Subvención de concesión directa destinada a contribuir al desarrollo del Programa “Navidad en Compañía”, incluido en el conjunto de actuaciones contra la Soledad No Deseada en las personas mayores
Se somete a consulta pública proyecto de Acuerdo de Consejo de Gobierno de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de subvención destinada a contribuir al desarrollo del Programa “Navidad en Compañía”, incluido en el conjunto de actuaciones contra la Soledad No Deseada en las personas mayores, con el fin de ofrecer a las personas mayores que viven en situación de soledad no deseada la oportunidad de pasar los días de Nochebuena, Navidad, Nochevieja, Año Nuevo y Reyes en centros residenciales donde pueden estar en estos días de celebración y los de todo el periodo navideño en compañía de otras personas mayores residentes. Durante el trámite de consulta pública, los ciudadanos y organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma, pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en la memoria resumen de la futura disposición normativa a través del Portal de Participación.
Plazo de alegaciones: 15 días hábiles a partir del siguiente a la publicación en el Portal de Transparencia (del 11 de mayo de 2022 al 1 de junio de 2022).
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Enviado por Coordinadora_TercerSector_ComunidadMadrid el Mié, 11/05/2022 - 09:11 Enlace permanente
Oposición a concesión nominativa sin concurrencia competitiva
Desde la Coordinadora del Tercer Sector de la Comunidad de Madrid estamos a favor de la ejecución de actuaciones para prevenir la soledad no deseada, como así realizan cada año más de 21 entidades así como dos Federaciones miembro de la Coordinadora. No obstante, hemos de señalar que la pretensión de esta normativa sometida a consulta pública no es sino proceder a una concesión a dos entidades que, por el tipo de diseño de la norma, tienen una evidente configuración ya determinada, puesto que la tipología de entidad, como indica la memoria "un máximo de dos entidades del tercer sector con un mínimo de 3.200 plazas etc" ya condiciona el proceso y hace evidente que, en lugar de instruir un procedimiento de concurrencia competitiva o, en su defecto, concurrencia no competitiva que, al menos, pudiera aportar ideas y otros elementos de innovación al programa se ha optado por, pareciera, más bien inyectar fondos a entidades ya decididas por parte de un centro directivo de la Consejería proponente.
El tercer sector de acción social cuenta con un enorme abanico de entidades que trabajan con la persona mayor, así como un progresivo grado de especialización por parte de otro número de organizaciones que, conscientes del proceso de envejecimiento poblacional que se detecta en los programas y dispositivos gestionados por estas entidades, ha supuesto una mejora en su especialización.
La lucha contra la soledad no deseada es un compromiso asumido por la totalidad de entidades y estructuras de representación del tercer sector de acción social en la Comunidad de Madrid así como de sus entidades y organizaciones miembro por lo que cualesquiera concesión nominativa (máxime uno en el que podría adivinarse con relativa facilidad los concedentes y ya está plenamente orientado) incumple los requisitos de capacidad, mérito y concurrencia así como supone un uso excepcional de las atribuciones de los centros directivos, al margen, además, de lo contemplado en el Plan estratégico de subvenciones vigente en la Consejería.
Por todo ello, desde la Coordinadora del Tercer Sector de la Comunidad de Madrid proponemos:
a. Que se opte, como hacen otros centros directivos y DG de la Comunidad de Madrid, si la problemática requiere de una solución más ágil en tiempos de concesión, por un proceso de concesión en concurrencia no competitiva u otros procesos que permitan la concurrencia de más entidades y proyectos aprovechando las vías para reducir los plazos de instrucción y concesión pero garantizándo un mínimo de opciones a más entidades.
b. Incorporar, indistintamente, una reserva de crédito así como un requisito para posibles ejecutantes que incorpore actuaciones en el ÁMBITO RURAL así como en las zonas de mayor grado de envejecimiento poblacional del ámbito local en nuestra Comunidad autónoma, al ser uno de los principales ejes de carencia detectada en el área del mayor.
