Proyecto de Decreto por el que se regulan los plazos y condiciones para que los terrenos agrícolas abandonados adquieran la condición de monte o terreno forestal y el procedimiento por el que se realiza el cambio de uso agrícola a forestal de los mismos

La norma proyectada tiene por objeto regular las condiciones y plazos, así como el procedimiento administrativo que deberá seguirse para que un terreno agrícola abandonado pueda adquirir la condición de terreno forestal.
Supone un desarrollo de la Ley 16/1995, de 4 de mayo, de Protección Forestal y la Naturaleza de la Comunidad de Madrid que permitirá disponer de un marco normativo predecible, integrado, claro y de certidumbre al definir el concepto de monte o terreno forestal y establecer un procedimiento administrativo en virtud del cual un terreno agrícola abandonado puede adquirir la condición de terreno forestal, aspecto que no estaba contemplado por la citada Ley 16/1995.
Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en la memoria resumen de la futura disposición normativa a través del Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid.
También podrán presentarse a través de los restantes medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cuyo caso la solicitud deberá dirigirse a la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, sita en la calle Alcalá 16, Madrid 28014.
Plazo: 15 días naturales a partir de la publicación en este Portal (desde el 13 de noviembre hasta el 27 de noviembre).