medidas de acompañamiento (IPIs)
El estudio de impacto comparativo arroja sólidas evidencias en términos de eficacia para lograr la transformación buscada y de eficiencia para lograr los resultados en función de los recursos, que pudieran resultar de interés en el desarrollo de esta política pública.
https://amigosmira.es/madrid-sin-pobreza/
Enviado por Mesa entidades proyectos RMI IMV Vallecas el Mié, 31/07/2024 - 18:08 Enlace permanente
Aportaciones a la Memoria
La Mesa de Entidades Proyectos RMI Puente y Villa de Vallecas, es un espacio conformado por varias entidades de los Distritos de Puente y Villa de Vallecas que realizamos programas RMI hace varios años. Nuestra trayectoria nos ha permitido colaborar con el Servicio responsable de las convocatorias de Proyectos de Integración desde hace más de 5 años, tanto en la elaboración de las bases reguladoras, como en la resolución de diferentes incidencias que han ido surgiendo en las ejecuciones de los mismos incluyendo todas las problemáticas del COVID en 2020.
Actualmente la mesa está compuesta por:
- Asociación Cultural La Kalle
- Asociación Barró
- Fam y Lias. Recursos para la Diversidad S. Coop.
- Asociación Madrid Empleo y Desarrollo (AMED)
- Asociación Ciudad Joven
- Asociación Creando Huellas
- Asociación Social y Cultural Casa de Paz
- Asociación de Mujeres Gitanas Alboreá
ALEGACIONES/PROPUESTAS
Señalamos las propuestas que consideramos de interés a tener en cuenta en la elaboración de las Bases correspondientes.
CONVOCATORIA ESPECÍFICA
Valoramos prioritario que las subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para la realización de proyectos inserción sociolaboral, para personas en situación vulnerabilidad y exclusión social, cofinanciadas FSE PLUS 2021/2027 se regulen en una convocatoria específica como se ha venido realizado hasta el año 2023.
Razonamiento alegación: La especificidad de estos programas (presupuesto, seguimiento,...) precisa de regulación específica y vemos complejo su inclusión como una de las líneas del IRPF.
COMPATIBILIDAD PERCIBIR RMI/IMV Y TENER CONTRATO DE TRABAJO: Es Importante disponer del mayor detalle posible de la posibilidad de compatibilizar el cobro del RMI o la IMV y aceptar contratos de trabajo. Disponer de posibles casuísticas (tabla) de las posibilidades de compatibilizar estos ingresos.
Razonamiento alegación: en muchos casos de usuarios de estos programas de Itinerarios de Inserción Sociolaboral, encontramos personas que les ha sido muy difícil conseguir ser beneficiarios/as de RMI o IMV y ante la posibilidad de un contrato de trabajo (temporal…) expresan muchos temores de pérdida de las ayudas si lo aceptan.
MOTIVACIÓN Y REFUERZO DE LAS PERSONAS USUARIAS:
Valorar la implicación/participación activa de usuarios/as en los Itinerarios Individualizados de Inserción. Reforzar con mecanismos de seguimiento y coordinación con Servicios Sociales, la participación de las personas en estos programas.
Razonamiento alegación: es importante establecer medidas de valoración y refuerzo hacia la participación activa en programas de Inserción Sociolaboral si se está percibiendo ayuda económica pública.
RESULTADOS:
Reconocimiento como resultado al mismo nivel que la inserción laboral, la matriculación en educación formal por parte de participantes tras su Itinerario de Inserción Sociolaboral en el programa correspondiente.
Razonamiento alegación: Teniendo en cuenta la realidad de los/as participantes y sus diversas situaciones, hay muchos casos en los que se precisa “reorientar” hacia la mejora de su formación académica para obtener mejores resultados en su Itinerario Individualizado de Inserción Sociolaboral.
PERSONAS DESTINATARIAS:
Poder incluir como participante de este tipo de programa a personas que dispongan de al menos uno de los siguientes documentos.
