Proyecto de Decreto por el que se regulan los requisitos y el procedimiento para el reconocimiento de la condición de deportista de alto rendimiento

La Comunidad de Madrid, en virtud de lo dispuesto en el artículo 26.1.1.22 de su Estatuto de Autonomía, tiene la competencia exclusiva en materia de deporte y ocio.

En ejercicio de dicha competencia se aprobó la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid, que recoge entre los principios rectores de su política deportiva, «la promoción de la competición deportiva de rendimiento» (artículo 2.1.g).

El Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento, establece que tendrán la consideración de deportistas de alto rendimiento entre otros, aquellos deportistas «c) que sean deportistas calificados como de alto rendimiento o equivalente por las comunidades autónomas, de acuerdo con su normativa».

Con esta norma se regulan cuestiones generales y se establecen criterios técnicos y baremos específicos de cada modalidad deportiva, incluyendo un elevado número de casuísticas específicas de valoración para determinadas pruebas y competiciones que atienden a las diversas circunstancias concretas que se han suscitado en la tramitación de los procedimientos durante los últimos años.

Plazo de alegaciones: 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid (del 16 de octubre al 6 de noviembre de 2026, ambos incluidos).