Proyecto de Orden de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras por la que se regulan las pruebas para el ejercicio de la profesión de conductor de vehículos de arrendamiento con conductor en la Comunidad de Madrid
Mediante el Decreto 5/2024, de 10 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se desarrolla la Ley 20/1998, de 27 de noviembre, de Ordenación y Coordinación de los Transportes Urbanos de la Comunidad de Madrid, en materia de arrendamiento de vehículos con conductor se establecen los requisitos de obtención y mantenimiento de la autorización prevista en el artículo 14.ter.1 de la citada ley, que serán los mismos que han de cumplir los titulares de las autorizaciones a los que se refiere la disposición adicional cuarta de la misma. Estos requisitos se encuentran previstos en el artículo 2, que en el apartado 1.d) dispone que los solicitantes deberán «Contar, al menos con un número de conductores igual o superior al 75 por ciento de las autorizaciones en alta, los cuales deberán cumplir las condiciones establecidas en el artículo siguiente.
En el artículo 3 del mismo se regulan las condiciones que han de cumplirse para poder ejercer la profesión de conductor de vehículos de arrendamiento con conductor en la Comunidad de Madrid, y en el apartado 1.f) se prevé que deberán superar una prueba en la que se valorara los conocimientos en relación al manejo de dispositivos digitales con mapa de navegación, uso del castellano, primeros auxilios, contenido de este reglamento y de las normas reguladoras de los servicios de transporte público en vehículos de arrendamiento con conductor, lugares, oficinas públicas, hoteles y centros de ocio más importantes de la Comunidad de Madrid, así como aquellos otros que se puedan determinar por la citada consejería».
No existiendo regulación en relación al contenido y desarrollo de estas pruebas, resulta necesario acometerla habiéndose habilitado, en la disposición final primera del citado decreto, al titular de la consejería competente en materia de Transportes.
Plazo para hacer aportaciones: del 9 al 30 de mayo de 2024 (ambos inclusive)
Comentarios
Enviado por joseluiscanmu el Lun, 13/05/2024 - 14:21 Enlace permanente
Pruebas de conducción
Se detecta en estos conductores, una terrible falta de conocimientos básicos del código de circulación, ya que la mayoría son extranjeros con carnets convalidados que a saber como lo han conseguido, no respetando semáforos ni cedas, circulando por direcciones prohibidas, haciendo giros y cambios de sentido prohibidos con el consiguiente peligro para el resto de conductores y de sus propios usuarios.
Las nuevas pruebas deberían de llevar incluido una parte a superar sobre el código de circulación, como justificante de que es conocido por todos.
Enviado por joseluiscanmu el Lun, 13/05/2024 - 14:21 Enlace permanente
Pruebas de conducción
Se detecta en estos conductores, una terrible falta de conocimientos básicos del código de circulación, ya que la mayoría son extranjeros con carnets convalidados que a saber como lo han conseguido, no respetando semáforos ni cedas, circulando por direcciones prohibidas, haciendo giros y cambios de sentido prohibidos con el consiguiente peligro para el resto de conductores y de sus propios usuarios.
Las nuevas pruebas deberían de llevar incluido una parte a superar sobre el código de circulación, como justificante de que es conocido por todos.
Enviado por Jota el Lun, 13/05/2024 - 19:03 Enlace permanente
CONDUCTORES VTC
Los conductores que quieran acceder al transporte de PERSONAS en vehículos de arrendamiento con conductor deberían pasar unas pruebas de aptitud para conducir, bien por ser de procedencia de fuera de la UE y tener que convalidar sus permisos de conductor, además de realizar cursos específicos con exámenes para acreditar conocimientos del medio donde desarrollen su actividad.
Deben conocer toda la normativa sobre el desarrollo de su actividad tanto de sus obligaciones como de sus prohibiciones como por ejemplo no hacer servicios urbanos por no tener permiso para ellos, no utilizar carril bus-taxi, no utilizar paradas de taxi, no hacer captación de usuarios un vías públicas, etc, etc.
Enviado por Jota el Lun, 13/05/2024 - 19:03 Enlace permanente
CONDUCTORES VTC
Los conductores que quieran acceder al transporte de PERSONAS en vehículos de arrendamiento con conductor deberían pasar unas pruebas de aptitud para conducir, bien por ser de procedencia de fuera de la UE y tener que convalidar sus permisos de conductor, además de realizar cursos específicos con exámenes para acreditar conocimientos del medio donde desarrollen su actividad.
