Consulta pública sobre ayudas al alquiler de viviendas.
A través de esta Orden se trata de establecer las Bases Reguladoras para la concesión de ayudas económicas correspondientes a los programas de ayuda al alquiler de vivienda y de ayuda a los jóvenes en su modalidad de ayuda para el alquiler de vivienda habitual y permanente, previstas en el Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.
El objeto de estos programas es facilitar el disfrute de una vivienda en régimen de alquiler a sectores de población con escasos medios económicos, mediante el otorgamiento de ayudas directas a los inquilinos.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas, las personas físicas mayores de edad incluidas en determinados sectores de población que se consideran más vulnerables, con mayores dificultades para poder acceder a una vivienda, como son: los mayores de 65 años; las familias numerosas; las unidades familiares monoparentales con cargas familiares; las unidades de convivencia en las que exista alguna víctima acreditada de violencia de género o en las que alguna persona asume la patria potestad, tutela o acogimiento familiar permanente del menor huérfano por violencia de género; las unidades de convivencia formadas por personas víctimas de terrorismo; las unidades de convivencia que cuenten con algún miembro con discapacidad; las unidades de convivencia en las que todas las personas integrantes se encuentren en situación de desempleo y hayan agotado las prestaciones; así como los menores de 35 años.
La renta de la vivienda objeto del contrato de arrendamiento deberá ser por una cuantía igual o inferior a 600 euros mensuales, que podrá incrementarse hasta 900 euros mensuales.
La cuantía de la ayuda será de 40% de la renta mensual que deban satisfacer por el alquiler de su vivienda habitual y permanente, cuantía que alcanzará el 50% en el supuesto de beneficiarios que, en la fecha de la solicitud, tengan más de 65 años de edad, o menos de 35 años de edad.
Las subvenciones son cofinanciadas por la Administración del Estado y la Comunidad de Madrid. El importe destinado a cada uno de los programas, asciende a 26.074.608 euros para el Programa de ayuda al alquiler y 26.101.959 euros para el Programa de ayuda a jóvenes, siendo el importe total de los dos programas 52.176.567 euros.
Plazo: del 10 al 24 de octubre de 2018
Comentarios
Enviado por claudio1989 el Jue, 11/10/2018 - 12:59 Enlace permanente
plazo de solicitud y requisitos
Hola,
Soy menor de 35 años, cual debe ser mi nivel de ingresos máximo para poder acceder a la ayuda, teniendo en cuenta que vivo solo.
Que casillas de la declaracion de la renta del 2017 que se utilizan para calcular esto?
Las ayudas tendrán carácter retroactivo, es decir, contando desde enero de 2018?
Y finalmente cuand se abrirá el plazo de solicitud?
Enviado por Dfalvarez el Jue, 01/11/2018 - 12:48 Enlace permanente
¿Cuando se abre el plazo de
¿Cuando se abre el plazo de solicitud?