Perceptores directos y/o entorno cercano (familia) de RMI/IMV
Personas en situación de vulnerabilidad con certificado de exclusión emitido por trabajadores sociales de los servicios públicos o de las entidades sociales.
Personas derivadas de Servicios Sociales con certificado de su situación de Vulnerabilidad
Razonamiento alegación: Las diversa casuística de población vulnerable, pueden ser justificadas con al menos uno de estos documentos. La tramitación de algunos de los mismos (solicitud IMV…) implican procesos administrativos y gestiones que en ocasiones superan los tiempos de ejecución de los programas anuales.
JUSTIFICACIÓN ACTUACIONES:
Reducir lo más posible la gestión administrativa y documentación justificativa de las acciones realizadas con el fin de ser más eficaces y destinar el mayor tiempo del programa a las acciones de los itinerarios. Favorecer la presentación de informe final (tras baja en el proyecto) que recoja la totalidad de las acciones realizadas por cada persona participante, eliminando la recogida mensual de documentación en papel físico.
Razonamiento alegación: la gestión administrativa del programa implica mucho tiempo de trabajo que se complica y acrecienta teniendo en cuenta la realidad de la población destinataria del mismo. Las firmas en papel de tanta documentación es una tarea “complicada” a desarrollar en muchas ocasiones con población vulnerable.
Enviado por EAPN MADRID el Lun, 12/08/2024 - 17:46 Enlace permanente
Propuestas de EAPN MADRID
Propuestas de EAPN Madrid
Propuestas generales para la elaboración de bases reguladoras y convocatorias anuales de subvenciones:
Propuestas para incorporar en las bases reguladoras y convocatoria de subvenciones a entidades iniciativa social sin ánimo lucro para realización de proyectos inserción sociolaboral, para personas situación vulnerabilidad y exclusión social, cofinanciadas por el FSE PLUS 2021/2027:
Objeto y finalidad:
Régimen jurídico:
Acciones subvencionables:
Requisitos de los Proyectos de Inserción Sociolaboral: Personas destinatarias
Duración y período de ejecución de los proyectos subvencionados:
Gastos subvencionables:
Cuantías y límites de la subvención:
Criterios de valoración de los proyectos
Propuesta de resolución:
Posibilidad de reformulación:
Justificación económica:
Justificación técnica:
Obligaciones de las entidades subvencionadas
Control, seguimiento e incumplimiento:
Enviado por CIUDAD JOVEN el Mar, 13/08/2024 - 08:20 Enlace permanente
PROPUESTAS CIUDAD JOVEN
Propuestas generales para la elaboración de bases reguladoras y convocatorias anuales de subvenciones:
La publicación de las bases reguladoras, convocatorias y su resolución se alargan en el tiempo lo que dificulta la previsión para los/as profesionales y de algunas actuaciones concretas de los proyectos. Para evitarlo se propone publicar las bases reguladoras (si procede) y las convocatorias de subvenciones en plazos más o menos fijos, el año anterior al año de ejecución de los proyectos.
Igualmente, las resoluciones deben publicarse en el último trimestre del año anterior a la ejecución de los proyectos. Si no es así, no todas las entidades pueden asumir poner en marcha un proyecto y confiar en que les concedan meses después la ayuda con efecto retroactivo, lo que hace que se convierta en un sumatorio de intervenciones en vez de acciones estables y duraderas.
El pago de los proyectos subvencionados debe ser anticipado, tal y como permite la Ley General de Subvenciones.
Valorar la incorporación en las bases reguladoras la posibilidad de hacer convocatorias plurianuales, sobre todo para aquellas dirigidas a perfiles de extrema vulnerabilidad, que implican un trabajo a largo plazo.
Ampliación del presupuesto disponible para la convocatoria de subvenciones, con fondos provenientes de la partida no ejecutada del subconcepto 48302 para el abono de la Renta Mínima de Inserción de los presupuestos anuales de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.