c. Trabajar por incentivar en la citada convocatoria y/o fórmula análoga a esta a determinarse por el centro directivo proponente, que se incorporen vías para que este programa pueda incorporar a las personas que se encuentran en situación no institucionalizada, puesto que de la lectura de la memoria, y su escueta información, se entiende que únicamente es viable actuaciones sobre población ya incorporada a recursos de la red pública, siendo de interés que se tenga en cuenta que existe una demanda embalsada en municipios y distritos de la ciudad y comunidad de madrid que, por diversos motivos, no se encuentra en el ámbito de detección y análisis de la Comunidad autónoma, por lo que se recomienda encarecidamente se permita que pueda existir una reserva de crédito sobre lo disponible para que LA DETECCIÓN DE PERSONAS USUARIAS AJENAS AL SISTEMA INSTITUCIONALIZADO y su incorporación a este.
d. Se incorpore toda una reserva para que este programa pueda tener un mínimo de SEGUIMIENTO E INTERCAMBIO DE BUENAS PRÁCTICAS a los efectos de hacer posible, adicionalmente, que los datos estadísticos de usuarios/as, situación socio demográfica de los mismos, datos de interés para su posterior análisis sean utilizables para un potencial estudio de la realidad de dicho segmento poblacional, siendo además dichos datos puestos a disposición pública a través de los portales que sectorialmente correspondan.
e. Se convoque a las principales plataformas y entidades del tercer sector de acción social de la Comunidad de Madrid para ser oídas con carácter previo y aportar informes y datos que permitan al centro directivo y Consejería proponente mejorar esta actuación sin menoscabo del presente proceso de participación pública que, por el formato del propio portal, impide que las entidades incorporen datos o elementos técnicos suficientes para validar sus aportaciones, al ser el portal de participación ciudadana poco más que un foro de consulta en el que se puede insertar, con limitaciones y falta de accesibilidad, texto plano sin opciones suficientes.
Enviado por Lares Madrid-Asociación Madrileña de Residencias y Servicios el Mar, 31/05/2022 - 17:52 Enlace permanente
Consideraciones y aportaciones al Programa "Navidad en Compañía"
Enviado por CCOO Madrid el Mié, 01/06/2022 - 13:53 Enlace permanente
CONSIDERACIONES DE CCOO DE MADRID
CONSIDERACIONES DE CCOO DE MADRID AL PROYECTO DE NORMAS REGULADORAS Y PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIÓN DESTINADA A CONTRIBUIR AL DESARROLLO DEL PROGRAMA “NAVIDAD EN COMPAÑÍA”
Compartiendo la necesidad de abordar el problema de la soledad no deseada en las personas mayores, manifestamos el total desacuerdo de CCOO de Madrid con el planteamiento de gestión que se hace en el proyecto de Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de subvención destinada a contribuir al desarrollo del programa “Navidad en Compañía”.
La soledad no deseada es un fenómeno complejo. Existe cada vez un mayor consenso en ser considerado como un problema sociosanitario, que requiere de un abordaje desde un enfoque integral que tenga en cuenta los determinantes estructurales.
Por una parte, el programa que se plantea es una acción muy limitada tanto en el tiempo como en el contenido y en su abordaje. Que aunque es posible que no vaya a tener efectos negativos, tampoco va a tener un impacto real en la situación problema que se plantea, al no abordar de forma integral y continuada ninguno de los determinantes estructurales del mismo. Tampoco tiene en cuenta las necesidades individuales de las personas a las que va dirigido y las características de su contexto. Sería interesante ofrecer de forma continua actividades culturales, de ocio y de desarrollo personal adecuadas a los gustos y preferencias de las personas mayores, en recursos públicos, en los centros de día y en los centros de mayores.
Por otra parte, en el proyecto de Acuerdo se debería detallar específicamente en base a qué datos oficiales sobre las personas mayores que viven en situación de soledad no deseada en la región se ha determinado el número de plazas residenciales necesarias para el programa.
Por último, consideramos imprescindible el desarrollo de políticas públicas de gestión directa adecuadas y diversas para paliar la soledad no deseada de las personas mayores. Por lo que no compartimos en absoluto el planteamiento de gestión indirecta propuesto en el programa, ni tampoco el que el procedimiento de concesión sea una subvención directa.