Consulta Pública del Proyecto de Decreto del Consejo de Gobierno por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Consejo LGTBI de la Comunidad de Madrid

La Ley 3/2016, de 22 de julio, de Protección Integral contra la LGTBifobia y la Discriminación por Razón de Orientación e Identidad Sexual en la Comunidad de Madrid, tiene por objeto regular los principios, medidas, instrumentos y procedimientos para garantizar el derecho de toda persona en la Comunidad de Madrid a no ser discriminada por su orientación sexual, identidad o expresión de género, en todas las etapas de su vida, y en todos los ámbitos de actuación, tanto públicos como privados. La política activa e integral que debe promover la Comunidad de Madrid para la efectividad de estos derechos incluye la participación de las entidades del tercer sector que trabajen a favor de los derechos de las personas LGTBI.

A tal fin, en su artículo 6 se crea el Consejo LGTBI de la Comunidad de Madrid, como un espacio de participación ciudadana en materia de derechos y deberes de las personas LGTBI y como órgano consultivo de las Administraciones de la Comunidad Autónoma que inciden en este ámbito.  En él se prevé la representación de las asociaciones que trabajen principalmente a favor de los derechos de las personas LGTBI y personas y profesionales que hayan destacado por su trabajo y su calidad de expertos en este ámbito.

Precisamente uno de los aspectos más destacables del Consejo es su configuración como cauce de participación de las entidades del tercer sector que trabajen a favor de los derechos de las personas LGTBI, y de expertos y profesionales que trabajen en este ámbito. Esto confiere al Consejo unos importantes tintes de pluralidad, representatividad y salvaguarda de los derechos de este grupo de población.

El presente proyecto tiene por finalidad regular las normas de organización y funcionamiento del Consejo, y muy especialmente articular la participación de las entidades del tercer sector, estableciendo el procedimiento y criterios de selección de las entidades que formen parte del mismo, garantizando que en el mismo se encuentren representados todos los ámbitos de actuación con personas LGTBI, sin perjuicio de la atención a criterios de especialización y consolidación en el territorio regional.  

El ciudadano y organizaciones que se encuentren potencialmente afectados por la futura norma, podrán formular sus aportaciones y opiniones sobre los aspectos planteados en la Memoria, a través del presente apartado del Portal de Participación.

Plazo de alegaciones: del 7 de febrero al 7 de marzo de 2020, ambos inclusive.