Los informes de valoración de los proyectos deben estar disponibles junto con la propuesta de resolución provisional, para posibilitar a las entidades presentar alegaciones, si procede, en tiempo y forma.
El Manual de Justificación debe ser coherente con las bases reguladoras y la convocatoria anual. Las herramientas que sean necesarias para la ejecución y justificación de los proyectos deben ser las imprescindibles para el buen desarrollo del proyecto evitando duplicar información, deben estar disponibles al inicio de los proyectos para evitar errores en la gestión (archivos informáticos, etc.), así como las instrucciones necesarias para el desarrollo de los proyectos.
Propuestas para incorporar en las bases reguladoras y convocatoria de subvenciones a entidades iniciativa social sin ánimo lucro para realización de proyectos inserción sociolaboral, para personas situación vulnerabilidad y exclusión social, cofinanciadas por el FSE PLUS 2021/2027:
Objeto y finalidad:
Incorporar en el objeto y finalidad de la subvención que en los proyectos de inserción sociolaboral puedan participar personas en riesgo o en situación de vulnerabilidad y exclusión social que acrediten su situación mediante la colaboración de los Servicios Sociales o las entidades sin ánimo de lucro, o que participen en Programas Individuales de Inserción de RMI, o que sean perceptores de RMI o cualesquiera otras prestaciones económicas de análoga naturaleza cuyo fin sea la cobertura de las necesidades básicas, tal y como establece la Ley de medidas urgentes para el impulso de la actividad económica y la modernización de la Administración de la Comunidad de Madrid, aprobada por el Pleno de la Asamblea, en sesión celebrada el día 15 de diciembre de 2022 y publicada en el BOCM el 22 de diciembre de 2022.
Régimen jurídico:
Incluir en el Régimen jurídico por el que se regirán estas bases reguladoras la LEY 11/2022, de 21 de diciembre, de Medidas Urgentes para el Impulso de la Actividad Económica y la Modernización de la Administración de la Comunidad de Madrid.
Acciones subvencionables:
Actividades de mejora de las competencias básicas personales y sociales, actividades de formación prelaboral, actividades de acompañamiento social personal y grupal.
Proyectos de inserción sociolaboral dirigidos a personas en situación de exclusión social grave o en situación o riesgo de exclusión social moderada.
Incluir en los proyectos de inserción sociolaboral, dirigidos a la mejora de las condiciones sociolaborales de las personas en situación o riesgo de exclusión social moderada, con un nivel de empleabilidad medio-bajo prestando especial atención a la situación del núcleo familiar de las mismas; tales como jóvenes en situación de vulnerabilidad social, población gitana, población inmigrante, población LGTBI, familias monoparentales y población reclusa y exreclusa; que aborden procesos de intervención para el desarrollo personal y de integración social y/o laboral, con metodologías de carácter integral y personalizado.
Actuaciones complementarias a los proyectos de integración sociolaboral para la cobertura de necesidades básicas como aseo, alojamiento y comedor, en los casos de mayor vulnerabilidad social, en los que esta carencia pueda ser un impedimento para la integración de las personas beneficiarias en el mercado laboral.
Actuaciones de seguimiento presencial y a distancia de los/as destinatarios.
Mantenimiento de pisos que proporcionen alojamiento temporal.
Acompañamiento social en el acceso a la vivienda, empleo, salud, educación, servicios sociales, y gestiones telemáticas.
Requisitos de los Proyectos de Inserción Sociolaboral: Personas destinatarias
Incluir a personas titulares o miembros de unidades de convivencia beneficiarias de la RMI, de Ingreso Mínimo Vital o de cualesquiera otras prestaciones económicas de análoga naturaleza cuyo fin sea la cobertura de las necesidades básicas, tal y como recoge la Ley de medidas urgentes para el impulso de la actividad económica y la modernización de la Administración de la Comunidad de Madrid.
