Proyecto de Orden por la que se establece el procedimiento para la elaboración, presentación y pago telemático de autoliquidaciones

Nueva Oficina Virtual Tributaria
Última modificación: 
Lunes, 26 Diciembre, 2022 - 00:13
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En la línea ya iniciada de simplificación de los trámites administrativos a realizar por los ciudadanos, de progresar en la utilización de las nuevas tecnologías en el ámbito tributario y teniendo en cuenta la experiencia desarrollada desde la puesta en marcha de la anterior oficina virtual tributaria en 2007, se pretende desarrollar un nuevo sistema para la presentación y pago telemático de las autoliquidaciones, cuyas características fundamental es la realización de las autoliquidaciones directamente en el entorno web de la Comunidad de Madrid, mediante la cumplimentación del formulario correspondiente a cada modelo, sustituyendo al anterior sistema de descarga previa de programas de ayuda e importación de ficheros.

Por otra parte, se unifican otras normas relacionadas con la presentación y pago telemático, como es el caso de la obligatoriedad de la presentación telemática para determinados modelos de autoliquidación, la diligencia acreditativa de la presentación y pago telemático, y por último, la aprobación de los nuevos modelos de autoliquidación correspondientes a los impuestos gestionados por la Comunidad de Madrid adaptados al nuevo sistema de presentación.

Con ello se pretende mejorar la asistencia al contribuyente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, poniendo a su disposición un sistema que le facilite la elaboración y presentación de sus autoliquidaciones de forma guiada durante todo el proceso, simplificando los procedimientos, para que se disminuyan los tiempos de tramitación en beneficio del administrado. Por otra parte el nuevo sistema permite realizar las autoliquidaciones correspondientes al nacimiento de la obligación tributaria por la existencia del hecho imponible, así como a su rectificación posterior mediante la presentación de una autoliquidación complementaria cuya finalidad es completar o modificar la presentada con anterioridad.

Con la puesta en marcha de la nueva Oficina Virtual Tributaria, además de evitar los desplazamientos a la sede de la Administración Tributaria de la Comunidad de Madrid para la presentación de las autoliquidaciones y así reducir los costes indirectos que ello conlleva, se ha desarrollado un sistema abierto, que permite su utilización para la elaboración de autoliquidaciones por todos los interesados aunque no se disponga de ningún sistema de identificación electrónica.
Se han ampliado las formas de identificación electrónica para los procesos de presentación y pago telemático, incluyendo los sistemas de clave concertada (cl@ve PIN o cl@ve Permanente). En el anterior sistema, estaba limitado al uso exclusivo de certificados electrónicos.
Por último, con el fin de facilitar la presentación y el pago telemático de autoliquidaciones a aquellos contribuyentes que no dispusieran de cuenta abierta en alguna de las entidades colaboradores en la recaudación de los tributos, se permite el pago de autoliquidaciones mediante transferencia bancaria desde cualquier entidad financiera.

El plazo para formular  aportaciones a este proyecto de Orden será de 15 días hábiles contados a partir de día siguiente al de la publicación  de la presente consulta en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid y  podrá hacerlo a través del Portal de Participación de la Comunidad de Madrid. También podrán presentarse a través de los restantes medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cuyo caso las propuestas y comentarios deberán dirigirse a la Dirección General de Tributos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.