Consulta pública sobre la modificación de la Orden 1/2008, de 15 de enero, por la que se establecen las medidas de fomento al alquiler en la Comunidad de Madrid

Medidas fomento del alquiler
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Viernes, 12 Marzo, 2021 - 00:07
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Mediante Orden 1/2008, de 15 de enero, de la entonces Consejería de Vivienda, (BOCM Núm. 17, de 21 de enero de 2008), se establecieron las medidas de fomento al alquiler en la Comunidad de Madrid, complementarias de otras ya adoptadas, para facilitar el acceso de los ciudadanos a las viviendas en condiciones asequibles y adaptadas a sus necesidades.

Las medidas de fomento del alquiler de vivienda que se contemplan en dicha Orden están orientadas a otorgar las mayores garantías a propietarios e inquilinos en los arrendamientos de viviendas, necesarias para favorecer la salida al mercado del alquiler de las viviendas susceptibles de arrendamiento.

Con la finalidad de facilitar el acceso de los ciudadanos al mayor número de viviendas posibles, se hace necesaria la modificación de la Orden 1/2008 de 15 de enero, en el sentido de mejorar las medidas de fomento destinadas a los arrendadores jóvenes, ampliando a los dos primeros años del contrato, para los menores de 35 años, la contratación del Seguro de impago, que garantice el cobro de las rentas incluida la contratación de una cobertura de asistencia jurídica En el caso de tener que acudir a procedimientos judiciales de desahucio.

Mediante Orden 1/2008, de 15 de enero, de la entonces Consejería de Vivienda, (BOCM Núm. 17, de 21 de enero de 2008), se establecieron las medidas de fomento al alquiler en la Comunidad de Madrid, complementarias de otras ya adoptadas, para facilitar el acceso de los ciudadanos a las viviendas en condiciones asequibles y adaptadas a sus necesidades.

Las medidas de fomento del alquiler de vivienda que se contemplan en dicha Orden están orientadas a otorgar las mayores garantías a propietarios e inquilinos en los arrendamientos de viviendas, necesarias para favorecer la salida al mercado del alquiler de las viviendas susceptibles de arrendamiento.

Con la finalidad de facilitar el acceso de los ciudadanos al mayor número de viviendas posibles, se hace necesaria la modificación de la Orden 1/2008 de 15 de enero, en el sentido de mejorar las medidas de fomento destinadas a los arrendadores jóvenes, ampliando a los dos primeros años del contrato, para los menores de 35 años, la contratación del Seguro de impago, que garantice el cobro de las rentas incluida la contratación de una cobertura de asistencia jurídica En el caso de tener que acudir a procedimientos judiciales de desahucio.

El ciudadano que desee formular aportaciones a este proyecto puede hacerlo a través del Portal de Participación durante los quince días siguientes a la publicación en el Portal de Transparencia (del 12 al 26 de enero de 2021, ambos incluidos).