Incluir que las personas participantes puedan ser titulares de un Programa Individual de Inserción (PII), independientemente de que la cobertura de la garantía de ingresos proceda de la RMI o de prestaciones no contributivas de la seguridad social o de que estas se encuentren en trámite. Las entidades solicitantes podrán pedir la exención de este requisito cuando existan razones fundamentadas derivadas del perfil de las personas participantes a quienes se dirige el proyecto. La solicitud de exención se realizará mediante petición razonada que se adjuntará a la solicitud. La concesión de la subvención al proyecto implicará su aceptación tácita por parte del Órgano Instructor.
Atender de forma prioritaria a las personas que sean derivadas por los servicios sociales de atención primaria o especializada, en su caso, con certificado de exclusión y PII, sin ser excluyente en caso de que queden plazas a lo largo del periodo de ejecución.
Admitir a personas derivadas por los servicios sociales de atención primaria o especializada, en su caso, sin necesidad de tener activo un PII.
Admitir la derivación de personas perfil del proyecto desde agentes sociales en general y no solo desde los Servicios Sociales. Que el personal de las entidades que ejecutan los proyectos pueda valorar la situación de exclusión social de un/a candidato/a a la participación en el mismo, particularmente con personas sin empadronar o con pasaporte.
Incorporar como perfil de beneficiario/a al trabajador/a pobre en exclusión social moderada o grave que se define como aquella persona en exclusión social moderada o grave que no puede cubrir sus necesidades básicas (vivienda, alimentación) ni puede conciliar; incorporar también trabajador fijo discontinuo en los períodos donde no tenga cobertura a través de ningún ingreso. En el primer caso, proponemos que esta situación se acredite con un PII.
Incluir que una misma persona pueda estar en varios proyectos a la vez de diferentes entidades, que sean compatibles y complementarias por el tipo de necesidad que cubren, y no coincidan en la misma fecha y hora.
Admitir como valoración de riesgo de exclusión los informes sociales emitidos por trabajadores sociales colegiados y adheridos a entidades del tercer sector que efectúen la derivación a los correspondientes servicios de empleo que ejecutan el proyecto. Igualmente serán válidas las de otros servicios sociales especializados, centros de salud, CAD y otros recursos públicos o privados.
En caso de que se desarrollen las actividades en varios distritos del municipio de Madrid, no se tendrá en cuenta el requisito de hacerlo como máximo en cuatro de las divisiones territoriales. No vincular la intervención a zonificación de áreas de servicios sociales.
Duración y período de ejecución de los proyectos subvencionados:
Los proyectos subvencionados tendrán una duración máxima de veinticuatro meses, para dar continuidad a los itinerarios y mejora de empleabilidad, en consonancia con el artículo 56 del Reglamento 126/2014, y permitido en base a los art. 49 f y art. 55 de la Ley 9/1990 Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.
Sus actuaciones deberán comenzar en el año 2025.
La fecha de finalización del proyecto, que determinará el fin del periodo subvencionable, será la que establezca cada una de las entidades en su solicitud, permitiendo la ejecución de proyectos de 24 meses de duración desde la resolución de la subvención.
No limitar el número de proyectos a realizar.
Gastos subvencionables:
Gastos de personal del equipo interdisciplinar responsable de la coordinación y ejecución de los proyectos y actividades.
Será subvencionable el finiquito de los trabajadores con contrato laboral vinculado al proyecto subvencionado, correspondiente al año de ejecución del mismo.
Serán subvencionables las bajas laborales de 15 días o menos, para dar margen a poder contratar una persona que cubra el puesto.
Gastos derivados de transporte y manutención, no fijados en contrato o en convenio colectivo.
Gastos de transporte para las personas beneficiarias de los proyectos.
Gastos de inversión dirigidos a recursos y competencia digital, dado que podrían incluirse éste tipo de gastos de cara a la adecuación de espacios de acceso a TIC en las sedes de las entidades que ejecutan proyectos (tales como: habilitación de espacios para la realización de gestiones telemáticas, salas de acceso a internet con equipos apropiados para ello), o bien para facilitar el acceso a formación a distancia desde sus domicilios, tales como tablets o tarjetas de datos, con el fin de reducir la brecha digital.
