Proyecto de Decreto por el que se aprueba el Plan Especial de Protección Civil ante el riesgo de inundaciones (INUNCAM)
El Proyecto de Decreto que aprueba el Plan especial de protección civil ante el riesgo de inundaciones será de aplicación en el territorio de la Comunidad de Madrid, para dar respuesta a las emergencias en las que el riesgo para las personas, los bienes y el medio ambiente deriva de las inundaciones.
La elaboración y aprobación del Plan especial de protección civil ante el riesgo de inundaciones es de obligado cumplimiento tal y como se deriva de la siguiente normativa estatal:
- Real Decreto 407/1992, de 24 de abril, por el que se aprueba la Norma Básica de Protección Civil ante el riesgo de inundaciones.
- Acuerdo del Consejo de Ministros, de 9 de diciembre de 1994, por el que se aprueba la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el riesgo de inundaciones, establece el contenido a que deben ajustarse los planes especiales ante el riesgo de inundaciones que elaboren las comunidades autónomas.
- Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de evaluación y gestión de riesgos de inundación, el cual regula los procedimientos para realizar la evaluación preliminar del riesgo de inundación, los mapas de peligrosidad y riesgo y los planes de gestión de los riegos de inundación en todo el territorio español.
- Acuerdo del Consejo de Ministros, de 29 de julio de 2011, por el que se aprueba el Plan Estatal de Protección Civil ante el riesgo de inundaciones.
- Ley 17 /2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil.
El objetivo de elaboración del Plan Especial de protección civil ante el riesgo de inundaciones en la Comunidad de Madrid es establecer la organización y procedimientos de actuación de los recursos y servicios cuya titularidad corresponda a la Comunidad Autónoma de Madrid y los que puedan ser asignados a la misma por otras Administraciones Públicas, al objeto de hacer frente a las emergencias por riesgo de inundaciones capaces de originar un riesgo para las personas, los bienes y el medio ambiente, dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
Los Planes Especiales de Protección Civil se aprueban por Consejo de Gobierno a través de decreto, conforme al artículo 21 de la Ley 1/83, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.
Comentarios
Enviado por Indy el Mié, 30/01/2019 - 16:07 Enlace permanente
Falta documentacion
Por favor,
Dejen copia de la documentación, pues al haberla no se puede consultar ni se puede opinar. Gracias anticipadas