Deben conocer toda la normativa sobre el desarrollo de su actividad tanto de sus obligaciones como de sus prohibiciones como por ejemplo no hscer servicios urbanos por no tener permiso para ellos, no utilizar carril bus-taxi, no utilizar paradas de taxi, no hacer captación de usuarios un vías públicas, etc, etc.
Enviado por prueba03062020 el Mar, 14/05/2024 - 13:00 Enlace permanente
Acreditación de conocimientos básicos
Los servicios de conductores de VTC deberían asegurar que sus conductores acreditan unos conocimientos básicos, no sólo de conducción, que se presuponen al tener carnet de conducir en vigor para la UE, sino también de las normas específicas que rigen en el país donde ejercen su servicio
Enviado por EUGENIO JESÚS PAREJO CENDÓN el Mar, 14/05/2024 - 19:35 Enlace permanente
ANTIGUEDAD CONDUCTORES VTC
Deberian realizar el examen todos los conductores con menos de 4 años en el sector vtc..Hacer rutas a intercambiadores de transportes estaciones de tren y aeropuertos ademas de hoteles y hostales con mas nivel de ocupacion diaria.RECORDATORIO del codigo de circulacion y señales de trafico.
Enviado por Juan Manuel Novo el Mié, 15/05/2024 - 15:01 Enlace permanente
CONDUCTORES VTC
1.- EL EXAMEN DEBERÍA CONTENER PREGUNTAS ACERCA DE LA ORDENANZA DE MOVILIDAD SOSTENIBLE DE MADRID, YA QUE LA MAYORÍA DE SERVICIOS QUE HACEN ESTE TIPO DE TRANSPORTE ES POR MADRID CAPITAL, Y EN ESPECIAL LA PROHIBICIÓN QUE ESTABLECE DICHA ORDENANZA DE UTILIZACIÓN DEL CARRIL BUS-TAXI, TANTO PARA CIRCULAR COMO PARA LA RECOGIDA O DESCENSO DE PASAJEROS, ASÍ COMO LA REALIZACIÓN DE GIROS SOLO AUTORIZADOS PARA BUS Y TAXIS.
Enviado por MOVEA CAM el Jue, 30/05/2024 - 21:57 Enlace permanente
NUEVO CARNET CONDUCTORES VTC
Desde Movea Cam entendemos que la formación debe ser libre, apoyada tanto en soporte online como presencial.
Que la formación pueda ser impartida por asociaciones, que los exámenes se realicen de forma habitual, al menos dos veces por semana, y que estos puedan hacerse de forma masiva, pudiendo utilizar cabinas telemáticas con identificadores de identidad, distribuidos en centros públicos, asociaciones, así como las empresas que así lo soliciten.
Implementar un periodo de prueba de conductores, de manera que se eviten cuellos de botella y al mismo tiempo puedan ser formados por la empresa.
Los conocimientos tienen que estar adaptados al entorno digital en el que nos movemos, entendemos también que deben realizarse pruebas de español, pero el hecho de tener DNI español o tener origen de un país de habla hispana ,debe ser un punto para acreditar esa formación en dicha materia y por lo tanto estar exento de esa parte del examen.
No debe exigirse un callejero, pero si las habilidades técnicas de manejo de navegador.
Es necesario que los nuevos conductores entiendan las diferencias entre los diferentes tipos de transporte urbano, poniendo especial énfasis en la captación de viajeros, además de informar que en caso de realizar estos viajes las sanciones no van a los titulares de las autorizaciones VTC sino a dichos conductores.
Apuntar por tanto en el examen preguntas que hablen sobre captación de viajeros sin viajes pre contratados entre otros puntos diferenciales con otros sectores de transporte urbano.
En caso de retirada de carnet por controles de alcoholemia o drogas el titular perderá de forma automática su carnet y deberá presentarse de nuevo al examen.
Entendemos que los conductores que dispongan de la cartilla del taxi, se les convalidará también el carnet de VTC. Así mismo los titulares de autorizaciones VTC que sean personas físicas entendemos que disponen de los conocimientos y experiencia acreditada para que se les convalide dicho carnet.