Gastos de equipamiento para reducir la brecha digital, y gastos de plataformas digitales como zoom, o similares o plataformas de formación, y licencias de programas informáticos.
Incluir como gastos directos además del alquiler y el material fungible: suministros (electricidad, agua, gas, telefonía, internet), limpieza, mantenimiento, reparaciones y alarma del local.
Incluir como gastos de suministros la adquisición de material informático mediante leasing y gastos vinculados a la mejora de la competencia digital de los participantes.
Gastos de becas y apoyos económicos a los usuarios de los proyectos.
Otros gastos donde se puedan incluir elementos que faciliten la motivación y buen clima en la facilitación de actividades grupales de continuidad (bebidas sin alcohol, snacks, etc.).
Gastos de manutención y suministros en proyectos de exclusión grave para servicios complementarios de comedor y alojamiento.
Gastos externos para la realización de actividades formativas.
Gastos de gestión y administración totales del proyecto: hasta un 10 por 100 del coste total del proyecto inicial o del reformulado.
Cuantías y límites de la subvención:
Para períodos de ejecución de un año, la cuantía subvencionable de los proyectos dirigidos a personas en situación de exclusión grave será como máximo de 102.000 euros, mientras que la de los proyectos dirigidos a personas en situación de exclusión moderada será como máximo de 78.000 euros. Y de 204.000 euros para proyectos bienales dirigidos a personas en situación de exclusión grave y de 156.000 para proyectos dirigidos a personas en situación de exclusión moderada.
Los módulos económicos salario/hora a aplicar para el cálculo del coste de referencia del personal adscrito al proyecto deben actualizarse según el Convenio colectivo estatal de acción e intervención social 2022-2024, según Resolución de 18 de octubre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, publicada en el BOE nº 259 del 28 de octubre de 2022, y sus resoluciones posteriores de actualización de subidas salariales.
Criterios de valoración de los proyectos
Para valorar la experiencia previa y continuidad de la entidad se propone otorgar algún tipo de puntuación a las entidades que han sido financiadas en las convocatorias anteriores de proyectos de integración definidos en la Ley 15/2001 de Renta Mínima de Inserción en la Comunidad de Madrid, así como de proyectos similares.
Priorizar en la puntuación los proyectos en cuyos objetivos se prevea un menor número de participantes por cada profesional de atención directa, y no el número total de participantes, para primar la calidad en la atención sociolaboral.
Contemplar como inserciones laborales cuando el contrato de trabajo sea de duración inferior a 30 días, dada la alta vulnerabilidad de las personas en situación de exclusión social grave con un bajo nivel de empleabilidad. Valorar las inserciones laborales independientemente de la duración de los contratos.
Contemplar tanto para la previsión de porcentaje de inserción social como laboral.
Propuesta de resolución:
La propuesta de resolución provisional se notificará a cada entidad solicitante mediante notificación electrónica, y se publicará en el portal web de la Comunidad de Madrid (indicar enlace web que corresponda), estableciéndose un plazo de diez días hábiles para la presentación de alegaciones y de diez días hábiles para la presentación de memorias adaptadas, en su caso. Transcurrido dicho plazo y estudiadas en su caso las alegaciones, el órgano instructor redactará propuesta de resolución definitiva, que será igualmente publicada en el portal web, abriéndose un nuevo plazo de cinco días hábiles en el que las entidades propuestas deberán comunicar la aceptación de la subvención mediante la firma de un documento.
La propuesta de resolución se deberá comunicar antes de la fecha de inicio del proyecto. De no ser posible, se propone un plazo máximo de tres meses desde la fecha de inicio propuesta por la entidad.
