Ayudas a la formación en el sector del transporte público por carretera
En el proceso de modernización del transporte, la formación, tanto desde la perspectiva de los empresarios como del resto de personal de las empresas de transporte se entiende como un elemento clave para procurar la seguridad, eficiencia y calidad en el sector. Además, las nuevas tecnologías aplicadas a la gestión en las empresas del sector conllevan una inversión que incluye necesariamente la formación de que deben dotarse a los empleados y los conductores profesionales.
Asimismo, desde las distintas Administraciones competentes, se dictan normas cada vez más exigentes con el sector. Así, en relación con los conductores profesionales, con el fin de que realicen una conducción racional y con especial incidencia en salvaguardar la seguridad vial, la Unión Europea, a los efectos de fijar una normativa comunitaria para evitar, entre otras cosas, desigualdades en las condiciones de competencia, ha regulado la formación de los conductores profesionales, a través de la Directiva 2003/59/CE , exigiendo a los mismos que adquieran una cualificación inicial antes de poder iniciar su actividad profesional y una renovación, cada cinco años, de los conocimientos, a través de una formación continua.
Por tanto, en el sector del transporte público de mercancías y viajeros por carretera, la necesidad de formación se ve acentuada por dos circunstancias específicas: la existencia de una exhaustiva y cambiante regulación emanada de las distintas Administraciones públicas, que exige un permanente esfuerzo de actualización de conocimientos y la incidencia que las distintas actividades de transporte tienen sobre la seguridad vial, con carácter general.
El objetivo que se persigue es favorecer que las asociaciones profesionales de transportistas y empresas de actividades auxiliares y complementarias del transporte, las federaciones, integradas de modo exclusivo por dichas asociaciones, y las organizaciones sindicales con implantación efectiva en el sector del transporte de la Comunidad de Madrid, realicen acciones formativas de distinto tipo, encaminadas a la preparación de empresarios y trabajadores del sector del transporte lo que se entiende como la forma más adecuada para garantizar su consecución, ya que es el medio necesario para cubrir la necesidad de formación en el ámbito del transporte y no conllevar restricción de derechos.
De ahí la conveniencia de establecer las bases reguladoras que han de regir las distintas convocatorias de concesión de estas ayudas, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, de forma que, una vez aprobadas, en la medida que la disponibilidad presupuestaria lo permita.
El ciudadano que desee formular aportaciones a este proyecto puede hacerlo a través del Portal de Participación durante los quince días siguientes a la publicación en el Portal de Transparencia (del 27 de marzo al 11 de abril de 2019, ambos incluidos).