Posibilidad de reformulación:
En el caso de que el importe de la propuesta de resolución provisional sea menor que el solicitado, de conformidad con lo establecido en el artículo 27.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se podrá proponer a la entidad que reformule su solicitud para adaptar los compromisos y contenido del proyecto al importe propuesto para la subvención. Para la reformulación se cumplimentará una memoria adaptada en un modelo que será facilitado por la Dirección General competente en materia de servicios sociales. La memoria adaptada deberá presentarse en el plazo de diez días hábiles desde la publicación en el portal web de la Comunidad de Madrid de la notificación de la propuesta provisional de resolución.
Justificación económica:
La justificación de la subvención concedida se realizará en el plazo de dos meses desde la finalización del proyecto, de conformidad con las instrucciones y anexos necesarios para la justificación dictadas por el órgano instructor que estarán a disposición de las entidades desde el momento de la publicación de la convocatoria anual.
El órgano instructor no podrá solicitar documentación complementaria que no haya sido incorporada en las bases reguladoras, convocatoria anual o manual de justificación.
Justificación técnica:
Los documentos y archivos informáticos necesarios para la justificación técnica estarán a disposición de las entidades desde el momento de la publicación de la convocatoria anual.
El órgano instructor proporcionará las instrucciones técnicas necesarias para el desarrollo de los proyectos. Específicamente: requisitos y documentación necesaria para la inclusión de participantes en los proyectos (forma de acceso a los proyectos, derivación de Servicios Sociales, Certificado de Exclusión Social o valoración de los/as profesionales ejecutores del proyecto). Se detallará en el Manual de justificación proporcionado a fecha de inicio del periodo de ejecución.
El órgano instructor no podrá solicitar documentación complementaria que no haya sido incorporada en las bases reguladoras, convocatoria anual o manual de justificación.
Simplificar y flexibilizar los procesos de justificación técnica.
Para la justificación de la participación en las actividades del proyecto admitir documentos firmados digitalmente por los/as beneficiarios (si disponen de certificado digital) y otro tipo de fuentes de verificación, en particular para actividades de seguimiento que se realizan de manera telefónica o por otros medios electrónicos.
Permitir la aportación de diferentes fuentes de verificación para acreditar la coordinación con los servicios sociales, como por ejemplo los informes favorables emitidos para la solicitud de los proyectos.
Obligaciones de las entidades subvencionadas
Deberán incorporar como participantes en el proyecto subvencionado, a las personas que sean derivadas desde el sistema público de los Servicios Sociales, entidades sociales y otros agentes sociales.
Podrá haber participantes que estén de alta en proyectos de diferentes entidades ejecutantes, siempre y cuando no asistan a actividades que se desarrollen simultáneamente.
Control, seguimiento e incumplimiento:
Las bases reguladoras de los proyectos de integración RMI contemplaban que “Se establecerá el apoyo técnico necesario para el seguimiento de los proyectos, propiciando la coordinación entre las entidades implicadas y de éstas con los servicios sociales competentes, favoreciendo el intercambio de experiencias y metodologías de intervención, pudiendo apoyarse para ello en el uso de las herramientas telemáticas facilitadas por la Consejería competente en materia de políticas sociales.” Para ello, se deberá contar a la fecha de publicación de la convocatoria de subvenciones con una base de datos compartida online a la que tengan acceso las entidades ejecutantes acreditadas y los servicios sociales de atención primaria y especializada para favorecer la coordinación, la derivación y el seguimiento de usuarios/as, así como la complementariedad de las actuaciones de varias entidades sobre una misma persona. Si no se cuenta con esa base de datos, se dará permiso a las entidades ejecutantes acreditadas para consultar e incorporar datos sobre las actuaciones contempladas en la presente convocatoria a la Historia Social Única. La guía o manual de justificación debe permitir la utilización de diferentes instrumentos de coordinación que se establezcan con los servicios sociales que serán admisibles por el órgano gestor para la ejecución, seguimiento y justificación de los programas.
La Consejería competente en materia relativa a inclusión social facilitará a las entidades ejecutantes acreditadas el contacto de un responsable técnico de referencia para garantizar la coordinación y seguimiento de las actuaciones de los proyectos subvencionados.